Revista de la Facultad de Derecho (Universidad de la República)
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El derecho administrativo 50 años después de la obra de Sayagués Laso
HOMENAJE AGRADECIDO. En el centenario del nacimiento del Prof. Enrique Sayagués Laso.CONTEXTO EVOLUTIVO. Transformaciones del Derecho Administrativo en el marco de la construcción del Estado de Derecho. DESAFIOS ACTUALES. A) Derecho Administrativo y Derecho Privado. B) Derecho Administrativo y buen gobierno. C) Derecho Administrativo y ética. D) Derecho Administrativo y globalización. E) Derecho Administrativo y nuevas tecnologías. LEGADO DE UNA ENSEÑANZA. Revalorización de la servicialidad administrativa centrada en la persona del administrado
Limitaciones a la revocación de un acto administrativo firme por razones de legitimidad en la ley federal de procedimiento administrativo alemana y en la normativa nacional uruguaya
Con fecha 25 de mayo de 1976 se aprobó la ley federal de procedimiento administrativo alemana (en adelante LPA), que entró en vigor el 1º de enero de 1977.Con algunas modificaciones, esta ley continúa vigente.Esta ley tiene por objeto la codificación del procedimiento administrativo. Pero como bien advirtió FROMONT, por un lado esa codificación es parcial y, por otro, desborda en mucho la materia procedimiento administrativo
Personas públicas no estatales: ¿Crisis o ductilidad de la categoría?
Qué mejor para encarar este homenaje, que hacerlo evocando a quien fue el creador de esta categoría de personas jurídicas, el Maestro Enrique SAYAGUÉS LASO.CAGNONI, en su recordado trabajo sobre la evolución del régimen jurídico de las personas públicas no estatales, luego de constatar una realidad que evidenciaba una verdadera transformación de la figura, expresaba: “…no podemos seguir repitiendo, enseñando, aquellos principios o elementos de organización de las personas públicas no estatales, cuando tenemos que reconocer que hay otras personas públicas no estatales cuya existencia no podemos dudar, porque el imperio legislativo es muy claro, y que no obedecen ya ni a los criterios básicos ni a los elementos configurantes que han sido clásicos en nuestra investigación, en nuestra enseñanza.”Introducción. Conceptualización. In/Definiciones de los caracteres de la figura. Origen y desarrollo de la categoría. Crisis de la categoría. Auge y desdibujamiento de la categoría. Replanteo de la doctrina clásica. Conclusione
Historia de las ideas e identidad
El título que preludia la exposición que aquí se inicia, vincula una disciplina y un tema, problema o campo de investigación. Si por la disciplina "Historia de las ideas" para el caso de América Latina, nos restringimos a la tradición intelectual que desde centros fundacionales, que en forma paralela en México con José Gaos (1900-1969) y en Buenos Aires con Francisco Romero (1891-1962), comienzan en 1940 a institucionalizar la investigación de las ideas en los respectivos países y en América; la relación de esta tradición con el tema o problema de la "identidad" no es inesencial, externa o aleatoria, sino que identifica justamente a la Historia de las ideas en América, como una perspectiva de investigación que, entre otros aportes posibles, se orienta centralmente al conocimiento de la identidad de esta América sobre el supuesto de la inteligencia filosófica como un eje medular de la identidad histórico-cultural
Acerca de la docencia en Derecho Administrativo
Referirse a la docencia en Derecho Administrativo en la Universidad de la República es, a la vez, una tarea fácil y difícil. Es una tarea fácil porque se trata de la concreción de los medios necesarios para alcanzar los fines buscados, iluminados por la experiencia de muchos años de labor docente ininterrumpida en el campo de nuevas y tradicionales disciplinas del Derecho, como es el caso del Derecho Administrativo. Sin embargo, es una tarea difícil porque se engarza en la rica y exigente trayectoria de una Facultad y de una Cátedra que obligan a las nuevas generaciones de Profesores a mirarse en el espejo de la institución y de quienes les precedieron. En tal sentido, a los efectos de ordenar la exposición subsiguiente, se habrá de hacer referencia a los antecedentes más relevantes al respecto y a su proyección desde el tríptico misional de la Universidad de enseñar, investigar y hacer extensión
Nación cultural y nación política: la construcción romántica de la nación
La identidad nacional es presentada como constructo imaginario, compuesto por relatos político-jurídicos e ideológicos por un lado, y por relatos culturales mítico-literarios por otro. Aunque en puridad puede resultar a veces difícil su disociación, la hipótesis de trabajo establece que el recorte de comunidades nacionales depende fundamentalmente del éxito del último tipo de relatos. En el contexto del último cuarto de siglo pasado con la retracción y pérdida de centralidad de la institución política Estado, se hizo corriente el cuestionamiento del sentido de las identidades culturales e incluso socio-políticas, lo que podría especialmente afectar a las pequeñas naciones. De tales fenómenos y otros asociados creemos que depende la puesta en cuestión de los relatos fundacionales de identidad nacional, cuya importancia en términos de estrategia defensiva se pretende rescatar, al tiempo que se propone investigar en las razones que puedan dar cuenta de la continuidad de su éxito
Negocio de apoderamiento para negocio de gestión solemne y gestión sin poder de representación: Las soluciones que incorpora la Ley N° 18.362
La Ley de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal N° 18.362, de 6 de octubre de 2008, vigente desde el 1° de enero del corriente año (artículo 2), vino a poner término a los debates doctrinarios que en el pasado se habían registrado en torno a dos cuestiones de enorme trascendencia jurídica: la forma del negocio de apoderamiento otorgado para negocio de gestión solemne y las consecuencias del negocio concluido en poder de representaciónContenido: introducción. La forma del negocio de apoderamiento para negocio de gestión solemne: la opción legislativa del artículo 291 de la Ley 18.362. Negocio de gestión sin poder de representación. Conclusiones
La nueva Ley Concursal: Aspectos procesales
El procedimiento. Generalidades.Expositora: Lucía ElizaldeMe voy a encargar de dar un pantallazo general en lo que tiene que ver con el procedimiento y las etapas del procedimiento, luego el Profesor Cardinal va a tratar en más profundidad algunos temas que plantean particularidades procesales, como por ejemplo el sistema recursivo,la moratoria, medidas cautelares y otros.El procedimiento. Particularidades.Expositor: Fernando CardinalCuando dividimos el tema con Lucía ella enfocaría el tema desde las posiciones jurídicas base de la legislación y el procedimiento, quedando para mí enfocar el tema desdeel Derecho Procesal para ver el primer gran problema que se genera con cualquier ley extra Código procedimental que establece un procedimiento, que es cómo se casa, cómo se articula, cómo funciona sobre la base procesal anterior.Esta Ley de Concursos, sabiamente, en uno de sus últimos artículos postula la remisión al Código General del Proceso, lo que significa en cierta forma que inserta este procedimiento concursal dentro de las estructuras de los procedimientos especiales. Quiere decir que el procedimiento concursal que emerge de esta Ley puede entenderse como un proceso concursal segundo, aparte del que ya está legislado en el CGP que va a quedar para los concursos excluidos de la aplicación de esta Ley
Doctrina jurídica del poder en la Edad Media: Alvaro Pelayo ante Santiago de Vierbo y Marsilio de Padua
El temprano siglo XIV fue testigo de un momento crucial del conflicto entre el poder pontificio y el poder de los monarcas seculares, conflicto que había caracterizado toda la edad media. Tanto el Papa como los reyes y emperadores reclutaron el apoyo de juristas y teólogos para fundamentar doctrinariamente la supremacía que uno y otro reclamaban en la esfera temporal. La cuestión central se remitía a quiénde ambos pertenecían las decisiones de última instancia en lo referente a negocios públicos y actividades privadas que pudieran afectar a la Cristiandad. Ese reclutamiento de inteligencias hizo que aquel tiempo fuese una de las etapas más brillantes del desarrollo de la teoría política medieval. Dante Alighieri, Marsilio de Padua, y Guillermo de Ockham defendieron el poder secular, es decir, al emperador. Santiago de Viterbo, Pierre Roger, y Alvaro Pelayo defendieron al Papa, como antes lo había hecho Tomás de Aquino
La denuncia de los convenios colectivos sin plazo en el sistema jurídico nacional. Contribuciones para su análisis
Contenido: Planteo de la temática. ¿De que hablamos cuando expresamos "denuncia" de Convenios Colectivos?. Su noción. Panorama legislativo en los países del MERCOSUR. La expresión unilateral de voluntad de dejar sin efecto una convención. Análisis desde la teoría general del derecho. Denuncia de los Convenios Colectivos. Conclusione