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    Las razones para la reforma de la protección por desempleo a través del Real Decreto-Ley 5/2002

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    Con fecha 17 de abril de 2002, fue presentado por el Gobierno a los agentes sociales (CEOE, UGT y CCOO) un documento sobre Medidas de Reforma de la Protección por Desempleo y de la Ley Básica de Empleo, que ha traído consigo el rechazo frontal por parte de los Sindicatos a la propuesta del Gobierno, llegando al extremo de plantear una huelga general. Este documento ha dado lugar a la aprobación por el Gobierno del Real Decreto-Ley 5/2002, de 24 de mayo, de Medidas Urgentes para la Reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad, quedando pendiente, por ahora, la aprobación de una nueva Ley Básica de Empleo. El pasado día 9 de mayo, el Centro de Estudios Financieros, en conmemoración de su 25 aniversario, organizó una jornada técnica para tratar el tema de la Reforma de las Pensiones y de la Protección por Desempleo, invitando para ello a D. Luis Enrique De la Villa Gil (Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social), D. Juan Chozas Pedrero (Secretario General de Empleo) y a D. Jaime Montalvo Correa (Presidente del Consejo Económico y Social). Destacamos aquí los aspectos más importantes que se plantearon sobre la Reforma del Desempleo, tratando de exponer la justificación dada por el Gobierno de las medidas propuestas, de los cambios que conllevan y de sus consecuencias prácticas

    Normas de cotización en el Régimen General para 1999

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    Este comentario analiza las normas más importantes para la determinación y cálculo de las bases y tipos de cotización para el Régimen General en el año 1999*. Las novedades más importante, en relación con ejercicios anteriores, residen en los cambios habidos en el tipo de cotización aplicable a la contingencia de desempleo a cargo de la empresa, en función del tipo de contrato (temporal o indefinido), la adaptación de la cotización de los contratos a tiempo parcial al nuevo régimen jurídico de éste** y, la exigencia de solicitar un código de cuenta de cotización específico por parte de las empresas, para incluir en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda a los consejeros y administradores de sociedades capitalistas y de sociedades laborales, asimilados a trabajadores por cuenta ajena. * Anualmente, las Leyes de Presupuestos Generales del Estado fijan las normas de cotización, bases y tipos, que son desarrollados a través de Orden Ministerial. Para 1999, la Orden de de 15 de enero de 1999 desarrolla las normas de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional, contenidas en la Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1999.** Véase el Real Decreto-Ley 15/1998, de 27 de noviembre de medidas urgentes para la mejora del mercado de trabajo en relación con el trabajo a tiempo parcial y el fomento de su estabilidad (BOE de 28 de diciembre)

    La limitación de la subcontratación en el sector de la construcción: Comentario sobre la Ley 32/2006, de 18 de octubre

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    La limitación de las cadenas de subcontratación en las obras de construcción con la finalidad de proteger la seguridad y salud en el trabajo, de forma que desaparezcan los intermediarios o las empresas con escasos e inadecuados medios productivos y preventivos, exigiéndose además un porcentaje de trabajadores indefinidos en las empresas contratistas y subcontratistas, que garantice una mayor estabilidad en el empleo y una mayor experiencia en un sector especialmente castigado por las cifras de siniestralidad, ha provocado un intenso debate sobre si la finalidad de la norma justifica las limitaciones impuestas a las empresas y trabajadores autónomos a la hora de subcontratar, que pudieran incluso afectar a la libre actuación de estos en el mercado. Para conocer y poder valorar el contenido de la ley que ha llevado a cabo esta nueva regulación, el presente trabajo realiza un recorrido sobre cada una de las medidas adoptadas, analizando las distintas obligaciones y responsabilidades que en ella se contienen y, comentando algunos de los argumentos y razonamientos de este encendido debate

    El derecho a la intimidad del trabajador frente al control y vigilancia empresarial a través de las TICs

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    El uso de la tecnología y la puesta a disposición del trabajador de herramientas informáticas que son propiedad de la empresa ha planteado la cuestión de si el trabajador puede hacer un uso particular de estos modernos sistemas de comunicaciones (como Internet, correo electrónico, chat, redes sociales, teléfonos móviles con sistemas incorporados de geolocalización, etc), y en qué medida, de forma que no constituya un uso abusivo, de acuerdo a los intereses de la empresa.2015-1

    De la Villa Gil, L. En. (director) (2011). Comentarios al Estatuto de los Trabajadores. Madrid. Editorial Iustel, 1.146 pp.

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    La obra que se presenta constituye, sin lugar a dudas, un libro de referencia para todo operador jurídico-laboral. Resulta evidente que la importancia del libro reside en el contenido omnicomprensivo de la norma más importante que regula las relaciones laborales en España, el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, comentada al milímetro. Se trata de un esfuerzo editorial ímprobo, por varias razones

    Fernández Fernández, R., Abril Larraínzar, M. del P. y Megino Fernández, D. (2010). La reforma laboral de 2010: un análisis teórico-práctico. Madrid, CEF, 216 pp.

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    Si durante este año 2010 ha habido un tema «estrella» en el ámbito jurídico-laboral, no cabe duda de que este es la reforma llevada a cabo por el Gobierno, en primer lugar, a través del Real Decreto-Ley 10/2010, de 16 de junio, luego reconvertido y tramitado como la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, ambos de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado de Trabajo, que pese a tener como finalidad aunar los intereses contrapuestos de empresarios y trabajadores, en un plano económico marcado por la profunda crisis que nos azota y bajo la presión de los mercados financieros y de las instituciones comunitarias, se caracteriza precisamente por lo contrario: la ruptura del diálogo social, el descontento de los sindicatos hasta el punto de convocar una huelga general y la apreciación patronal de que el tímido cambio de rumbo hacia una mayor flexibilidad que apriete pero no ahogue a la empresa, no acaba de quitar la soga al cuello a quienes han de potenciar la revitalización del mercado de trabajo, es decir, los empresarios

    La extinción de los contratos temporales. Efectos del despido. Especial referencia a las Empresas de Trabajo Temporal

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    El objetivo de este trabajo es dar a conocer la problemática actualmente existente en cuanto a la aplicación de la normativa sobre contratación temporal en aspectos tales como los presupuestos para su validez, requisitos, extinción y especialmente, en cuanto a los efectos que produce el despido en orden a la procedencia o no del percibo de la indemnización prevista en el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, que no distingue si el contrato es temporal o indefinido. Mención especial merece la contratación a través de Empresas de Trabajo Temporal, donde se plantea la problemática existente en cuanto a la adaptación o no y en qué medida, de la legislación laboral de contratos de trabajo temporales a los supuestos previstos para el contrato de puesta a disposición en la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las Empresas de Trabajo Temporal, aplicando los pronunciamientos jurisprudenciales más recientes sobre la materia

    Régimen jurídico de la prevención de riesgos laborales

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    El conocimiento de los riesgos laborales implica una ardua tarea en la que se entremezcla la realidad jurídica y la realidad empresarial. Es preciso entender qué obligaciones concretas se imponen a los empresarios y qué derechos ostentan los trabajadores, así como el deber de integrar la actividad preventiva mediante la colaboración proactiva de unos y otros para reducir la siniestralidad y fomentar el trabajo seguro a través del cumplimiento del régimen jurídico aplicable. La puesta en práctica de una política preventiva eficaz que garantice el cumplimiento normativo y permita el desarrollo de las funciones y competencias de un profesional, especialista o no en la materia, exige un esfuerzo didáctico que facilite la comprensión de los conceptos con la realidad práctica. Para ello, la obra se estructura en unidades didácticas, facilitando su seguimiento con pequeñas ilustraciones y esquemas que hacen más ameno y entretenido su contenido, así como especificándose los objetivos de estudio, los conceptos básicos, las actividades prácticas a desarrollar y algunos ejercicios voluntarios.2020-21103_Grado en Ciencias del Trabajo y Recursos Humanos110_Grado en Ingeniería de Organización Industrial120_Grado en Derecho121_Grado en Ciencias del Trabajo, Relaciones Laborales y Recursos Humanos123_Grado en Ingeniería de Tecnologías y Servicios de Telecomunicación188_Doble Grado en Ingeniería en Organización Industrial y AD

    Organización de la prevención en la empresa

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    Organización de la prevención en la empresa.2022-2

    La eficacia del derecho a la intimidad en el entorno digital y su protección. Especial referencia a la relación laboral

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    Tesis doctoral inédita leída en la Universidad Autónoma de Madrid, Facultad de Derecho, Departamento de Derecho Público y Filosofía Jurídica. Fecha de Lectura: 19-07-201
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