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COLOMBIA. Corte Constitucional -Sentencia- Ampara derechos de comunidad indígena afectada por derrames de petróleo. Reconoce vulneración del derecho a la identidad cultural del pueblo indígena "Awá".
COLOMBIA. Corte Constitucional -Sentencia- Ampara derechos de comunidad indígena afectada por derrames de petróleo. Reconoce vulneración del derecho a la identidad cultural del pueblo indígena "Awá".
Fuente: www.diarioconstitucional.c
CHILE. Corte de Apelaciones de Santiago -Sentencia- Confirma aplicación de multa a Canal 13 por emitir contenido inapropiado en horario de protección de menores, donde se abordó de forma vulgar la práctica de rituales amorosos denominados "amarres", que podrían afectar su formación espiritual e intelectual.
CHILE. Corte de Apelaciones de Santiago -Sentencia- Confirma aplicación de multa impuesta por Consejo Nacional de Televisión a Canal 13 por emitir contenido inapropiado en horario de protección de menores, donde se abordaron rituales amorosos denominados "amarres" que podrían afectar su formación espiritual e intelectual de niños y adolescentes.
Fuente: www.diarioconstitucional.cl
 
CHILE. Corte Suprema -Sentencia- Acoge recurso de protección y deja sin efecto la destitución del cargo de Obispo y Presidente adoptada por el Comité de Disciplina de la Iglesia Ejército Evangélico de Cristo Pentecostal, ya que no se respetó la garantía del "debido proceso".
CHILE. Corte Suprema -Sentencia- Acoge recurso de protección y deja sin efecto la destitución del cargo de Obispo y Presidente adoptada por el Comité de Disciplina de la Iglesia Ejército Evangélico de Cristo Pentecostal, ya que no se respetó la garantía del "debido proceso". La Corte señaló que la destitución adoptada por el Comité de Disciplina, sin embargo se concluyó que los recurridos actuaron sin facultades, violando principios esenciales del debido proceso y derechos de igualdad ante la ley y el derecho a no ser juzgado por comisiones especiales, ya que esta facultad correspondía al Directorio y no al Comité de Disciplina, según los estatutos de la entidad religiosa.
Fuente: www.diarioconstitucional.c
CHILE. Contraloría General de la República -Dictamen- La propuesta de confesiones religiosas para cargo de Capellán Nacional no es vinculante, pero debe ser considerada por las Fuerzas Armadas, y no puede omitirse, ni sustituirse por la asesoría unilateral del capellán saliente.
CHILE. Contraloría General de la República -Dictamen- La propuesta de confesiones religiosas para cargo de Capellán Nacional no es vinculante, pero debe ser considerada por las Fuerzas Armadas, y no puede omitirse, ni sustituirse por la asesoría unilateral del capellán saliente.
El órgano contralor determinó que las Fuerzas Armadas deben solicitar formalmente a las confesiones religiosas la propuesta de candidatos para el cargo de capellán nacional, de acuerdo con el decreto N° 155 de 2007. Aunque dicha propuesta no es vinculante, no puede ser reemplazada por decisiones unilaterales ni por la intervención del capellán saliente, debiendo las FFAA regularizar el procedimiento de designación vigente. Entre los principales puntos abordados, la Contraloría precisó que la Armada debe establecer un mecanismo que permita recabar las proposiciones de las confesiones religiosas, especialmente si carecen de una estructura jerárquica unitaria, como las Iglesias Evangélicas.
Fuente: www.diarioconstitucional.cl
COLOMBIA. Ministerio del Interior -Circular- Contiene orientaciones para las entidades territoriales, sobre el trámite que deben seguir para formalizar la toma de posesión de cargos de autoridades indígenas para que sean reconocidas como tales, respetando su autonomía y autogobierno.
La Circular establece directrices claras sobre el procedimiento que deben seguir las alcaldías municipales en relación con la posesión de los Cabildos y/o Autoridades Indígenas pertenecientes a comunidades indígenas ubicadas en áreas municipalizadas. Brinda orientaciones precisas a las entidades territoriales, tanto municipales como departamentales, sobre el trámite que deben seguir para formalizar la posesión de las autoridades indígenas. Regula, entre otros aspectos, el reconocimiento de las autoridades indígenas, otorgándoles un marco de autonomía y autogobierno, en consonancia con los derechos colectivos de las comunidades indígenas, lo que refuerza la obligación de respetar la estructura organizativa y las funciones de autogobierno de dichas comunidades.
Fuente: www.mininterior.gov.c
CHILE. Superintendencia de Educación Superior -Resolución- Norma de Carácter General que regula el modo de entrega de información por parte de las instituciones de educación superior, personas fiscalizadas y terceros relacionados.
CHILE. Superintendencia de Educación Superior -Resolución- Norma de Carácter General que regula el modo de entrega de información por parte de las instituciones de educación superior, personas fiscalizadas y terceros relacionados.
La Superintendencia de Educación Superior, mediante resolución exenta 898, de 16 de octubre de 2025, aprobó la Norma de Carácter General 5, que Establece Normas sobre Modo de Entrega de Información por Parte de las Instituciones de Educación Superior, Personas Fiscalizadas y Terceros Relacionados.
Fuente: https://www.diariooficial.interior.gob.cl
VENEZUELA. Asamblea Nacional de la República Bolivariana -Acuerdo- Se autoriza la firma del decreto de canonización del Beato José Gregorio Hernández, médico de los pobres, como un reconocimiento a la vida ejemplar y a las virtudes de un ciudadano que dedicó su vida al servicio del pueblo.
VENEZUELA. Asamblea Nacional de la República Bolivariana -Acuerdo- Se celebra la autorización de la firma del decreto de canonización del Beato José Gregorio Hernández, médico de los pobres, como un reconocimiento a la vida ejemplar y a las virtudes de un ciudadano que dedicó su vida al servicio del pueblo.
ACUERDO: "PRIMERO. Celebrar la Autorización de la Firma del Decreto de Canonización del Doctor José Gregorio Hernández Cisneros como un reconocimiento a la vida ejemplar y a las virtudes de un ciudadano que dedicó su vida al servicio del pueblo; transmitiendo en todo momento un mensaje de esperanza y amor. SEGUNDO. Declarar como día de júbilo nacional la fecha que el Vaticano designe la canonización del Beato José Gregorio Hernández Cisneros la cual será establecida en el próximo consistorio a realizarse en la Santa Sede, luego de 75 años de espera del pueblo venezolano para que se reconocieran oficialmente las virtudes milagrosas de este insigne hombre, conocido como "El médico de los pobres", santo varón de Venezuela entera. TERCERO. Promover la vida y obra del doctor y beato José Gregorio Hernández Cisneros como un ser humano, cuya devoción y fe se ha impregnado en el Pueblo venezolano, así como ha influido en el ideario y pensamiento de los Pueblos de América Latina y el Caribe. CUARTO. Llevar una Reliquia de San José Gregorio Hernández al Panteón Nacional por sus destacadas actuaciones a lo largo de su vida, como ciudadano ejemplar."
Fuente: https://www.asambleanacional.gob.ve
CHILE. Corte Suprema -Sentencia- Rechaza recurso de queja contra jueces de la Corte de Apelaciones que confirmaron la decisión de la judicatura laboral de declararse incompetente para conocer de reclamo de dictamen de la Dirección del Trabajo en relación a la apertura del comercio retail.
CHILE. Corte Suprema -Sentencia- Rechaza recurso de queja contra jueces de la Corte de Apelaciones que confirmaron la decisión de la judicatura laboral de declararse incompetente para conocer de reclamo de dictamen de la Dirección del Trabajo en relación a la apertura del comercio retail durante la jornada del viernes santo. La sentencia señala que los tribunales laborales, como judicatura especial, solo pueden conocer asuntos que la ley les atribuye expresamente. No existe norma que otorgue competencia específica a los juzgados laborales para impugnar el dictamen en cuestión (Ord. N° 206, Dirección del Trabajo). Se rechaza el argumento de violación al principio de inexcusabilidad, destacando que existen vías administrativas para impugnar estos dictámenes.
Fuente: www.pjud.c
VENEZUELA.Ayuda a la Iglesia que Sufre -Informe Libertad Religiosa 2025- Posiciona al país como un lugar en el que existe discriminación religiosa, con un horizonte desalentador, y una vulneración sistemática de la libertad de conciencia.
VENEZUELA. Ayuda a la Iglesia que Sufre -Informe Libertad Religiosa 2025- Posiciona al país como un lugar en el que existe discriminación religiosa, con un horizonte desalentador, y una vulneración sistemática de la libertad de conciencia.
Fuente: https://acninternational.org/religiousfreedomreport/es/reports/global/202
ESTADOS UNIDOS. Corte Suprema -Sentencia- No debe consignarse el género autopercibido en el pasaporte, sino que debe señalarse el sexo de nacimiento. Según la sentencia, la inclusión del sexo de nacimiento se equipara a otros datos de carácter histórico, como el país de origen, sin incurrir en discriminación al exigir información biográfica objetiva.
ESTADOS UNIDOS. Corte Suprema -Sentencia- No debe consignarse el género autopercibido en el pasaporte, sino que debe señalarse el sexo de nacimiento. La decisión mantiene la validez de una política que obliga a consignar el sexo de nacimiento en los pasaportes. El fallo señala que el gobierno actúa dentro de sus facultades legales y no incurre en discriminación al exigir información biográfica objetiva. Según la sentencia, la inclusión del sexo de nacimiento se equipara a otros datos de carácter histórico, como el país de origen, cuya función es acreditar hechos objetivos sin modificar la condición jurídica de los titulares. Esta decisión revive el debate sobre los límites entre la identidad de género y las atribuciones administrativas del Estado en materia de documentación legal.
Fuente: www.diarioconstitucional.c