Análisis Filosófico

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    785 research outputs found

    Nino y Dworkin sobre los conceptos de derecho

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    Some of the most relevant legal philosophers in the last decades, as Carlos S. Nino and Ronald Dworkin, have defended the idea that there is a plurality of concepts of law. Scott Shapiro has sustained this account in a particularly relevant way: the word ‘law’ displays a ubiquitous ambiguity, sometimes designates a set of norms and other a social organization. This is precisely the thesis which is criticized in the paper. It is argued, from a certain philosophical literature about the concepts, that concepts of social objects of intentional character (as it is the case for law, but also for literary works for example) contain a social dimension and a meaning dimension, normative in the case of the law. That is to say, the concept of law expresses a social dimension and a normative dimension intertwined.Algunos de los más relevantes filósofos del derecho de los últimos años, como Carlos S. Nino y Ronald Dworkin, han defendido que hay una pluralidad de conceptos de Derecho. Scott Shapiro ha sostenido una posición especialmente relevante acerca de ello: la palabra ‘Derecho’ es sistemáticamente ambigua, pues a veces designa un conjunto de normas y otras veces una organización social. Esta es precisamente la tesis criticada en el trabajo. Se argumenta, basándose en determinada literatura filosófica acerca de los conceptos, que los conceptos de objetos sociales de carácter intencional (como es el derecho, pero también las obras literarias por ejemplo) contienen una dimensión social y una dimensión significativa, normativa en el caso del derecho. El mismo concepto de Derecho expresa una dimensión social y una normativa imbricadas entre sí

    Los animales entre la mente y el mundo: La filosofía de McDowell y el reencantamiento de la naturaleza por parte de la etología cognitiva

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    The paper discusses the philosophy of John McDowell in relation to the recent research in animal cognition. Firstly, it introduces the liberal or relaxed naturalism put forward by this author in Mind and World, taking into account the threshold of the modern natural sciences and the way McDowell places “mere animals” in nature. Secondly, it features two problems of this proposal: its unstable character and the fact that non-human animals do not have a proper place in it –at least from the viewpoint of cognitive ethology. Thirdly, it argues that these problems do not arise if one considers that nature is re-enchanted by the recent ethology itself.El trabajo pone en relación la propuesta filosófica de John McDowell con los estudios recientes sobre cognición animal. La primera sección reconstruye la noción liberalizada de naturaleza desarrollada por este autor en Mente y mundo a partir del umbral representado por las ciencias naturales modernas, y explica luego el lugar que ocupan en ella los animales no humanos. La segunda sección examina dos problemas que posee esta propuesta: su inestabilidad interna y la dificultad para ubicar en ella a los animales no humanos tal como los estudia la etología cognitiva. La tercera sección sostiene que estos problemas no resultan acuciantes si se piensa que la naturaleza liberalizada de McDowell es reencantada desde la etología

    Richard Rorty y la superación pragmatista de la epistemología

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    ¿Estamos racionalmente obligados a ser eficientes?

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    Being efficient when it comes to take the appropriate means for our ends has been regarded as one of the paradigmatic aspects of rationality. Nevertheless, to recognize the normativity of instrumental rationality seems to imply the dubious claim that one must take the relevant means in virtue of having these ends regardless of how irrational or immoral these are. In the following pages I defend a conception of instrumental rationality that allows us to affirm both that instrumental rationality is normative and that there are means one should not take even when he intends the ends for which they are appropriate.Ser eficaz a la hora de tomar los medios pertinentes para nuestros fines se ha considerado como uno de los aspectos paradigmáticos de la racionalidad. Sin embargo, reconocer la normatividad de la racionalidad instrumental parece implicar la problemática tesis de que uno debe tomar los medios apropiados para sus fines por el mero hecho de tener estos fines, con independencia de cuán irracionales o inmorales sean. En estas páginas defiendo una concepción de la racionalidad instrumental que permite a un mismo tiempo reconocerla como normativa y afirmar que hay medios que uno no debería tomar aun cuando se proponga fines para los que son pertinentes

    Representaciones mentales, representaciones neuronales y el enigma de la intencionalidad: Acerca de Representaciones mentales de Liza Skidelsky

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    En Representaciones mentales, Liza Skidelsky se propone poner de manifiesto la completa escisión que existe entre los fenómenos de la intencionalidad de los estados mentales y el contenido de las representaciones mentales. Por un lado, la autora defiende una elucidación internista del contenido de las representaciones mentales postuladas por la ciencia cognitiva. Por otro lado, nos propone concebir la intencionalidad como un fenómeno vinculado al lenguaje y a las prácticas comunicativas. Esta reformulación permitiría establecer los cimientos para un proyecto naturalista ampliado, según el cual las ciencias humanas y sociales ofrecerían el marco interdisciplinario adecuado para la explicación de la intencionalidad. En esta nota crítica, sostengo que el proyecto naturalista cientificista todavía cuenta con algunos recursos conceptuales, provenientes de la neurociencia cognitiva y de la neurociencia computacional, que pueden eventualmente saldar la brecha entre la representación y la intencionalidad

    Why was Alchourrón afraid of snakes?

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    In the last papers published by Alchourrón, he attacked non-monotonic logics, which he considered philosophically unsound for the representation of defeasible reasoning. Instead of a non-monotonic consequence relation, he proposed a formal representation of defeasibility based on an AGM-like revision of implicit assumptions connected to the premises. Given that this is a procedure to generate non-monotonic logics, it is not clear, from a mathematical standpoint, why he was so suspicious of such logics. In the present paper we try to answer this question based on Alchourrón' s convictions about epistemology, particularly the epistemology of law. We also propose another revision operator on theories called refinement, which provides a faithful representation of the sort of epistemic change considered by Alchourrón as intrinsic to defeasibility.En sus últimos escritos publicados, Alchourrón desarrolló un ataque contra las lógicas no-monotónicas, que consideraba filosóficamente inadecuadas a la representación del razonamiento derrotable. En vez de una relación de consecuencia no-monotónica, él propuso una representación formal de la derrotabilidad basada en un modelo de revisión (tipo-AGM) de las asunciones implícitas ligadas a las premisas. Dado que éste es un procedimiento para generar lógicas no-monotónicas, no está claro -en el nivel matemático- por qué él era tan desconfiado de tales lógicas. En el presente texto intentamos contestar a esta pregunta basados en las convicciones de Alchourrón sobre epistemología, particularmente la epistemología jurídica. También proponemos otro operador de revisión aplicado a las teorías, llamado refinamiento, que proporciona una representación fiel de la especie de cambio epistémico considerado por Alchourrón como intrínseco a la derrotabilidad

    El método y el objeto de la teoría jurídica: La ambigüedad interno-externo

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    The main goal of this work is to present a critical argument against those interpretivist positions according to which legal theory must assume an internal point of view in order to be able to identify and explain institutional concepts. A substantial part of the work is devoted, on the one hand, to stressing the ambiguity of this thesis and, on the other hand, to distinguishing the epistemic and the pragmatic senses of the expressions “internal point of view” and “external point of view”. The uncovering of this ambiguity permits, first, to grasp different ways in which institutional concepts can be understood, and, secondly, to recognise a peculiar kind of indeterminacy affecting the discourse about social institutions in general, and legal institutions in particular.The central claim of this work is that in order to identify and explain an institutional concept legal theory must adopt an internal point of view in the epistemic sense, but not in the pragmatic one. The final part of the article suggests that the criticism directed to those interpretivist positions that assume indistinctly the necessity of an internal point of view can be generalised and thus applied as well against their radical opposites which presuppose the necessity of an external point of view. The conclusion is that there is more than one adequate method of study in legal theory and, especially, that the right method depends on the way in which we understand the object of our study – in this case, institutional concepts or the content of legal institutions.El propósito principal de este trabajo es presentar un argumento crítico aplicable a aquellas posiciones interpretativistas según las cuales, en la medida en que el objetivo de la teoría jurídica es identificar y explicar conceptos institucionales, es imprescindible asumir la necesidad de un punto de vista interno. Una parte substancial del artículo está dedicada, por una parte, a mostrar la ambigüedad de esta tesis y, por otra, a justificar la distinción entre dos sentidos, uno epistemológico y otro pragmático, en los que las expresiones “punto de vista interno” y “punto de vista externo” pueden ser entendidas. Detectar esta ambigüedad, en primer lugar, permite mostrar diferentes formas de entender los conceptos institucionales. En segundo lugar, hace posible captar un peculiar tipo de indeterminación que afecta a todo discurso referido a las instituciones sociales en general y a las instituciones jurídicas en particular.La tesis central sostenida en este trabajo es que, para identificar y explicar un concepto institucional, la teoría jurídica debe necesariamente adoptar un punto de vista interno en sentido epistemológico, pero no en sentido pragmático. En la parte final del ensayo se sugiere que es posible generalizar la crítica formulada a las posiciones interpretativistas que sostienen indistintamente la necesidad de un punto de vista interno y aplicarla también a aquellas posiciones según las cuales, para identificar y explicar un concepto institucional, debemos necesariamente adoptar un punto de vista externo. La conclusión es que no existe un único método de estudio en la teoría jurídica y, sobre todo, que dicho método depende del modo en el que se configure el objeto de estudio. En este caso, los conceptos institucionales o el contenido de las instituciones jurídicas

    Why the Content of Animal Thought Cannot Be Propositional

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    In “Steps toward Origins of Propositional Thought”, Burge claims that animals of different species are capable of making deductive inferences. According to Burge, that is why propositional thought is extended beyond the human mind to the minds of other kinds of creatures. But, as I argue here, the inferential capacities of animals do not guarantee a propositional structure. According to my argument, propositional content has predicates that might involve a quantificational structure. And the absence of this structure in animal thought might explain some of the differences with the propositional content of human thought

    Agencia epistémica y reflexión: Sobre Fernández Vargas, M.A., Performance Epistemology: Foundations and Applications

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    La epistemología de la virtud es una de las posiciones más influyentes en la epistemología contemporánea. Según esta, el agente, con sus virtudes o vicios epistémicos, juega un papel central en la evaluación epistémica. El libro Performance Epistemology: Foundations and Applications, de Miguel Ángel Fernández Vargas, ofrece una entrada al corazón de la “epistemología basada en el desempeño”, una de las corrientes más importantes dentro de la epistemología de la virtud. En esta reseña discuto la noción de agencia epistémica y exploro la posibilidad de iluminarla a partir de la noción de reflexión. En la primera sección, a propósito de la propuesta de Reed incluida en el libro, muestro cómo una noción no específica de agencia epistémica resulta teóricamente inconveniente. En la segunda sección muestro, en contra de las objeciones presentadas por Kornblith y Grimm (también en el libro), cómo una noción específica de agencia epistémica en términos de reflexión prueba ser teóricamente valiosa. Estas reflexiones son tan solo algunas de las múltiples discusiones que pueden tener lugar a partir de los textos incluidos en esta extraordinaria compilación. Además de presentar una visión actualizada de la epistemología de la virtud, este libro constituye una contribución sustancial al avance de este programa de investigación dentro de la epistemología

    DFT and belief revision

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    Alchourrón devoted his last years to the analysis of the notion of defeasible conditionalization. He developed a formal system capturing the essentials of this notion. His definition of the defeasible conditional is given in terms of strict implication operator and a modal operator f which is interpreted as a revision function at the language level. In this paper, we will point out that this underlying revision function is more general than the well known AGM revision [4]. In addition, we will give a complete characterization of that more general kind of revision and will show how permits to unify models of revision given by other authors.Alchourrón dedicó sus últimos años al análisis de la noción de condicionalización derrotable. Desarrolló un sistema formal que captura los aspectos esenciales de esta noción. Su definición de condicional revisable está dada en términos del operador de implicación estricta y un operador modal f el cual es interpretado en el nivel del lenguaje como una función de revisión. En este trabajo señalamos que la función de revisión subyacente es más general que la bien conocida función de revisión de AGM. Además, presentaremos una caracterización completa de una clase de revisión más general y mostraremos cómo nuestro modelo permite unificar los modelos de revisión propuestos por otros autores

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