Universidad Siglo 21. Repositorio Institucional
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Maternidad compartida: la constitución de la familia desde la perspectiva de género
En relación al tema de elección, Cuestiones de Género, se ha puesto en conocimiento
un fallo del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos (STJER), de fecha 11
de noviembre de 2020 en el que fuera llamado a resolver las actuaciones caratuladas "G.D Y
OTRA C/ O.S.D.E. S/ ACCION DE AMPARO", Expte. Nro. 25016.
En dicha sentencia el Tribunal ha manifestado de manera clara una mirada amplia,
abierta y con perspectiva de género del caso traído a revisión. Dicha tesitura implica la
importancia y relevancia de su análisis puesto que demuestra la necesidad y la obligación
tanto de los operadores jurídicos como así también de toda la sociedad, de contemplar de
manera objetiva y empática las diferentes situaciones que se presentan en la cotidianeidad y
más aún en los tribunales, dejando de lado los sesgos personales, familiares, culturales, entre
otros, y adecuándose a la realidad en pos de una sociedad donde prime la igualdad, la libertad
y la justicia.DESTACAD
Vínculos Laborales
En Argentina la ley suprema, vale decir la Constitución Nacional, instituye en su
articulado el marco normativo y las garantías que rigen las relaciones laborales. Así se
desprende del artículo 14 bis que establece la protección de las leyes y las condiciones
dignas y equitativas para todos los trabajadores, entre otros puntos. Por otro lado rige a
su vez la Ley de Contratos de Trabajo1
, (en adelante LCT) la cual regula las relaciones
de los trabajadores que se encuentran en relación de dependencia, sin incluir a la
administración pública o trabajadores agrarios. Por otro lado, coexiste a su vez la Ley
22.4002
de productores de seguro que regula su actividad independiente.DESTACAD
Algunas reflexiones sobre la prueba
Dentro del derecho laboral se encuentran las enfermedades o accidentes inculpables, siendo
estas una dolencia o hecho que es ajena a la relación laboral suscitada entre el empleador y
trabajador, que, a este último, no le permite cumplir con sus obligaciones. Esta cuestión se
diferencia con lo previsto en la Ley de Riesgos del Trabajo, donde la causa que genera el accidente
o enfermedad, se vincula de manera directa con la prestación de las labores (Romualdi, 2014).
El fallo que es objeto de análisis se caratula “C., F. M. G. c/ ESTADO PROVINCIAL” y
es emitido por el Superior de Justicia de la provincia de Jujuy específicamente en su Sala Laboral.
Aquí los jueces deben determinar si el actor -que se desempeñaba como agente encubierto para
detectar narcotraficantes- posee una enfermedad a la que se le pueda aplicar la ley de riesgo de
trabajo
Evaluación del desempeño del INFOSSEP de Córdoba y su impacto en la gestión pública municipal
El presente trabajo se centra en mejorar la evaluación y actualización en el Instituto de
Formación y Selección de Servidores Públicos (Infossep) con el objetivo de fortalecer la gestión
de recursos humanos y la calidad de los servicios ofrecidos. Para lograrlo, se propone la
implementación de un sistema de evaluación efectivo basado en un Marco Lógico, que permita
medir el desempeño de los servidores públicos, identificar áreas de mejora y fomentar el
aprendizaje organizacional. Se plantea un plan de implementación a dos años, con una cuidadosa
planificación y evaluación periódica de los resultados. Se espera que esta solución mejore la
transparencia, la rendición de cuentas y la profesionalización de los recursos humanos en la
administración pública del Infossep.DESTACAD
La discriminación como medio para poner fin a la relación laboral
Al abordar el fallo “Caminos, Graciela Edith c. Instituto Señora de Loreto
s/despido”, es posible advertir como decisiones correspondientes a la vida privada de
una persona puede encaminar a consecuencias que no resultaban pensadas. En el caso la
señora Graciela Caminos trabajaba como preceptora en un instituto educativo y es
despedida, luego de que expusiera en un programa de televisión que tenía una relación
de pareja con un ex alumno. Si bien, la parte empleadora no estableció las causales del
distracto para la preceptora se trató de un despido con tintes discriminatorios
Aplicación del teletrabajo en el sector público y privado de Entre Ríos
Primeramente, se planteó el objetivo de conocer las normas que regulan el teletrabajo
como también los derechos y obligaciones que surgen de esta nueva modalidad.
En segundo lugar, se investigó sobre las regulaciones en la provincia de Entre Ríos, se
conoció que solo hay proyectos de ley sobre la temática y se discutió sobre los
fundamentos, planteando que debe regularse el teletrabajo teniendo en cuenta las diversas
realidades de los trabajadores.
También se investigó sobre la modalidad de implementación del teletrabajo en el ámbito
público y privado de la provincia de Entre Ríos, marcando diferencias en los distintos
sectores. Para obtener los resultados se realizaron encuestas de carácter anónimo a
trabajadores que realizaron teletrabajo en entidades privadas y en entes gubernamentales
y se mostró que en el sector privado hay mayor grado de cumplimiento de las normativas
de la ley de teletrabajo que en el sector público.
A través de las encuestas también se analizó el grado de conocimiento que tienen los
trabajadores sobre los derechos que les corresponde por realizar teletrabajo, llegando a la
conclusión de que hay gran desconocimiento sobre la temática.
Por último, se discutió sobre la actualidad del derecho a la desconexión digital planteando
diferentes falencias y la necesidad de comenzar a valorarlo como un complemento
necesario para el teletrabajo.DESTACAD
El Principio de Igualdad en el ordenamiento argentino y la Ley 23592.
Con la reforma de la Constitución Nacional (en adelante CN) del año 1994
nuestro país ha suscrito numerosos tratados y convenios internacionales, mediante los
cuales, se consagra la protección de derechos fundamentales de la persona humana,
entre ellos el derecho a la no discriminación.
En ese sentido, también en nuestro ordenamiento jurídico existe desde el año
1988 la ley 23592 (en adelante ley antidiscriminación) que regula en su artículo primero
en forma enunciativa categorías de actos discriminatorios.DESTACAD
El estado de necesidad justificante o excluyente aplicado con perspectiva de género en delitos de tráfico de estupefacientes
El fallo en análisis el Ministerio Publico Fiscal impugna la sentencia dictada por
el Juez Mario Héctor Juárez Almaraz, integrando el Tribunal Oral en lo Criminal Federal
de Jujuy, alegando que se aplicaron erróneamente las prescripciones previstas en el Art.
34 Inc. 3 del Código Penal, en tanto se decidió absolver a la Sra. M. R. en base a que se
cumplían los requisitos para el eximente de Estado de Necesidad Justificante o
Excluyente previsto en nuestra normativa: a) que el mal causado sea ‘menor’ que aquel
que se quiso evitar; b) que el mal que se pretendió evitar sea ‘inminente’ y c) que el agente
no sea ‘responsable’ del mal que después quiere neutralizar lesionando otro bien jurídico
(Zaffaroni, 2007). Para ello, ameritó las condiciones y circunstancias de vida
experimentadas por la Sra. M. R., única fuente de sustento económico de su grupo
familiar, con el agregado que M.R. varios años fue víctima de violencia por parte de su
ex pareja y la menor de sus hijas necesitaba una cirugía urgente. Fue así que, consideró
la aplicación de la Ley N° 26485 de Protección Integral a las Mujeres y Convención sobre
los Derechos del Niño, asegurando el juez de 1ra Instancia que, el caso debe ser analizado
en el contexto de violencia de género dado el ámbito doméstico en el cual se observan las
características históricas de desigualdad de poder entre los varones y mujeres y las
características propias del ciclo de violencia.DESTACAD
Sobre recurso de casación
En esta nota se analiza el fallo de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal sobre un caso de amenazas agravadas en contexto de violencia de género. Se destaca la importancia del criterio de interpretación en la valoración de la prueba testimonial única y la aplicación del principio de amplitud probatoria en casos de violencia contra la mujer. El fallo evidencia problemas de prueba, especialmente en la valoración del testimonio de la víctima, lo que afecta la subsunción del hecho en el delito imputado. Se aborda la necesidad de considerar la perspectiva de género y el principio de amplitud probatoria para garantizar la justicia en estos casos. El análisis de la sentencia incluirá la premisa fáctica, historia procesal, decisión del tribunal, radio decidendi, antecedentes, doctrina, jurisprudencia y conclusiones
Valoración de la prueba bajo una perspectiva de género
Dada la envergadura de los compromisos asumidos por el Estado en materia de
defensa de los derechos de la mujer mediante el reconocimiento expreso de
instrumentos internacionales (Convención sobre la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la Mujer (CEDAW) [Ley n° 23.179, BO 03/06/1985];
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra La
Mujer - "Convención de Belem do Pará", [Ley n° 24.632, BO 01/04/1996], de la Ley
Nacional n° 26.485 de Protección Integral a las Mujeres [BO 14/04/2009]), la mujer se
ha constituido en un sujeto de tutela preferencial ante posibles actos de avasallamiento a
sus derechos