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Tramas de la colonialidad festiva en la Norpatagonia. Fiestas nacionales, cultura, política y economía entre 2003 y 2015
Fil: Monasterio, Julio. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Ciencias Sociales. Centro de Estudios Avanzados; Argentina.La tesis analiza las Fiestas Nacionales (FN) de la región de la Norpatagonia argentina desde una perspectiva decolonial y crítica, focalizando en las estrategias de oficialización y patrimonialización impulsadas por el Estado. A través del examen de documentos institucionales, marcos normativos y discursos culturales, el autor estudia cómo estas celebraciones se configuran como dispositivos de poder y reproducción de la “colonialidad festiva”, un modelo en el que la cultura, el turismo y el mercado se entrelazan para consolidar jerarquías sociales, económicas y simbólicas. El trabajo aborda la relación entre cultura, política y economía, mostrando cómo el patrimonio cultural inmaterial se convierte en una herramienta de control, legitimación y consumo, pero también en un espacio de resistencia y disputa simbólica por parte de los sectores populares e interculturales. Finalmente, reflexiona sobre el rol del Estado, la mercantilización del patrimonio y las tensiones entre identidad, hegemonía y diversidad cultural en el contexto contemporáneo.info:eu-repo/semantics/publishedVersionFil: Monasterio, Julio. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Ciencias Sociales. Centro de Estudios Avanzados; Argentina
Cramdown: un medio para salvar empresas concursadas
El instituto del CRAMDOWN resultó desconocido para nuestra legislación hasta su consagración en la ley Nº 24.522. Nada preveía la ley 19.551, antigua ley de concursos y quiebras; se introduce a través del artículo 48, la figura del SALVATAJE es una alternativa para salvar a las empresas que fracasan en el concurso preventivo. De este modo se trata de evitar la quiebra mediante la aparición de un "tercero" que, interesado en "adquirir" la misma, puede salvarla. De allí la denominación de SALVATAJE, que se utiliza alternativamente con CRAMDOWN. Este trabajo consiste en un análisis general del instituto denominado "cramdown", para concluir este estudio con elementos que permitan argumentar el planteo del problema, que se puede sintetizar en algunas de estas preguntas: ¿Es realmente el Cramdown un medio para salvar una empresa en crisis?; ¿Cuáles son sus debilidades?; ¿ Qué papel juega el síndico en el proceso?Fil: Monasterio, Julio A. Universidad Nacional Villa María; Argentina.Fil: Avedano, Alejandro M. Universidad Nacional Villa María; Argentina
Desarmando la colonialidad festiva. Un análisis de las estrategias de oficialización de las Fiestas Nacionales en la Patagonia norte (2003-2015)
En Desarmando la colonialidad festiva. Un análisis de las estrategias de oficialización de las Fiestas Nacionales en la Patagonia norte (2003-2015), título del presente trabajo de tesis doctoral, se analiza la manera en que se configuraron las estrategias de oficialización de las Fiestas Nacionales (en adelante FNs) en la Patagonia norte que se llevaron adelante en el marco de un proceso global que denominamos como colonialidad festiva y en un momento histórico específico, el que se desarrolla entre el 2003 y el 2015.Para ello, nos interesa rastrear marcas de colonialidad en una serie de documentos (normativos y mediáticos) con la finalidad de entender de qué manera ésta opera en las estrategias de oficialización e institucionalización de lo festivo, tanto en sus dimensiones simbólicas, políticas y económicas.Fil: Monasterio, Julio. Universidad Nacional del Comahue. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales; Argentina
Desarmando la colonialidad festiva. Un análisis de las estrategias de oficialización de las Fiestas Nacionales en la Patagonia norte (2003-2015)
En Desarmando la colonialidad festiva. Un análisis de las estrategias de oficialización de las Fiestas Nacionales en la Patagonia norte (2003-2015), título del presente trabajo de tesis doctoral, se analiza la manera en que se configuraron las estrategias de oficialización de las Fiestas Nacionales (en adelante FNs) en la Patagonia norte que se llevaron adelante en el marco de un proceso global que denominamos como colonialidad festiva y en un momento histórico específico, el que se desarrolla entre el 2003 y el 2015.Para ello, nos interesa rastrear marcas de colonialidad en una serie de documentos (normativos y mediáticos) con la finalidad de entender de qué manera ésta opera en las estrategias de oficialización e institucionalización de lo festivo, tanto en sus dimensiones simbólicas, políticas y económicas.Fil: Monasterio, Julio. Universidad Nacional del Comahue. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales; Argentina
Reducción de intereses y anatocismo fiscal en los procesos concursales
La suspensión del curso de los intereses constituye un efecto patrimonial típico y una regla tradicional en los concursos, habiendo sido aceptado por la legislación universal. Esta suspensión de los intereses ocurre a partir de la presentación en concurso. En el proceso verificatorio la indicación del monto del crédito debe comprender el capital, con más los intereses compensatorios, moratorias y punitorios devengados hasta la fecha de presentación en concurso o de declaración de quiebra. A modo de síntesis, lo que los acreedores pretenden verificar es una solicitud que luego el síndico en el informe individual emite opinión aconsejando al juez, quien es en definitiva el que a través de la sentencia verificatoria decide cuál es el monto verificado o no. El desarrollo de las facultades del juez para morigerar (bajar los intereses solicitado por los acreedores) es el tema central del presente trabajo. El mismo está referido a los intereses solicitados en tres tipos de créditos, los fiscales, los laborales y los otros créditos. Se analiza la jurisprudencia y la opinión de la doctrina, quien está facultado para solicitar la disminución de los intereses, posición de los tribunales, fijación de la tasa de interés, entre otras consideraciones. El segundo tema desarrollado es el anatocismo fiscal, surgido a la luz de la modificación de la Ley de Procedimientos Fiscales por la Ley 25239 (Promulgada 30/ 12/ 1999). Si bien el tema está enfocado desde el punto de vista fiscal, el desarrollo permite introducirnos en la problemática del anatocismo y fundamentalmente sobre la vigencia del mismo, cuestión muy importante para dilucidar desde cuándo el estado puede solicitar verificación de intereses sobre interesesFil: Monasterio, Julio. Universidad Nacional Villa María; Argentina.Fil: Grasso, Jorge C., . Universidad Nacional de Villa María; Argentina
Naturaleza jurídica del derecho a pronto pago de los créditos laborales en la ley 24.522. Tratamiento por separado de dicho instituto en el concurso preventivo y en la quiebra : el pronto pago de los derechos laborales
El Instituto del Pronto Pago de Créditos Laborales es reconocido desde hace ya varias décadas tanto en materia laboral como concursal, no obstante las sucesivas modificaciones que han sufrido las normas legales a través del tiempo, contribuyeron de manera significativa a crear una cierta confusión como producto de la ambigüedad interpretativa por parte de los estudiosos de este tema, fomentando así el desarrollo de una importante cantidad de trabajos prácticos y desarrollos teóricos. Con la atención atraída por la problemática derivada de la falta de concordancia entre la ley laboral y la concursa!, en este trabajo se hace una exposición de análisis e interpretaciones sobre cuestiones particulares relativas a los créditos laborales en los concursos y quiebras frente a ambas legislaciones, de tal manera que contribuya con el lector a interpretar la normativa y resolver situaciones que se le pudieren presentar para las cuales las disposiciones vigentes en lo laboral y concursal no ofrecen la claridad suficiente y necesaria para su dilucidación. Este desarrollo monográfico se divide en tres capítulos. En el capítulo I, se analiza la evolución de las normas, las características principales, la identificación de los créditos comprendidos y la efectivización del pronto pago, en la instancia del Concurso Preventivo. En el capítulo II, se ofrece una introducción específica, el desarrollo del fuero de atracción, y la identificación de los créditos comprendidos, referentes al pronto pago en la instancia de la Quiebra. En el capítulo III, se exponen las conclusiones arribadas y jurisprudencias existentesFil: Monasterio, Julio A. Universidad Nacional Villa María; Argentina.Fil: Seghini, Sandra Marina, . Universidad Nacional de Villa María; Argentina
El síndico y su función : El proceso de verificación de créditos. Las facultades de información. Las disposiciones de los organismos de recaudación de impuestos
En el marco del ejercicio de nuestra actividad profesional como Contador Público y dentro de las posibles ramas a que nos podemos dedicar una de ellas es la de actuar como Sindico en los Concursos y Quiebras, siendo el trabajo del síndico muy importante y por lo tanto cargado de distintos tipos de responsabilidades ya sea desde el punto de vista patrimonial, civil, penal , profesional, etc., durante todo el tiempo que dure el proceso concursal o falencial. Responsabilidades que pueden derivar en sanciones de tipo, personales, penales, pecuniarias etc. según lo estipulado por las distintas leyes nacionales y provinciales. El objetivo de este trabajo, como se verá en el desarrollo del mismo, es describir el proceso de verificación de créditos, proceso por el que debe atravesar todo insinuante para ser considerado legalmente como acreedor del concurso o la quiebra, la labor que debe realizar el síndico al momento de confeccionar el informe individual de los créditos, los deberes y las facultades de información en los Arts. 33 y en el 275 de la Ley Nº 24 522 tanto en el concurso preventivo como en la quiebra, y el trabajo y responsabilidad que pretende que realice y asuma, respectivamente, el síndico frente a los organismos de recaudación, ya sean nacionales (AFIP-DGI) o provinciales (DGR) en relación a las deudas fiscales que posea el deudor, legislando para ello por encima de la ley de fondo, Ley Nº 24.522 y creando respecto de estos organismos distintas situaciones que los ubican en una situación de privilegio respecto de la masa de insinuantes al momento en el transcurso de la verificación de crédito. Se utilizará como base de información y consulta la ley de Concursos y Quiebras Nº 24 .522 (y sus modificaciones), la Ley de Procedimientos Nº 11 .683 (y sus modificaciones) y el Código Tributario de la Provincia de Córdoba, Ley Nº 6.006, así como también de fallos, jurisprudencia, doctrina y de información obtenida de InternetFil: Monasterio, Julio. Universidad Nacional Villa María; Argentina.Fil: Gómez, Jorge Raúl. Universidad Nacional Villa María; Argentina
Breve análisis del proceso de verificación
Los problemas de desarrollo, crecimiento y prosperidad de los pueblos, dependen fundamentalmente de cómo se conforman, de su cultura, su historia, geografía, sus costumbres, la ética y hasta de la relación de fuerzas generadoras de bienes y servicios que puedan existir en un entorno global. Desde este punto de vista, la concepción que pueda asignarse a la crisis empresarial y los medios o mecanismos que se regulen para su tratamiento, influirán en los resultados globales del sistema. Una "buena" Ley de Quiebras difícilmente pueda modificar la economía de un país. Contrariamente una Ley de Quiebras "mala o irrazonable" puede atentar contra la economía de ese país frenando su crecimiento y prosperidad. Para legislar hay que mirar esa realidad. El valor de una ley está en su finalidad. En cada ley hay que descubrir el espíritu, el valor que impone o protege. Pero para poder diseñar y elaborar una conveniente o adecuada Ley de Quiebras, hay que entender los fenómenos de crisis que se presentan en las empresas. En un país como el nuestro, la Ley de Quiebras debe tender a proteger el crédito y los intereses del conjunto de la empresa sin beneficiar a ningún sector en perjuicio de otro. Lamentablemente esto no fue entendido por los legisladores que con sus disposiciones contribuyeron a que se destruyera el poco crédito que quedaba y contamos en la actualidad con una ley que ni siquiera está adaptada a los permanentes cambios que se originan, especialmente, en los institutos del derecho comercial. Este trabajo propone hacer una descripción del proceso de verificación de créditos inmerso en nuestra actual Ley de Concursos y Quiebras, N ° 24.522 y modificaciones, efectuando un breve análisis de aquellos hechos, circunstancias o casos que si bien están contemplados por esta ley, es confuso su tratamiento, como así también analizar aquellos que, a juicio de quien suscribe, no tienen sustento legal y en la práctica se presentan frecuentemente, coincidiendo o no con el legislador en el tratamiento que se le debe dar a esta etapa tan importante del proceso consursal, cuya finalidad es conformar un correcto pasivo concursal o falencialFil: Monasterio, Julio. Universidad Nacional Villa María; Argentina.Fil: Brusa, Nelbi. Universidad Nacional Villa María; Argentina
Análisis crítico del régimen para pequeños concursos implantado por la ley 24522, características sobresalientes, ventajas, antecedentes legislativos, posiciones doctrinarias y jurisprudencias. = Pequeños concursos
La quiebra metafóricamente se puede interpretar como un macabro banquete que sienta a su mesa a muchos convidados, entre ellos, proveedores, banqueros y financistas, trabajadores, accionistas e inversores y al mismo anfitrión: la empresa fallida; donde el orden en que se sirven los platos puede indicar la preferencia e importancia de los invitados según la política del maitre. Que estos platos lleguen a temperatura óptima o no, es justamente la diferencia resultante entre tramitar el concurso de una pequeña empresa con un procedimiento ágil, simple y adecuado a su estructura patrimonial, o el de hacerlo con el procedimiento ordinario de los concursos o quiebras. Debido a la inexistencia en la práctica de un verdadero proceso simplificado con regulación específica para los pequeños concursos y quiebras, la creación de un procedimiento jurídico propio para estos casos, tiende a que la convocatoria de acreedores de los comerciantes y de las pequeñas y mediana empresas, cuyos activos están formados por bienes de escaso valor, sea más sencilla, menos onerosa, y que permita acceder más fácilmente a la justicia, ya que en vigencia de la ley 19551 el trámite era dificultoso y sobre todo gravoso. En este trabajo se exponen analíticamente las razones que justifican la creación de la alternativa jurídica llamada Pequeños Concursos resaltando fundamentalmente sus características más sobresalientes, sus ventajas y el diferente criterio con que debe ser tratada respecto de los concursos y quiebras ordinarios. El desarrollo se lleva a cabo con la exposición de distintas posturas doctrinarias existentes sobre el tema, de antecedentes legislativos a nivel nacional, y antecedentes legislativos extranjeros, del régimen vigente con los aspectos que lo caracterizan y comentarios al respecto, de las particularidades del régimen especial, de los intentos reformadores, de las regulaciones alternativas, finalizando con una síntesis objetiva a manera de conclusión, jurisprudencias y detalle de la bibliografía sobre la que se baso la elaboración del presente trabajo. Se espera que este trabajo monográfico contribuya a través de sus lectores interesados mediante su discusión, a fortalecer los fundamentos necesarios para lograr el más amplio esclarecimiento sobre el tema, posibilitando perfeccionar los procedimientos concursales inherentes. Se agradece a todas las personas que colaboraron en el desarrollo de este trabajo, incluyendo a los autores citados en las bibliografías consultadas y a quienes directa e indirectamente lo hicieron posibleFil: Monasterio, Julio A.. Universidad Nacional Villa María; Argentina.Fil: Andreotti, Carlos Daniel. Universidad Nacional Villa María; Argentina
El pedido de quiebra : derechos, obligaciones y responsabilidad del acreedor
La declaración de quiebra de un sujeto, causa una repercusión inmediata sobre el crédito y los bienes en general. Además impacta negativamente en las relaciones laborales y comerciales provocando consecuencias de distinto alcance en la comunidad y en los mercados donde desarrolla su actividad el deudor. Este estado falencial, afecta no solo el patrimonio del deudor sino que provoca también, alteraciones en los derechos no patrimoniales como el otorgamiento de concesiones, el buen nombre, e! prestigio comercial, el honor, etcétera. La Ley de Concursos y Quiebras establece cuáles son los derechos y las obligaciones de los sujetos incluidos en el proceso de quiebra, es decir del deudor y de sus acreedores. También la doctrina y la jurisprudencia se pronuncian sobre estos aspectos, subsanando situaciones poco claras o no contempladas en la ley. En lo referente a la normativa que dispone la responsabilidad del peticionario de la quiebra revocada, cabe recordar que el art. 103 de la ley 19 551, limitaba la responsabilidad del peticionario de la quiebra sólo a la reparación del daño moral, siendo esta solución totalmente insatisfactoria y su modificación reclamada por la doctrina. Las pretensiones de este trabajo son modestas; se aspira dar una idea general de la situación en la que se verá inmiscuido aquel acreedor que, agotadas sus posibilidades de cobro por las vías ordinarias, supone que pedirle la quiebra a su deudor es la solución al problema. Este recurso no es tan sencillo como parece, por lo que se intentará explicar cuáles son los aspectos que deberá tener en cuenta desde el momento en que decida solicitar la quiebra a su deudor hasta la finalización del proceso y cuáles son los efectos jurídicos que provoca la revocación del auto de quiebra; es decir cuál es la responsabilidad que debe asumir el acreedor que peticionó la quiebra de su deudor, con las consecuencias fatales que la misma impone, ante la denegatoria judicial de su pretensión Para llegar a una correcta interpretación de los temas mencionados en el párrafo anterior, se deben buscar las conexiones de la ley de Concursos y Quiebras con otros cuerpos normativos y con los demás componentes del orden jurídico, evitando aislar las instituciones o figuras. Gran parte de este material se expone a modo de clasificación de los artículos de la ley de Concursos y Quiebras en derechos y obligaciones del acreedor en la etapa de la quiebra y un breve comentario a cada uno de ellos, todo ello esquematizado en los aspectos más salientes, a modo de resumen y visualización comprensiva del lector. Producir este material es todo un desafío. Implica la investigación y el estudio exhaustivo de la temática, su análisis y el deseo de que el mismo sea utilizado como una modesta guía no solamente por estudiantes y profesionales interesados en el derecho concursal sino también por aquellos individuos que quieren hacer valer su derecho de cobro, llamados acreedores, a quienes va especialmente dirigidoFil: Monasterio, Julio. Universidad Nacional Villa María; Argentina.Fil: Roncaglia, María Gabriela. Universidad Nacional Villa María; Argentina
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