Repositorio Institucional del OEFA
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Evaluación ambiental de causalidad durante la purga de sedimentos de la presa Checras de la unidad fiscalizable central hidroeléctrica Cheves de Statkraft Perú S.A., en los distritos Pachangara, Paccho y Checras, provincias Oyón y Huaura, departamento Lima, en el 2023
El informe presenta la evaluación ambiental que tuvo como finalidad determinar la influencia de la purga de sedimentos de la presa Checras de la Central Hidroeléctrica Cheves de la empresa Statkraft Perú S.A. sobre la calidad ambiental de los ríos Checras y Huaura, para ello evalúa la calidad del agua superficial y comunidades hidrobiológicas de los ríos Checras y Huaura, antes, durante y después de la ejecución de la purga de sedimentos de la presa Checras de la Central Hidroeléctrica Cheves. Se determinó que la purga de sedimentos de la presa Checras alteró la calidad del agua de los ríos Checras (RCHE-02) y Huaura (RHUA-04). Se evidenció un aumento en sólidos suspendidos totales (SST) y metales como aluminio, bario, y plomo que superaron los límites de los ECA para agua 2017. Las concentraciones más altas se registraron durante la purga, que afectó la riqueza y abundancia de macroinvertebrados bentónicos. Este cambio en el hábitat puede ocasionar efectos nocivos en salmónidos adultos y juveniles como una menor tasa de crecimiento y estrés fisiológico
OEFA en cifras focalizado. 2023, segundo trimestre. Reporte estadístico
El documento presenta data interesante respecto a la supervisión ambiental en el subsector residuos sólidos, desde el universo de administrados supervisados distribuidos geográficamente hasta el tipo de supervisiones realizadas y las medidas impuestas por el OEFA en el marco de la supervisión. Además, se aborda el análisis de los incumplimientos e infracciones cometidas por los administrados en dicho subsector.
El segundo capítulo de la publicación contiene un caso de estudio sobre el cumplimiento de las obligaciones ambientales en áreas de influencia de operaciones de residuos sólidos priorizadas para el 2020 y el 2021 en seis distritos a nivel nacional, cuya evaluación permanente permitió reducir concentraciones de contaminantes ambiental. El tercer y último capítulo contiene métricas que reflejan los resultados de la fiscalización ambiental llevada a cabo por el OEFA, pero esta vez ampliando el filtro a todos los sectores y subsectores bajo competencia de la entidad. De esa manera, se presenta una mirada comparativa respecto al desempeño de las demás actividades económicas que el OEFA fiscaliza.Capítulo 1. Supervisión ambiental en el subsector residuos sólidos -- Capítulo 2. Caso de estudio: Cumplimiento de obligaciones ambientales en áreas de influencia de operaciones de residuos sólidos priorizados para el 2020 y el 2021 -- Capítulo 3. Información histórica de la supervisión ambiental de todos los subsectores bajo la competencia del OEF
Evaluación ambiental focal de la superficie terrestre en el ámbito de la unidad fiscalizable Angélica – Rublo Chico, de titularidad de Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. ubicado en el distrito Huachocolpa, provincia y departamento Huancavelica, en junio de 2023.
El estudio busca obtener información del relieve superficial de la zona Ámbito de la unidad fiscalizable Angélica – Rublo Chico debido a la falta de información de la superficie terrestre y de componentes de la unidad fiscalizable Angélica – Rublo Chico, así como registros fílmicos y fotográficos aéreos. Se generaron ciento cinco (105) registros fílmicos y quinientos diecisiete (517)
registros fotográficos en la UF Angélica – Rublo Chico. Contiene los siguientes anexos: Anexo 1: Acta de inicio AI-0029-2023-ITEGI -- Anexo 2: Reporte de campo RC-049-2023-STEC -- Anexo 3: Reportes de software de procesamiento fotogramétrico RSPF-055-2023-ITEGI y RSPF-057-2023-ITEGI. -- Anexo 4: Ficha de almacenamiento de productos
Hablemos de la violencia de género
Boletín del Comité para la Igualdad de Género (CIG) del OEFA dedicado a abordar de manera amplia la violencia de género en el Perú, incluyendo cifras actuales, artículos y una entrevista con una especialista en el tema
Hacia un mejor desempeño de las consultoras ambientales. Evolución del marco normativo y resultados de las supervisiones realizadas por el OEFA.
A partir del resultado de las acciones regulatorias sobre las consultoras inscritas en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales (RNCA) realizadas en los últimos cinco años, se analiza y sistematiza el comportamiento de esas empresas respecto del cumplimiento de múltiples requisitos, como lo son el carácter multidisciplinario del equipo técnico, la experiencia individual de cada miembro, entre otros aspectos exigidos. En el periodo que abarca del 2018 al 2022, el OEFA realizó 462 acciones de supervisión a consultoras ambientales, a un promedio de 92 supervisiones al año. El mayor nivel de incumplimiento se da respecto de la obligación de brindar capacitación a sus equipos profesionales, con un 75%. La información disponible y analizada por el OEFA en este documento permitirá vincular la calidad de los equipos técnicos con la calidad de los instrumentos de gestión ambiental (IGA), y queda como reto futuro determinar la calidad de los IGA certificados.1. Evolución del marco normativo que regula a las consultoras ambientales y al registro nacional de consultoras ambientales -- 2. De la supervisión a las consultoras ambientales -- 3. Resultados de las supervisiones a las consultoras ambientales 2018-2022 -- 4. Conclusiones -- 5. Oportunidades de mejor
Evaluación ambiental de Causalidad (EAC) por el impacto del vertimiento de los efluentes industriales pesqueros de consumo humano directo en la Bahía de Paita
El presente informe integra y sistematiza la intervención de los operadores y el regulador en una zona importante de actividad pesquera en el país, que tiene reconocimiento nacional e internacional y que cuenta con proyección de crecimiento. El estudio fue realizado en las zonas industriales I y III. Su objetivo general fue evaluar el cumplimiento de los límites máximos permisibles del sector pesca, las especificaciones técnicas de los emisarios submarinos y el estado de la calidad del agua de mar, sedimento y comunidad macrobentónica; basándose en información concluyente de sucesivas acciones de supervisión y evaluación realizadas por el OEFA. La información se presenta de la siguiente manera: 1. Contexto -- 2. Marco teórico -- 3. Metodología -- 4. Resultados y discusión -- 5. Experiencia regulatoria -- Anexo
Resolución N° 447-2023-OEFA/TFA-SE
La Resolución N° 447-2023-OEFA/TFA-SE se refiere a un procedimiento administrativo sancionador contra Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. por incumplimientos en el monitoreo de agua subterránea. Hechos Principales: 1. Buenaventura fue sancionada por no realizar monitoreos de agua subterránea en noviembre de 2019 (puntos PI-02 y PI-04) y en mayo de 2020 (puntos PI-01, PI-02, PI-03, PI-04, PI-05 y PO-01). -- La empresa apeló, argumentando imposibilidad de cumplimiento para mayo de 2020 debido a la emergencia sanitaria por COVID-19, ya que los laboratorios no estaban habilitados y sus propios protocolos de aislamiento impedían el monitoreo. Decisión del Tribunal de Fiscalización Ambiental (TFA):
1. Para el monitoreo de mayo de 2020: El TFA revocó la responsabilidad administrativa, considerando que se configuró la causal de eximente de responsabilidad por fuerza mayor (debido a la emergencia sanitaria y las restricciones para el personal de laboratorio). Se desestimó la multa asociada a este período (2.714 UIT). -- 2. Para el monitoreo de noviembre de 2019: Se mantuvo la responsabilidad administrativa por no realizar el monitoreo en los puntos PI-02 y PI-04. -- 3. Recálculo de la multa: El TFA reformuló la multa para el incumplimiento de noviembre de 2019. Se ajustó el "costo evitado de planificación" para monitoreos ambientales. Este costo debe incluir actividades preparatorias como verificación y actualización de la matriz de monitoreos, búsqueda de laboratorios acreditados, preparación y mantenimiento de sitios, coordinación de rutas y verificación de medidas de seguridad y salud en el trabajo. -- 4. La multa final por el incumplimiento de noviembre de 2019, aplicando una reducción del 30% por reconocimiento de responsabilidad, ascendió a 1.409 (uno con 409/1000) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Precedente Administrativo Vinculante: 1. Se aprobó como precedente administrativo de observancia obligatoria el criterio contenido en los considerandos 109 al 115 de la resolución, que delimita el costo evitado de planificación en incumplimientos relacionados con la falta de ejecución de monitoreos ambientales. Este costo incluye las actividades preparatorias mencionadas anteriormente. En resumen, la resolución revocó una parte de la sanción por fuerza mayor (COVID-19), confirmó otra parte y reformuló la multa, además de establecer un precedente vinculante sobre la delimitación del costo evitado de planificación en el cálculo de multas por incumplimiento de monitoreos ambientales
Informe país: disposición final de residuos sólidos municipales. Diagnóstico y resultados de la supervisión ambiental a la disposición final de los residuos sólidos municipales en el Perú 2022
El objetivo de esta publicación es comunicar la situación actual de la disposición final de los residuos sólidos municipales identificada desde la supervisión ambiental, las acciones efectuadas por el OEFA en el marco de su competencia, los mecanismos de intervención adoptados para controlar y mitigar los riesgos ambientales identificados, y los resultados e
indicadores obtenidos a través del ejercicio de la supervisión ambiental a los administrados y responsables de la disposición final de residuos sólidos municipales durante el 2022. A partir de los resultados expuestos en la presente publicación, se plantean los alcances oportunos para la mejora continua de la gestión ambiental de los residuos sólidos municipales (disposición final) y se formulan recomendaciones, que consisten en lineamientos interinstitucionales e intersectoriales, orientadas a mejorar la disposición final de los residuos sólidos municipales.1. Competencias, obligaciones y supervisión ambiental -- 2. Unidades fiscalizables: identificación y unidades supervisadas -- 3. Deficiencias de las unidades fiscalizables de disposición final de residuos sólidos municipales -- 4. Mecanismos de intervención implementados, mejora continua postsupervisión ambiental y planes 2016-2024 -- 5. Conclusiones y lineamientos intersectoriales e interinstitucionale
Evaluación ambiental de botaderos aplicando la Guía Técnica para la Clausura y Conversión (CONAM, 200 4) en los distritos de San Damián, San Andrés de Tupicocha, Antioquia, Cuenca, Santo Domingo de los Olleros, Mariatana, Langa, Lahuaytambo, San Lorenzo de Quiti, Sangal laya de la provincia de Huarochirí, departamento de Lima
Realiza una evaluación ambiental de botaderos aplicando la Guía Técnica para la Clausura y Conversión (CONAM, 200 4), en la jurisdicción de la provincia de Huarochirí, departamento de Lima, que sirvan de información de línea base para la toma de decisiones preventivas y correctivas, conforme al marco normativo ambiental vigente. Señala que los tipos de residuos sólidos acumulados en el botadero en menci9n son de tipo doméstico, hospitalario (algodones, agujas, cajas de medicamentos) y residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. Concluye que la categorización es de alto riesgo por tanto deberá clausurarse el botadero. Como medida de mitigación para evitar problemas de impacto a la salud ambiental de la población ejecutar la remediación ambiental teniendo en cuenta la recuperación y sembrado de áreas verdes
Informe de Evaluación Ambiental para la identificación del sitio impactado por actividades de hidrocarburos con código S0508, ubicado en la microcuenca PAS-46, en el ámbito de la cuenca del río Pastaza, distrito Andoas, provincia Datem del Marañón, departamento Loreto
Evalúa la calidad ambiental del sitio S0508 para su identificación como sitio impactado por actividades de hidrocarburos y su estimación del nivel de riesgo a la salud y al ambiente. El sitio S0508 está ubicado en la microcuenca PAS-46, en el ámbito de
la cuenca del río Pastaza, distrito Andoas, provincia Datem del Marañón, departamento Loreto. El proceso para la identificación del sitio S0508, dio como resultado que es un sitio impactado por actividades de hidrocarburos. De la evaluación del componente ambiental suelo en el sitio S0508 se tiene que, de los 6 puntos de muestreo, en el que se recolectaron 7 muestras para el área evaluada de 998 m2 (0,0998 ha), ninguna de las muestras registró valores que superen los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para Suelo, uso agrícola, aprobados mediante Decreto Supremo N° 011-2017-MINAM. En el área evaluada para el sitio S0508 se advirtió presencia de un residuo sólido que comprende un cilindro metálico relacionado con la actividad de hidrocarburos, que ocupa un área estimada de 2.25 m2 (1.5x1.5m). La estimación de nivel de riesgo del sitio S0508 dio como resultado: No presenta nivel de riesgo físico (NRFfísico); no corresponde evaluar el nivel de riesgo asociado a sustancias para la salud de las personas (NRSsalud), ni el nivel de riesgo asociado a sustancias para el ambiente (NRSambiente). Finalmente se encuentran diversos anexos que forman parte del informe y acreditan lo expuesto