Ediciones Laborum OJS
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El grado de cumplimiento por Francia del capítulo II de la Directiva (UE) 2022/2041, sobre unos salarios mínimos adecuados en la Unión Europea: Un estudio comparado con el grado de cumplimiento español
The enactment of Directive (EU) 2022/2041, on adequate minimum wages in the European Union, is a revolutionary development, even though it has forced a sui generis interpretation of Article 153.5 of the Treaty on the Functioning of the European Union. Its Chapter II, on «Statutory minimum wages», will have an impact on the French SMIC, as regulated in the French Labor Code of 2008, as well as on the regulation of the Spanish SMI contained in Article 27 of the Workers’ Statute. The impact on French law is medium-low, as the French Labor Code complies with the procedural requirements on operational and effective social dialogue contained in Chapter II of the Directive. On the contrary, the impact on Article 27 of the Workers’ Statute is high, as this legal provision does not comply with these procedural requirements. Both French and Spanish law will have to be amended to include the objective criteria for assessing the living wage contained in the Directive, which are easier to comply with than those developed by the European Committee of Social Rights when interpreting and applying Article 4.1. of the European Social Charter.La promulgación de la Directiva (UE) 2022/2041, sobre unos salarios mínimos adecuados en la Unión Europea, es un hecho revolucionario, aunque se haya visto obligada a realizar una interpretación sui generis del artículo 153, apartado 5, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Su Capítulo II, sobre «Salarios mínimos legales», impactará sobre el SMIC francés, tal como aparece regulado en el Código francés del Trabajo de 2008, así como en la regulación del SMI español contenida en el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores. El impacto sobre el Derecho francés es medio-bajo, pues el Código francés del Trabajo cumple las exigencias procedimentales sobre diálogo social operativo y eficaz contenidas en el Capítulo II de la Directiva. En cambio, el impacto sobre el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores es alto, pues este precepto legal no cumple dichas exigencias procedimentales. Tanto el Derecho francés como el Derecho español tendrán que enmendarse, a efectos de incluir los criterios objetivos de valoración del carácter vital del salario mínimo legal contenidos en la Directiva, que son de más fácil cumplimiento que los elaborados por el Comité Europeo de Derechos Sociales, al interpretar y aplicar el artículo 4, apartado 1, de la Carta Social Europea
Extinción contractual y discapacidad. Soluciones jurídicas como alternativa a la extinción de la relación laboral por incapacidad sobrevenida
Inmigración y mercado de trabajo. La reforma de la normativa española en materia de extranjería
This article focuses on the reforms made to Spanish immigration regulations by Royal Decree 629/2022 of July 26, and its implementing regulations. After some general considerations on the importance of the reforms carried out since the beginning of the health crisis of 2020, and the knowledge of the most recent statistical data on the migrant worker population in Spain, we examine the most important novelties introduced by RD 629/2022, especially in the national employment situation and in the new regulation of the training roots. The Instructions No. 1/2022 and the Order of December 29 on hiring at origin are explained further on, closing the article by analysing what are the pending challenges and formulating some questions for a future debate.El presente artículo centra su atención en las reformas efectuadas en la normativa española de extranjería por el Real Decreto 629/2022 de 26 de julio, y su normativa de desarrollo. Tras unas consideraciones generales sobre la importancia de las reformas llevadas a cabo desde el inicio de la crisis sanitaria de 2020, y del conocimiento de cuáles son los datos estadísticos más recientes sobre la población trabajadora migrante en España, se pasa al examen de las novedades más importantes introducidas por el RD 629/2022, en especial en la situación nacional de empleo y en la nueva regulación del arraigo por la formación. Las Instrucciones núm. 1/2022 y la Orden de 29 de diciembre sobre contratación en origen son explicadas más adelante, cerrando el artículo analizando cuáles son los retos pendientes y formulando algunas preguntas para un próximo debate
Access to the remedy of supplication in lawsuits for substantial modification of working conditions.New unifying doctrine of the Fourth Chamber of the Supreme Court
The objective of this commentary is to analyze the Supreme Court’s sentence of September 13, 2023. The High Court is based on the unifying doctrine that establishes that functional competence can be examined ex officio and even if there is no necessary contradiction between sentences. In the analyzed sentence, a thorough grammatical, systematic and teleological interpretation is made of the applicable precepts in matters of appeal against sentence in lawsuits for substantial modification of working conditions. The court concludes that there is no appeal if an action is brought to challenge a substantial modification (individual or plural) of working conditions to which an action for damages for importation exceeding 3,000 euros is added (summa gravaminis in matters of ordinary procedure resources). The interest of this ruling lies both in the solid argumentation of the Supreme Court, and in the fact that it modifies the doctrine that until that moment was maintained by the ruling itself.El objetivo de este comentario es analizar la sentencia de 13 de septiembre de 2023 de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo. El alto tribunal parte de la doctrina unificadora que establece que la competencia funcional puede examinarse de oficio y aunque no medie la necesaria contradicción entre sentencias. En la sentencia analizada se realiza una minuciosa interpretación gramatical, sistemática y teleológica de los preceptos aplicables en materia de recurso de suplicación contra sentencia en pleitos de modificación sustancial de condiciones de trabajo. El tribunal concluye que no procede recurso de suplicación si se ejercita acción de impugnación de modificación sustancial (individual o plural) de condiciones de trabajo a la que se acumula acción de daños y perjuicios por importe superior a 3.000 euros (summa gravaminis en materia de recursos de procedimiento ordinario). El interés de esta sentencia radica tanto en la sólida argumentación que realiza, como en que viene a modificar la doctrina que hasta el mismo momento mantenía la propia Sala Cuarta en estos supuestos
About the labour wages: A comparative overview of the contributions of Adam Smith and Karl Marx
This essay analyzes the contributions of Adam Smith and Karl Marx to the theory of labor wages, to the problematic of their formation, and to the extent of their effects on the well-being of workers and society. Both masters share an economic analysis focused on the supply side, as well as the idea that the entire product of labor belongs to the worker, before the original accumulation and appropriation of land; as does the labor theory of value. And assign an initial role to supply and demand in the labour market as a regulator of the respective market wages; although they consider that, in the long term, a historical component will be imposed in their formation. Thus, while Smith proclaims that market wage fluctuations will tend toward the natural wage, Marx states that the value of labor power is determined by the value of the means of sustenance and by a historical and social component. But there are also very relevant differences between them: against Smith’s proposal that workers be able to live off their work through wages that at least maintain them, Marx proposes the economic reconstruction of society, starting with the abolition of the wage labour system.Este ensayo analiza las contribuciones de Adam Smith y de Karl Marx a la teoría de los salarios del trabajo, a la problemática de su formación, y al alcance de sus efectos sobre el bienestar de los trabajadores y de la sociedad. Ambos maestros comparten un análisis económico centrado en el lado de la oferta, así como la idea de que el producto íntegro del trabajo le pertenece al trabajador, antes de la acumulación originaria y la apropiación de la tierra; al igual que la teoría del valor trabajo. Y asignan un papel inicial a la oferta y la demanda en el mercado de trabajo como regulador de los respectivos salarios de mercado; si bien consideran que, a largo plazo, se impondrá una componente histórica en su formación. Así, mientras Smith proclama que las fluctuaciones del salario de mercado tenderán hacia el salario natural, Marx establece que el valor de la fuerza de trabajo está determinado por el valor de los medios de sustento y por una componente histórica y social. Pero también hay diferencias muy relevantes entre ellos: en contra de la propuesta de Smith de que los trabajadores puedan vivir de su trabajo mediante unos salarios que al menos les mantengan, Marx propone la reconstrucción económica de la sociedad, a partir de la abolición del sistema del trabajo asalariado
Work Accidents while Working from Home. Equality between remote and face-to-face workers as a basis for resolving new conflicts
The increase in the use of remote working in recent years has highlighted many of its regulatory shortcomings. One of these relates to the concept of accidents at work. The LTD did not incorporate any reference to this issue, and Article 156 of the LGSS has not been modified to adapt its content to the specifics of remote working. This lack of regulatory adaptation has led the courts to apply the classic regulations and jurisprudence to this new form of service provision. This task, on the other hand, is not proving simple and we find diverging sentences that the Supreme Court may have to resolve in the future. In this exercise, these application problems and the judicial solutions that are being produced on the matter are analysed, while trying to provide interpretative solutions that help to protect remote workers with an equal footing.El aumento del recurso al teletrabajo en los últimos años ha puesto en evidencia muchas de sus carencias reguladoras. Una de ellas guarda relación con el concepto de accidente de trabajo. La LTD no incorporó ninguna referencia sobre esta cuestión, y tampoco se ha modificado el artículo 156 de la LGSS para adaptar su contenido a las especialidades del teletrabajo. Esta falta de adaptación normativa ha llevado a los tribunales a tener que aplicar la normativa y jurisprudencia clásicas a esta nueva forma de prestación de servicios. Esta tarea, en cambio, no está siendo sencilla y encontramos pronunciamientos divergentes que, en el futuro, podría tener que resolver el Tribunal Supremo. En este trabajo, se analizan estos problemas aplicativos y las soluciones judiciales que se están produciendo en la materia, tratando de aportar soluciones interpretativas que ayuden a proteger, en condiciones de igualdad, a las personas teletrabajadoras
Industry 4.0 Revolution and Public Pensions: Social Security Contributions as a Public and Taxable Asset
The fourth industrial revolution is accelerating changes in global economies, resulting in increased business productivity and improved communications. However, it also has a negative impact on certain economic and social variables that are detrimental to human capital and the public revenues of government entities, directly affecting public pensions.La revolución industrial 4.0 está acelerando cambios en las economías mundiales, esto se revierte en una mayor productividad empresarial y en una mejora de las comunicaciones, sin embargo, también incide de manera negativa en determinadas variables económicas y sociales que son perjudiciales para el capital humano y para los ingresos públicos de las Administraciones Públicas que inciden de manera directa en las pensiones públicas
La indemnidad mental: nueva dimensión del derecho fundamental a la intimidad de las personas trabajadoras. Hacia el reconocimiento de Neuroderechos como Derechos básicos del ser humano
The dizzying speed at which advances in the field of Sciences and Technology are occurring today, especially in Artificial Intelligent systems, Bigdata and Neurotechnologies, as well as ease and speed this which these are incorporated into production systems, this study proposes a reflection on the real impact that these advances can have in areas traditionally protected by the fundamental rights of workers, especially their private right. In turns, these advances place us in front of us unknown risks through their materialization in new invasive formulas of worker’s mental privacy, that can affect their basic essence as humans. The problem as always, is to determine what will be the limits from the system of law can be exposed to the legitimate employer´s right to develop an effective management.Atendiendo a la vertiginosa velocidad a la que se producen en nuestros días los avances en el ámbito de la Ciencia y la Tecnología, especialmente en cuanto a sistemas de Inteligencia Artificial, Bigdata y en el ámbito de las Neurotecnologías, así como a la facilidad y rapidez con que estos avances quedan incorporados a los sistemas productivos, el presente estudio propone una reflexión sobre el impacto real que estos pueden llegar a provocar en ámbitos tradicionalmente protegidos por los derechos fundamentales de las personas trabajadoras, en concreto en este caso, por el derecho a su intimidad. A su vez, estos avances nos sitúan frente a riesgos desconocidos hasta el momento, a través de su materialización en nuevas fórmulas invasivas de la intimidad mental de las personas trabajadoras, que pueden llegar a afectar a su propia esencia como ser humano. El problema, como siempre, reside en determinar cuáles serán los límites que, desde el sistema de Derecho, pueden ser expuestos frente al legítimo derecho del titular de la empresa a desarrollar una gestión eficaz
Efrén Borrajo Dacruz y su aportación al Derecho Social del Trabajo y de la Seguridad Social. Una valoración de conjunto
Efrén Borrajo Dacruz was a great jurist who deserves the proper classification of “classical Social Law”. Some of his contributions have been decisive for the development of the discipline of Social Law of Labor and Social Security. It cannot be ignored that Efrén Borrajo had a special affinity with the Social Security Law, and is recognized as one of its greatest cultivators. This statement is easily sustained and demonstrated by attending to his decisive contribution to the subject, from a historical-legal approach to the general (and constitutional) theory analysis of Social Security, and culminating in the technical-legal and policy study of almost all the most relevant aspects of the legal regime of the Social Security institutional system and its benefits system (protective action) in terms of completeness in treatment. And taking into account an extremely abundant production in the subject, characterized by precision, analytical rigor, and constant attention to the “Living Law” in the dynamic of the law, particularly in its judicial implementation.Efrén Borrajo Dacruz fue un gran jurista al que corresponde adecuadamente la calificación de “clásico del Derecho Social”. Algunas de sus aportaciones han sido determinantes para el desarrollo de la disciplina del Derecho Social del Trabajo y de la Seguridad Social. No se puede ignorar que Efrén Borrajo tenía una especial afinidad con el Derecho de la Seguridad Social, del es reconocido como uno de los más grandes cultivadores. Afirmación que se sostiene y demuestra fácilmente atendiendo a su contribución decisiva sobre la materia desde el enfoque histórico-jurídico hasta el análisis de teoría general (y constitucional) de la Seguridad Social y culminando en el estudio (técnico-jurídico y de política del Derecho) de prácticamente todos los aspectos más relevantes del régimen jurídico del Sistema institucional de la Seguridad Social y de su Sistema de prestaciones (acción protectora) en términos de completitud en el tratamiento. Y teniendo en cuenta una producción abundantísima en la materia, caracteriza por la precisión, el rigor analítico y la constante atención el “Derecho Vivo” en la dinámica del Derecho, señaladamente en su realización judicial