REDI UCALP (Universidad Católica de La Plata)
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Caries en edad temprana
Muchas veces los pediatras recomiendan la derivación odontológica a partir de los 3 o 6 años. Sin embargo, en ocasiones la primera consulta con un odontólogo especializado en niños sucede con patologías ya instaladas, lo que hace de la detección de los signos de enfermedad dental una cuestión central.
Esta semana la Esp. Oda. Alicia Brea nos cuenta sobre un proyecto vinculado a la odontopediatría que parte del diagnóstico de que cada vez concurren más niños menores de tres años con caries que, en muchos casos, se encuentran en estadios avanzados. Esto trae como consecuencia abscesos, necrosis y alteraciones degenerativas de los “nervios” que se combaten con tratamientos invasivos y/o de prolongada ingesta de medicamentos a base de antibióticos. Por el contrario, un temprano diagnóstico permite que esta enfermedad sea reversible.
Por este motivo, desde el equipo de investigación dirigido por Brea se busca conocer cuáles son los criterios a partir de los cuales los pediatras derivan a niños pequeños a un tratamiento odontológico.
Disponible en:
https://open.spotify.com/episode/0A0LFWN65q0u45N8YWfyR7?si=NPVHGvD9SlCWG5ALnLeuGwFil: Brea, Alicia C. Universidad Católica de La Plata. Facultad de Odontología Universidad Católica de La Plata Convenio Sociedad Odontológica de La Plata. Cátedra Odontología integral niños y adolescentes I y II; Argentina
RCP para la comunidad
Este Proyecto fue proponerle a la comunidad de Bernal poder acceder a jornadas de charlas de Resucitación Cardiopulmonar (RCP) y Primeros Socorros y que estos pudieran conocer los fundamentos básicos de la reanimación cardiopulmonar, maniobras de Heimlich (Obturación de la vía aérea), primeros socorros básicos y el uso del equipo DEA, para ayudar así al prójimo, salvando vidas.Fil: Felix, Yesica Gisele. Universidad Católica de La Plata Sede Bernal. Facultad de Ciencias de la Salud; ArgentinaFil: Ramíres, Alejandro Ramón. Universidad Católica de La Plata Sede Bernal. Facultad de Ciencias de la Salud; ArgentinaFil: Ranieri, Gustavo Alberto. Universidad Católica de La Plata Sede Bernal. Facultad de Ciencias de la Salud; Argentin
Convenio Específico de Intercambio Estudiantil y Movilidad Docente entre la UCALP y la Corporación Universitaria Republicana (Colombia)
Convenio Específico de Intercambio Estudiantil y Movilidad Docente entre la UCALP y la Corporación Universitaria Republicana (Colombia).
Duración: 2 años con renovación automática
Los elementos psicoafectivos subyacentes en el acto interior de fe
La Iglesia nos enseña que nuestra potencia intelectual es sujeto del hábito de fe y, por lo tanto, el acto elicitado por este hábito es propiamente intelectual. Sin embargo, resultan necesarios una serie de movimientos afectivos para producirlo. Al mismo tiempo, este acto no puede ser producido sin el movimiento interior de la gracia y sin el concurso de la voluntad que mueve al intelecto para que elicite el acto de creer. El acto de fe permite que la persona sea transformada por los misterios creídos y experimente cómo la Providencia divina ha dispuesto que todo acontecimiento se ordene a su santificación.The Church teaches us that our intellectual power is subject to the habit of faith and, therefore, the act elicited by this habit is properly intellectual. However, a series of affective movements are necessary to produce it. At the same time, this act cannot be produced without the interior movement of grace and without the concurrence of the will that moves the intellect so that it elicits the act of believing. The act of faith allows the person to be transformed by the mysteries believed and experience how divine Providence has arranged that every event be ordered to his sanctification.Fil: Larraguibel Diez, Luis E. Universidad Católica de La Plata. Facultad de Humanidades; Argentina
La autoevaluación institucional es un proceso de aprendizaje y crecimiento; es la oportunidad para mejorar la calidad de la educación. La autoevaluación institucional es un trabajo de equipo y una búsqueda hacia la excelencia. La autoevaluación institucional es un camino al futuro y es comenzar a recorrerlo juntos.
La autoevaluación institucional es un proceso de aprendizaje y crecimiento; es la oportunidad para mejorar la calidad de la educación.
La autoevaluación institucional es un trabajo de equipo y una búsqueda hacia la excelencia.
La autoevaluación institucional es un camino al futuro y es comenzar a recorrerlo juntos.ÍNDICE
I. LA AUTOEVALUACIÓN DE LA UCALP ◆ p. 8
a) Proceso de construcción de la base normativa institucional ◆ p. 9
b) Inicio del proceso de Autoevaluación. Primer cuatrimestre año 2022 ◆ p. 12
c) Segundo cuatrimestre 2022. Primera Etapa ◆ p. 15
d) Segundo cuatrimestre 2022. Segunda Etapa ◆ p. 17
e) Actividades ciclo lectivo 2023 ◆ p. 19
f) Programa de acompañamiento, seguimiento y control de las acciones para la
mejora ◆ p. 20
g) Autoevaluar la autoevaluación ◆ p. 23
h)Reflexión final. Lecciones aprendidas ◆ p. 25
II. CONTEXTO LOCAL Y REGIONAL ◆ p. 28
a) Zona de influencia ◆ p. 29
b) Población ◆ p. 29
c) Origen de la población estudiantil ◆ p. 32
d) Principales características productivas de la región ◆ p. 32
e) Egresados de educación secundaria (modalidad común) según área
disciplinaria y sector de gestión ◆ p. 34
f) Instituciones de educación superior y oferta de carreras en la zona de
influencia relevante con relación al proyecto institucional ◆ p. 40
g) Proyección de demanda de educación superior, con base en la matrícula de
nivel medio y en la oferta de carreras existente en la zona de influencia
◆ p. 41
h) La inserción de la UCALP en el medio local y regional ◆ p. 41
III. MISIÓN INSTITUCIONAL DE LA UCALP ◆ p. 4
Los maestros de la sospecha: Marx, Nietzsche, Freud
Cuando hablamos de la persona, usualmente lo hacemos para referirnos al ser humano a la vez individual y en relación con otros en el mundo. Es un ser que se halla en la materia y la trasciende por su espiritualidad peculiar.
Apuntamos, a continuación, tres tradiciones que han pensado que la persona humana no consiste solo en ser un proceso químico de alto nivel o el ser prominente de la escala biológica.Fil: Castro, Damián Gabriel. Universidad Católica de La Plata. Facultad de Humanidades; Argentina
Acuerdo Marco de Colaboración entre Universidad Católica de La Plata Argentina y la Universidad Señor de Sipán S.A.C Perú
Acuerdo Marco de Colaboración entre Universidad Católica de La Plata Argentina y la Universidad Señor de Sipán S.A.C Perú.
Duración: Posee vigencia hasta que sea denunciado por cualquiera de las partes. La denuncia no afectará los programas y proyectos en curso de ejecución
Teletrabajo
La Ley 27.555 se elaboró en el marco de una pandemia, bajo la necesidad de regular una situación que se produjo por motivos de fuerza mayor, donde los trabajadores debían prestar tareas desde su hogar. Si bien el concepto de teletrabajo está aparejado desde la década de los setenta, gracias a la crisis del petróleo, y todas las consecuencias que esta produjo. Des-de este momento, se empleóla modalidad a distancia, donde los empleadores buscaban que los trabajadores abonaran los gastos en energía eléctrica y demás servicios, como el internet, directamente de su salario. Situación que se revirtió mediante la normativa que se analizará a continuación, la Ley 27.555 y sus modificatorias.Fil: Marmonti, Estela Alicia. Universidad Católica de La Plata. Facultad de Ciencias Económicas y Sociales; Argentina.Fil: Aguirre, Sylvia Graciela. Universidad Católica de La Plata. Facultad de Ciencias Económicas y Sociales; Argentina.Fil: De Lucía, Juan Ignacio. Universidad Católica de La Plata. Facultad de Ciencias Económicas y Sociales; Argentina.Fil: Camerano, Mariano Agustín. Universidad Católica de La Plata. Facultad de Ciencias Económicas y Sociales; Argentina
El derecho argentino en la literatura gauchesca. La puja entre el derecho consuetudinario gaucho y el nuevo derecho argentino en el período 1853-1880
El presente proyecto tiende un puente entre la literatura y el derecho en el periodo de 1853 a 1880. La investigación parte de problemas planteados por determinadas obras literarias a fin de analizarlos a la luz del derecho. Se entiende al derecho no solo bajo su dimensión normativa, sino que toma el concepto del mundo jurídico expresado por la teoría trialista. Ello implica recuperar para el análisis de un problema jurídico las dimensiones normativa, sociológica, histórica, económica, ideológica, sumadas a la dimensión dikelógica que abarca los valores que se encuentran detrás o en las normas y detrás de las obras literarias. Se acotó objeto de estudio a obras literarias que componen la gauchesca y se realizó un recorte territorial en cuanto aborda la problemática de la campaña bonaerense y no de todo el país.
Los objetivos de esta investigación son por un lado, analizar y comparar los conceptos que se derivan de las obras escogidas respecto de las variables consideradas y por el otro, analizar los institutos del derecho consuetudinario que emanan de las obras a la luz del nuevo derecho positivo.
El gaucho generó a través del tiempo y de su vida en la campaña un derecho consuetudinario propio. Estas prácticas se desarrollaron o fueron posibilitadas por el vacío, el desierto. Ese lugar donde el poder central, la coerción estatal en sus distintas maneras no pudo llegar. Todo cambiará en el período de formación y consolidación del Estado Nación en la República Argentina (1853-1880). Al finalizar el período la presencia del Estado, sus diferentes formas de penetración harán desaparecer casi por completo al sujeto y con él sus propias normas. Las nuevas leyes, las instituciones pondrán al gaucho al margen de la ley y terminarán por condenarlo hasta su extinción junto a su derecho consuetudinario.Fil: Duberti, Guillermo Javier. Universidad Católica de La Plata. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas; Argentina.Fil: Burgos, Romina Araceli. Universidad Católica de La Plata. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas; Argentina.Fil: Siminian, Santiago Facundo. Universidad Católica de La Plata. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas; Argentina.Fil: Minichillo, Fernanda Laura. Universidad Católica de La Plata. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas; Argentina.Fil: Carniel, Christian Reynaldo. Universidad Católica de La Plata. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas; Argentina.Fil: Signorelli, Anabella Ayelén. Universidad Católica de La Plata. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas; Argentina.Fil: Soto, Carolina Daniela. Universidad Católica de La Plata. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas; Argentina.Fil: Rodríguez, Maximiliano Uriel. Universidad Católica de La Plata. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas; Argentina.Fil: Godoy Tórtora, Juan Cruz. Universidad Católica de La Plata. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas; Argentina.Fil: Silvera, Antonella. Universidad Católica de La Plata. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas; Argentina.Fil: Martin, Patricio. Universidad Católica de La Plata. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas; Argentina.Fil: Colantuono, Camila Graciela. Universidad Católica de La Plata. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas; Argentina.Fil: Zarza, Marcos Ignacio. Universidad Católica de La Plata. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas; Argentina
The administrative procedure of consumption : the speed and efficiency that is not such
El presente artículo pretende analizar el instituto de solve et repete como requisito necesario y de carácter previo a la intervención del Poder Judicial en los procesos de consumo emitidos por la autoridad administrativa de aplicación en la provincia de Buenos Aires. Dicho instituto pone en cabeza de los proveedores de bienes y servicios que fueron sancionados por la autoridad de aplicación administrativa con una multa económica la obligación de abonar la sanción a los fines de poder elevar las actuaciones administrativas para su impugnación judicial.
La declaración de inconstitucionalidad decretada por la Cámara del Fuero Contencioso Administrativo con asiento en el Departamento Judicial de San Martín sobre este instituto en los procesos de consumo contradicen los principios constitucionales contemplados en el art. 42 de la Constitución Nacional, respecto a procedimientos agiles y rápidos para la solución de estos conflictos, lo que reconfigura el sistema protectorio en los procesos judiciales, en perjuicio de los derechos de las y los consumidores afectados.This article aims to analyze the institute of solve et repete as a necessary requirement and prior to the intervention of the Judiciary in consumer processes issued by the administrative authority of application in the province of Buenos Aires. Said institute puts at the head of the suppliers of goods and services that were sanctioned by the authority of administrative application with an economic fine the obligation to pay the sanction in order to be able to raise the administrative actions for their judicial challenge.Unfortunately, the declaration of unconstitutionality decreed by the Chamber of Administrative Litigation, with a seat in the Judicial Department of San Martín regarding this institution in consumer processes, contradicts the constitutional principles contemplated in article 42 of the National Constitution, regarding agile and fast procedures for the solution of these conflicts, reconfiguring the protective system in judicial processes, to the detriment of the rights of the affected consumers.Fil: Sengiali, Alejandro Mauricio. Universidad Católica de La Plata. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas; Argentina