Revistas UPSA (Universidad Pontificia de Salamanca)
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LA CONSULTAZIONE AMERICANA VOTORUM. LOS VOTOS SOLEMNES Y LA CLAUSURA EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (1842-1864)
La consultazione Americana Votorum necesitó veinte años sobrados para recibirla risoluzione, decisión, en la forma de instructio. Local fue su origen: diócesis deSaint Louis (Missouri); sus dubia: calificar los votos emitidos en el monasterio de laVisitación, Salesas, de Kaskaskias (Illinois), si solemnes o simples, y acordar con ellosla clausura y enseñanza; ítem, calificar también los votos últimos de las Religiosas delSagrado Corazón; por ende, consultazione S. Ludovici. Votorum; las Congregacionesde Propaganda Fide, y de Obispos y Regulares intervinieron en ella (1842-1843). LaS.C. de Obispos y Regulares resolvió el dubium relativo a las Damas del SagradoCorazón, declarando simples sus votos; con un dilata respondió al dubium sobre losvotos solemnes de las Salesas. Cauta la Congregación, solicitó el parecer de un concilioprovincial local, y advertida Propaganda Fide. Los pareceres llegados multiplicaronen cuatro el único dubium propuesto. La primera consultazione S. Ludovici. Votorumencausó los enteros Estados Unidos y se rebautizó: Americana Votorum (1860-1864).Doctas y profusas anotaciones acotaron los cuatro dubia y prepararon la instructiopedida (1864); ésta mantenía en el territorio misionero estadounidense el derechocanónico común: votos solemnes y clausura con los privilegios otorgados; mas, inMonasteriis in posterum erigendis in singulis Statibus Unitis, vota a Monialibus emittendaesse simplicia. Instructio enviada al «primado», el arzobispo de Baltimore, no alya arzobispo de Saint Louis (1847)
HIGH COURT OF AUSTRALIA / TRIBUNAL SUPREMO DE AUSTRALIA
KIEFEL CJ,BELL, GAGELER, KEANE, NETTLE, GORDON Y EDELMAN JJGEORGE PELL DEMANDANTEYLA REINA DEMANDADAPell v La Reina[2020] HCA 12Fecha de audiencia: 11 y 12 de marzo de 2020Fecha del fallo: 7 de abril 2020M112/2019DISPOSICIÓN1. Permiso especial para apelar concedido.2. Apelación tratada como presentada y escuchada sin demora y permitida.3. Anular la disposición 2 de las disposiciones de la Corte de Apelación delTribunal Supremo de Victoria emitida el 21 de agosto de 2019, y en sulugar, disponer que:(a) se permita la apelación; y(b) se anulen las condenas del apelante y se dicten sentencias de absoluciónen su lugar.En apelación del Tribunal Supremo de Victoria
PRESENTACIÓN DEL PRESIDENTE DE LA CONFERENCIA EPISCOPAL ESPAÑOLA
It is an honour to present this special issue of the Revista Española de Derecho Canónico published in memory of the recently deceased priest and professor Federico Rafael Aznar Gil. I would also like to congratulate all the contributors in this heartfelt tribute and thank them for their generous availability and valuable contributions. The admiration of many people for the research work and, above all, the appreciation for the person of Professor Aznar is perceptible.Es un honor presentar este número especial de la Revista Española de Derecho Canónico que se publica en memoria del sacerdote y profesor Federico Rafael Aznar Gil, recientemente fallecido. Asimismo, quiero felicitar a todos los colaboradores en este sentido homenaje y agradecerles su generosa disponibilidad y sus valiosas colaboraciones. Es perceptible la admiración de muchas personas por la labor investigadora y, sobre todo, el aprecio por la persona del profesor Aznar
OÍ DEL PAPA FRANCISCO UN CAMBIO CRUCIAL EN EL SÍNODO DE 2015
I would like to share a personal experience I had on a topic that was very much in vogue at the Episcopal Synod of 2014 and 2015. My contribution will be limited to explaining the content of this experience, which I personally experienced at the side of Pope Francis during one of the sessions of the Synodal Assembly in October 2015.Deseo comunicar una experiencia personal que tuve sobre un contenido que estaba muy en boga en la temática tratada por el Sínodo episcopal de 2014 y el de 2015. Mi aportación se reducirá a exponer el contenido de la referida experiencia que viví personalmente al lado el Papa Francisco en una de las sesiones de la asamblea sinodal de octubre de 2015
EL PRINCIPIO NE BIS IN IDEM EN EL DERECHO PENAL CANÓNICO
The principle ne bis in idem is not legislated in canon law. Nor is it part of canon literature. However, it is present at the base of some legal institutes and in the practice of law. How can secular law help a reflection on the principle in the canonical realm? El principio ne bis in idem no se encuentra legislado en el derecho canónico. Tampoco forma parte de la literatura canonística. Sin embargo, está presente ala base de algunos institutos jurídicos y en la práctica del derecho. ¿Cómo puede el derecho secular ayudar a una reflexión sobre el principio en el ámbito canónico
TIEMPO Y EDAD EN EL OFICIO ECLESIÁSTICO. EL DECRETO DEL DICASTERIO PARA LOS LAICOS, FAMILIA Y VIDA (3.VI.2021)
The article deals with the incidence of two factors in ecclesiastical offices: the passage of time and the fulfilment of certain age limits in the holder of theoffice. The first part of the study presents a systematic summary of the general legislation. The second part discusses the novelties and consequences of the treatment of the temporal factor of offices in the regulations published in 2021by the Dicastery for Laity, Family and Life. The study concludes with an assessment of the norms of the Dicastery\u27s decree with regard to the fundamentalfreedom of association in the Church.El artículo trata de la incidencia de dos factores en los oficios eclesiásticos: el transcurso del tiempo y el cumplimiento de determinados límites de edad en el titular del oficio. En la primera parte del estudio se presenta un resumen sistemático de la legislación general. En la segunda parte se comentan las novedades y consecuencias del tratamiento del factor temporal de los oficios en la normativa publicada en 2021 por el Dicasterio de Laicos, Familia y Vida. El estudio concluye con una valoración de las normas del decreto del Dicasterio por lo que se refiere a la libertad fundamental de asociación en la Iglesia
La fe que nos salva. Aproximación pastoral a la teología fundamental de Fernando Sebastián Aguilar
En su obra La fe quenos salva, Fernando Sebastián Aguilarlleva a cabo una introducción a la teologíadel acto de fe. La finalidad de esteartículo es presentar los núcleos principalesde su reflexión. Para ello, atenderemosa los presupuestos y al itinerariode su preocupación por la fe, situandola cuestión del creer en el contexto dela nueva evangelización y mostrandocómo, según el autor, el análisis de la fepuede ayudar a su fortalecimiento. Nosfijaremos en tres aspectos de este análisis:la escucha del testimonio bíblicosobre el creer, el estudio de los rasgoscomunes de la fe y su significatividadpara la vida
Una Posible alternativa humanista para nuestra situación histórica: En sintonía con el humanismo de San Agustiín
The humanism of Saint Augustine in his Confessions helps us understand the lack of reason of atheistic and agnostic humanisms, which amputate the dimension of openness to the infinite of human existence. In tune with it, this article reflects on the possibility of integrating the valuable contributions of other humanisms and scientific advances, within a philosophical humanism open to the encounter with the Christian God, the true ultimate foundation ofmeaning and hope. It is possible to conceive of an inclusive and hopeful humanism at the beginning of the 21st century.El humanismo de San Agustín en sus Confesiones, nos ayuda a entender la falta de razón de los humanismos ateos y agnósticos, que amputan la dimensión de apertura al infinito de la existencia humana. En sintonía con él, se reflexiona en este artículo sobre la posibilidad de integrar las aportaciones valiosas de los otros humanismos y de los avances científicos, dentro de un humanismo filosófico abierto al encuentro con el Dios cristiano, verdadero fundamento último de sentido y esperanza. Es posible concebir un humanismo integrador y esperanzador a principios del siglo XXI