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CHILE. Instituto Nacional de Derechos Humanos -Informe Anual 2025: Situación de los derechos humanos en Chile- Analiza aspectos relevantes como el derecho a la educación, la libertad de expresión y los discursos de odio, la migración, el deber de consulta previa indígena, entre otros.
CHILE. Instituto Nacional de Derechos Humanos -Informe Anual 2025- Situación de los derechos humanos en Chile. Aborda aspectos relevantes como el derecho a la educación, la libertad de expresión y los discursos de odio, la consulta previa indígena, migración, entre otros.
Sumado a lo anterior analiza la debida diligencia empresarial en relación a la inclusión de los derechos de las minorías y el cumplimiento de la consulta previa indígena, el derecho a la verdad sobre las violaciones de los derechos humanos durante la dictadura, la corrupción y rendición de cuentas relación a los derechos humanos, entre otras materias.
Fuente: www.diarioconstitucional.c
CHILE. Corte Apelaciones de Antofagasta -Sentencia- Acoge recurso y deja sin efecto resolución del Servicio Nacional de Migraciones, que ordenó la expulsión de ciudadana colombiana, ya que existe arraigo familiar. Recurrente alega que además es voluntaria en la institución “Sociedad Religiosa Hnos. en el corazón de Jesús - Centro Comunitario Padre André Jarlan”.
CHILE. Corte de Apelaciones de Antofagasta -Sentencia- Acoge recurso y dejar sin efecto resolución del Servicio Nacional de Migraciones, que ordenó la expulsión de ciudadana colombiana, ya que se verifica arraigo familiar. Recurrente alega además que se encuentra en Chile porque voluntaria en la institución “Sociedad Religiosa Hnos. en el corazón de Jesús - Centro Comunitario Padre André Jarlan”, y que su colaboración ha sido fundamental en el desarrollo de las obras sociales del centro, especialmente en la confección de ornamentos litúrgicos y en labores de costura solidaria, destinadas a familias y personas en situación de vulnerabilidad que son atendidas por la comunidad.
Fuente: www.pjud.c
CHILE. Cámara de Diputados -Proyecto de Ley- Modifica la Ley General de Educación para establecer la responsabilidad de los apoderados en materia de acoso escolar.
CHILE. Cámara de Diputados -Proyecto de Ley- Modifica la Ley General de Educación para establecer la responsabilidad de los apoderados en materia de acoso escolar, (multa de hasta 50 UTM). Boletín N° 18.000-04.
Artículo único. Incorpórese, al final del inciso tercero del artículo 16 D de la Ley N° 20.370. Ley General de Educación, el siguiente texto: "Con todo, igual sanción podrá aplicarse a los apoderados de los estudiantes que, habiendo sido formalmente notificados por el establecimiento educacional de la existencia de conductas constitutivas de acoso escolar, no adopten medidas destinadas a evitar su reiteración. ”
Fuente: www.camara.c
CHILE. Corte Suprema -Sentencia- Casación en el fondo rechazada. Corte confirma restitución de tierra indígena en Panguipulli, acogiendo demanda reivindicatoria, ya que bien raíz es tierra indígena derivada de título de merced.
CHILE. Corte Suprema -Sentencia- Casación en el fondo rechazada. Corte confirma restitución de tierra indígena en Panguipulli, acogiendo demanda reivindicatoria, ya que bien raíz es tierra indígena derivada de título de merced. Reafirma que la prescripción entre indígenas también requiere título inscrito para bienes raíces sujetos al sistema registral.
Recurrentes alegaron que la regulación especial de la tierra indígena permitiría prescribir sin necesidad de un título inscrito posterior, dada la protección diferenciada que rige sobre estas propiedades. Sin embargo, la Corte Suprema confirmó que la hijuela constituye tierra indígena derivada de un Título de Merced; que el actor adquirió válidamente el dominio por sucesión hereditaria, con inscripción vigente en el Registro de Propiedad de Panguipulli; que los demandados reconocieron dicho dominio en sus propias alegaciones; que se encuentran en posesión material del inmueble; y que, según informe de CONADI, el actor está privado totalmente de su posesión.
Fuente: www.diarioconstitucional.c
ESPAÑA. Conferencia Episcopal -Acuerdo- Ministerio de Justicia, Conferencia Episcopal y Conferencia de Religiosos firman acuerdo por el cual establecen las bases para la reparación de las víctimas de abusos sexuales producidos en el ámbito de la Iglesia Católica que han prescrito o se ha extinguido la acción penal (sic).
ESPAÑA. Conferencia Episcopal -Acuerdo- Ministerio de Justicia, Conferencia Episcopal y Conferencia de Religiosos firman acuerdo por el cual establecen las bases para la reparación de las víctimas de abusos sexuales producidos en el ámbito de la Iglesia Católica que han prescrito o se ha extinguido la acción penal (sic).
El Gobierno de España, la Conferencia Española de Religiosos y la Conferencia Episcopal firman el 8 de enero el acuerdo para la atención a las víctimas de abusos sexuales a través del Defensor del Pueblo. La Iglesia en España y el Gobierno han acordado abrir una vía a través del Defensor del Pueblo para aquellas personas víctimas de abusos que no deseen acudir directamente a la Comisión PRIVA establecida por la Iglesia. Para la firma del acuerdo, el Gobierno se ha comprometido a abordar la reparación integral de víctimas de abusos en cualquier ámbito de la vida social, como solicitaba la Iglesia. Además, el Gobierno ha aceptado que las reparaciones económicas estén exentas del impuesto sobre la Renta. Este sistema acordado de reconocimiento y reparación, tendrá el criterio técnico de la Oficina del Defensor del Pueblo, la evaluación de la Comisión del PRIVA, el consenso Iglesia Católica-Estado y la participación de las víctimas. El sistema establecido no está basado en la imposición de una obligación jurídica, sino en el compromiso moral de la Iglesia y el mutuo acuerdo de las partes. Es una vía temporal con una duración de un año (prorrogable un año), para aquellas causas que no hayan tenido y no puedan tener recorrido judicial bien por la prescripción del delito o por la muerte del victimario. La Oficina del Defensor del Pueblo estudiará los casos presentados y propondrá un cauce de reparación que será estudiado por la Comisión PRIVA establecida por la Iglesia. En caso de discrepancia de la valoración una comisión mixta estudiará el caso que, en última instancia será establecido por el Defensor del Pueblo tras escuchar al presidente de la CEE o de la CONFER según el caso.
Fuente: https://www.conferenciaepiscopal.es
VENEZUELA. Conferencia Episcopal -Mensaje- Frente a la intervención militar estadounidense y la detención de Nicolás Maduro, piden que las decisiones que se tomen sean para el bien común del pueblo, y rechazan cualquier tipo de violencia.
VENEZUELA. Conferencia Episcopal -Mensaje- Frente a los acontecimientos ocurridos en el país, piden que las decisiones que se tomen sean para el bien común del pueblo, y rechazan cualquier tipo de violencia.
Fuente: www.iglesia.c
ARGENTINA. Ministerio de Seguridad Nacional -Resolución- Declara a la Orden Islámica "Hermandad Musulmana" de las oficinas o "capítulos" del Líbano, Egipto y Jordania como organización terrorista, por representar una amenaza a la seguridad nacional.
Seguridad Nacional -Decreto- Declara a la Orden Islámica "Hermandad Musulmana" de las oficinas o "capítulos" del Líbano, Egipto y Jordania como organización terrorista, por representar una amenaza seria y multifacética para la seguridad nacional. Ordena su inscripción en el Registro Público de Personas y Entidades Vinculadas a Actos de Terrorismo.
Fuente: www.saij.gob.a
NICARAGUA. Régimen Ortega Murillo -Comunicado- Son liberados decenas de presos políticos, entre ellos líderes religiosos cristianos como el pastor protestante Rudy Palacios, y cinco de sus familiares.
NICARAGUA. Régimen Ortega Murillo -Comunicado- Murillo -Comunicado- Son liberados decenas de presos políticos, entre ellos líderes religiosos cristianos como el pastor protestante Rudy Palacios, y cinco de sus familiares (Jessica Palacios, Armando Bermúdez Mojica, Olga María Lasra Rojas, Mauricio Alonso Estrada, Pedro López Calero, entre otros).
Fuente: www.infobae.co