Ediciones Laborum OJS
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La actuación en primera línea de los servicios sanitarios y los servicios sociales y sus profesionales en tiempos de pandemia
The outbreak of COVID-19 disease declared as a pandemic has affected populations in all countries of the world, although to varying degrees and with different implications for the social well-being and health of certain vulnerable groups. The institutional response to the pandemic has highlighted the importance of strengthening the performance of essential services in a crisis situation and of adopting intersectoral measures to treat or reduce their associated damage, beyond seeking only biomedical solutions aimed at preventing or curbing their impact. This paper presents a theoretical review of the first line action that health services and social services and their professionals have played as essential services, highlighting the role played by social work in them in times of pandemic. The purpose is to assess in a global and integral way as its main role and functions of promotion, prevention and social and health care (at the micro, meso and macro levels) they contribute to ensuring the social and health rights of the most devalued and unprotected populations through care practices focused on people’s needs from a multidimensional perspective at the micro, meso and macro levels. The pandemic has shown, once again, how front-line professional action must be adapted and transformed into innovative and creative practices committed to social justice and the human rights of the most vulnerable populations, and in the context of health and social services, already dismantled and overburdened, in emergency situations and heightened vulnerability.La irrupción de la enfermedad COVID-19 declarada como pandemia ha afectado a las poblaciones de todos los países del mundo, aunque en diferente grado y con diferentes implicaciones en el bienestar social y en la salud de determinados grupos vulnerables. La respuesta institucional a la pandemia ha puesto de manifiesto la importancia de reforzar en situación de crisis la actuación de los servicios esenciales y de adoptar medidas intersectoriales para tratar o reducir sus daños asociados, más allá de buscar soluciones únicamente biomédicas dirigidas a prevenir o frenar su impacto. Este trabajo presenta una revisión teórica sobre la actuación en primera línea que han desempeñado los servicios sanitarios y los servicios sociales y sus profesionales como servicios esenciales, destacando el papel realizado por el trabajo social en ellos en tiempos de pandemia. El propósito es valorar de forma global e integral cómo su rol y funciones principales de promoción, prevención y atención social y sanitaria (a nivel micro, meso y macro) contribuyen a garantizar los derechos sociales y sanitarios de las poblaciones más desvalorizadas y desprotegidas mediante prácticas de atención centradas en las necesidades de las personas desde una perspectiva multidimensional a nivel micro, meso y macro. La pandemia ha mostrado, una vez más, cómo la actuación profesional en la primera línea debe adaptarse y transformarse en prácticas innovadoras y creativas comprometidas con la justicia social y los derechos humanos de las poblaciones más vulnerables, y contextualizadas en el marco de unos servicios sanitarios y unos servicios sociales, ya de por sí desmantelados y sobrecargados, en situaciones de emergencia y acentuación de la vulnerabilidad
Las medidas de Seguridad Social y otros instrumentos de protección social en la ley orgánica 10/2022, de garantía integral de la libertad sexual (conocida de manera popular como “Ley del sí es sí”)
Discapacidad visual grave como lesión determinante de gran invalidez y posibilidad incierta de recuperación: Comentario a la STS/SOC 469/2022, de 24 de mayo (recud. 2427/2019)
Jurisprudence has been characterizing as an alleged determinant of the recognition of a great disability to bilateral blindness that occurred after affiliation to the Social Security system or due to aggravation of pre-existing injuries. Having noted the inability of the beneficiary to perform the essential acts of daily life without the assistance of another person, and having previously undergone several interventions with poor results, the refusal of the beneficiary to undergo a new surgical intervention, which the official medical services propose as a recommendation with options for improvement in their visual acuity, is not an obstacle to the recognition of the great disability, but without the recovery being revealed with total certainty.La jurisprudencia viene caracterizando como supuesto determinante del reconocimiento de una gran invalidez a la ceguera bilateral sobrevenida después de la afiliación al sistema de Seguridad Social o por agravación de lesiones preexistentes. Constatada la incapacidad de la persona beneficiaria para realizar los actos esenciales de la vida diaria sin la asistencia de otra persona, y habiéndose sometido previamente a varias intervenciones con deficientes resultados, no es obstáculo para el reconocimiento de la gran invalidez la negativa de aquélla a pasar por una nueva intervención quirúrgica, que los servicios médicos oficiales plantean como una recomendación con opciones de mejora en su agudeza visual, pero sin que la recuperación se revele con total certidumbre
La flexibilidad y el círculo interior de las organizaciones productivas
Internal flexibility can be summarised as a set of measures aimed at providing the company with its adequacy through better management of the workforce. As far as the power of management is concerned, it derives mainly from the employment contract, or more precisely, from the subordination relationship. Today, different forms of productive organisation coexist on the market in companies that modify the traditional exercise of managerial power. The impact of digitalisation and logarithms influences the exercise of productive activity, generating misalignments in the traditional conception of the interpretation of labour standards. It is therefore necessary to establish the present state of the matter and its consequences.La flexibilidad interna se resume en un conjunto de medidas dirigidas a proporcionar a la empresa su adecuación mediante una más adecuada gestión de la mano de obra. En cuanto al poder de dirección su concreción deriva principalmente del contrato de trabajo, o más precisamente, en el vínculo de subordinación. En la actualidad coexisten en el mercado distintas formas de organización productiva en las empresas que modifican el ejercicio tradicional del poder de dirección. La incidencia de la digitalización y los logaritmos influyen en el ejercicio de la actividad productiva, generando desajustes en la concepción tradicional de la interpretación de las normas laborales. Resulta por ello necesario establecer cuál es el estado presente de la cuestión y cuáles sus consecuencias
Viabilidad del ERE (o DOI) posterior a ERTE COVID-19: A propósito de la STS [Social (Pleno)] de 22 de febrero de 2022
The emergency regulations that have arisen in response to the economic and social consequences of the Covid-19 pandemic are generating new scenarios of legal dispute. One of them concerns the interaction between the ERE (in its case DOI) and the ERTE due to Covid; that is to say, the transcendence that, in terms of the legal regularity of the external flexibility measures, the previous internal flexibility measures adopted by the company to alleviate the effects of the aforementioned pandemic must have. The main doubts in this matter have arisen around the possible violation of the "prohibition of dismissals", introduced by the emergency regulation. The doctrine is divided, and the judicial pronouncements oscillate between unfairness (majority position) and the nullity of the dismissals, although there is still no express pronouncement from the Supreme Court. The STS [Social (Plenary)] of 22 February 2022 does not address this question, rather it responds to a situation that is also generated in this dialectic relationship between ERE (in its case DOI) and previous ERTE Covid-19, which is that relating to terminations based on ETOP causes that are structural and not merely cyclical in nature, even if they are related to Covid-19. In this case, the Supreme Court considers that the company can validly resort to the application of external flexibility measures, as long as it can prove the structural ETOP causes, generally originating in a situation prior to the pandemic and, without prejudice to the fact that the pandemic may have aggravated them.La normativa de emergencia surgida para dar respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la pandemia Covid-19 está generando nuevos escenarios de conflictividad jurídica; uno de ellos es el relativo a la interacción entre los ERE (en su caso DOI) y los ERTE por Covid; es decir, la transcendencia que, en orden a la regularidad jurídica de las medidas de flexibilidad externa, han de tener las previas medidas de flexibilidad interna adoptadas por la empresa para paliar los efectos de la citada pandemia. Las principales dudas en esta materia han surgido en torno a la posible vulneración de la denominada “prohibición de despedir”, introducida por dicha normativa de emergencia; la doctrina está dividida y en cuanto a los pronunciamientos judiciales oscilan entre la improcedencia (postura mayoritaria) y la nulidad de los despidos; si bien aún no existe pronunciamiento expreso del Tribunal Supremo. La STS [Social (Pleno)] de 22 de febrero de 2022, no llega a abordar esa cuestión; pero, en cambio, da respuesta a una situación que también se genera en esa relación dialéctica entre ERE (en su caso DOI) y previo ERTE Covid-19, cual es la relativa las extinciones basadas en causas ETOP que tienen naturaleza estructural y no meramente coyuntural, aunque estén relacionadas con el Covid-19; en cuyo caso, el Supremo estima que la empresa puede válidamente acudir a la aplicación de medidas de flexibilidad externa, siempre que acredite las causas ETOP estructurales, generalmente con origen en una situación anterior a la pandemia y, sin perjuicio de que ésta haya podido agravarlas
Crónica Administrativa en materia de Relaciones de Trabajo, nº4
Crónica Administrativa en materia de Relaciones de Trabaj
La Seguridad Social tras la pandemia y ante la recuperación
This study addresses the impact that the pandemic and the associated economic crisis have had on the labour market and, in particular, on employment and unemployment. In this context, the article also analyses the way in which Social Security has been used to cushion the social impact of the crisis, as well as the role it is called upon to play in the post-pandemic world.El presente estudio aborda la repercusión que la pandemia y la crisis económica a ella aparejada ha tenido sobre el mercado de trabajo y, en particular, sobre el empleo y el desempleo. En este contexto, el artículo también analiza no solamente el modo en que la Seguridad Social ha sido empleada para amortiguar el impacto social de la crisis, sino el papel que está llamada a jugar en la postpandemia
El requisito de inscripción como demandante de empleo en el acceso a la pensión de jubilación anticipada por causa no imputable al trabajador: la excepción aplicable prevista en la ley 40/2007: Comentario a la sentencia del Tribunal Supremo de 13/06/2022
The case law on the enforceability of the requirement of registration as a job seeker (at least six months) is analyzed prior to the application for early retirement and derived from termination by virtue of collective agreement. Possibilities are explored in the light of policy changes since 2007.Se analiza la jurisprudencia sobre la exigibilidad del requisito de inscripción como demandante de empleo (al menos, seis meses) con anterioridad a la solicitud de jubilación anticipada y derivada de cese en virtud de acuerdo colectivo. Se estudian las posibilidades en función de los cambios normativos producidos desde 2007
Cuidados para quienes cuidan: la adaptación del art. 139 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social a la Directiva (UE) 2019/1158, de 20 junio de 2019
2 August 2022 will be the deadline for the transposition into Spanish law of Directive (EU) 2019/1158 of 20 June 2019 on the reconciliation of family and working life for parents and carers, repealing Council Directive 2010/18/EU. Undoubtedly, this regulation incorporates undeniable benefits for carers, who until now have been almost totally ignored in terms of their rights to work-life balance. As an essential instrument to guarantee the full exercise of this right to work-life balance, the courts have been forced to carry out an intense interpretation of the requirements demanded by art. 139 LRJS, which regulates the special modality for the legally or conventionally recognised rights to balance personal, family and working life. Through this procedural channel, companies and workers with care duties resolve their disagreements when it is not possible to reach a prior agreement. The interpretation of its rules in line with the requirements of the Directive is essential to ensure that the right of reconciliation for carers is respected and fully implemented.El 2 de agosto de 2022 se cumplirá el plazo para la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva (UE) 2019/1158, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo. Sin duda, esta norma incorpora indudables beneficios para los cuidadores, hasta ahora casi totalmente ignorados en sus derechos de conciliación. Como un instrumento esencial para garantizar el pleno ejercicio de este derecho de conciliación, los tribunales se han visto obligados a realizar una intensa interpretación de los requisitos exigidos por el art. 139 LRJS, que regula la modalidad especial para los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral reconocidos legal o convencionalmente. A través de esta vía procesal las empresas y las personas trabajadoras con obligaciones de cuidado resuelven sus discrepancias cuando no es posible alcanzar un acuerdo previo. La interpretación de sus reglas acorde a las exigencias de la Directiva resulta fundamental para garantizar el respeto y la plena aplicación del derecho de conciliación de los cuidadores