Universidad Siglo 21. Repositorio Institucional
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Puentes inclusivos: centro educativo para adultos y el nivel secundario
La propuesta de intervención titulada “Puentes inclusivos: Centro Educativo
para Adultos y el Nivel Secundario”, se ubica en el Instituto Educativo Nuestra Señora
de las Mercedes de la ciudad de Unquillo, provincia de Córdoba. El mismo, emerge
como una necesidad institucional de fortalecer los proyectos de aprendizaje-servicio
orientados a promover la participación de los adultos mayores del Centro Educativo
Nivel Primario para Adultos N°14 (C. E. N. P. A. N.o 14) y los alumnos de 5° año del
Instituto Educativo Nuestra Señora de las Mercedes. En consecuencia, se diseñó un Plan
de Trabajo que responden a los objetivos específicos de la propuesta de intervención,
tales como: la realización de talleres de reflexión y fortalecimiento de las diversas
habilidades sociales para trabajar en proyectos de Aprendizaje-Servicio; consolidar
espacios para permitan al adulto mayor la realización actividades orientadas al
fortalecimiento de lazos de amistad y la expresión emocional; y planificar acciones
solidarias como una experiencia educativa de aprendizaje-servicio destinadas a los
adultos mayores del Centro Educativo Nivel Primario para Adultos N°14. Cabe señalar
que las actividades se desarrollaran en 9 encuentros. A modo de conclusión, se destaca
que el plan de intervención pretende desarrollar en los estudiantes aprendizajes
significativos y funcionales desde su protagonismo en proyectos solidarios
comunitarios
La incertidumbre al momento de encuadrar los vínculos laborales
Cuando hablamos de una relación laboral (art. 22 Ley N° 20.744 – 1976), es necesario
que se cumplan determinadas condiciones para poder encuadrarla en el marco de la Ley
20.744 como un contrato de trabajo, tales como la dependencia jurídica, técnica y económica
y no en otra normativa, como sucede en el fallo que será analizado en la presente lectura,
donde se discute si a la relación que vincula a las partes corresponde enmarcarla como un
contrato de locación de servicios, regulado anteriormente en el art 1623 Código Civil de
Vélez, actualmente derogado y remplazado por la figura de contrato de obra o servicios del
art.1251 del nuevo Código Civil y Comercial, o si se cumple la presunción del art. 23 de la
ley 20.744.
Por lo tanto, las normativas mencionadas supra tienen muchas similitudes, aunque
también diferencias que se evidencian poniendo especial atención a las circunstancias del
caso particular. Para ejemplificar esta situación nombraremos la diferencia más relevante
entre contrato de trabajo y el contrato de obra o servicios. En este último el profesional lleva
a cabo la actividad comprometida por su propia cuenta y riesgo, asumiendo una obligación
de resultado; en cambio en un contrato de trabajo quien se compromete a la realización de
una determinada actividad lo hace por cuenta y riesgo de quien lo contrata para su realización
y solo asume una obligación de medios.
Estas similitudes y diferencias ponen de manifiesto las dificultades que deben sortear los
tribunales a la hora de resolver estos casos judicializados, ya que muchas veces no logran
enmarcar el caso concreto dentro de la normativa correspondiente, evidenciando así
discrepancias entre los tribunales a quo y ad quem
Medios de comunicación y salud mental en la región Ansenuza
Los modelos para comprender y abordar los problemas de salud mental de las personas son
reflejo de los valores y consensos sociales que se construyen en cada época y en ese
aspecto las enfermedades mentales, y más aún la hospitalización psiquiátrica, constituyen
aún hoy una figura de carga y estigmatización social de importancia.
Así, es posible diseñar programas que impidan o contrarresten la influencia de los
determinantes desfavorables que propician la aparición de los casos. Teniendo en cuenta
esta perspectiva, en el área de la salud mental, asumida como parte integral de la salud
pública, uno de los intereses compartidos por todas las organizaciones se encuentra
referido al estudio de prevalencias. Estos estudios, abordando los trastornos de salud
mental, tienen un fuerte impacto sobre la vida de los individuos, la familia y la
comunidad
Repercusiones Subjetivas del Aislamiento Social Preventivo en Sujetos Migrantes que Estudian en la Universidad
En este escrito se comparten algunas reflexiones sobre repercusiones subjetivas y sociales que el proceso de aislamiento y/o distanciamiento ha ido dejando en algunas/os jóvenes, en particular sobre las situaciones que pueden estar atravesando las/os jóvenes migrantes que han venido a estudiar a universidades cordobesas, quienes ya se encontraban en procesos de elaboración del desarraigo, complejizado por el aislamiento social. Esta producción se genera en el marco de un proceso de investigación que se viene desarrollando desde 2016, en tres universidades ubicadas en la ciudad de Córdoba, donde uno de los objetivos abordados ha sido identificar los efectos subjetivos, sociales e intelectuales que produce el desarraigo en los sujetos estudiantiles. Estimados que este proceso de desarraigo-arraigo cabe leerlo a luz de lo que la pandemia ha ido dejando en términos de repercusiones en estas/os jóvenes. En este contexto excepcional se puso en evidencia más aún la significación de los aspectos psicosociales del aprendizaje, fue necesaria la construcción de esquemas de acción y de nuevos hábitos facilitadores de la comunicación virtual para lograr una comunicación que evite la ruptura de relaciones intersubjetivas imprescindibles para preservar la salud psicosocial tanto como la salud biológica. Extraído de: https://revele.uncoma.edu.ar/index.php/psico/article/view/4280publishedVersio
Estudio de la disminución de la rentabilidad de la empresa "Cerealitas" en el año 2020 y propuestas de optimización
Al inicio del presente trabajo se expuso la problemática vinculada a la
disminución de la rentabilidad económica de la empresa Cerealitas en
relación al año 2020, y a partir del cual se propuso como objetivo
desarrollar un plan de mejora a partir de los resultados del diagnóstico
situacional a fin de revertir esta situación.
También se pudo ver que en la provincia de San Luis, Argentina, la
empresa Cerealitas S.A. se inicia en este rumbo de la producción y
comercialización de barras de cereales en un mercado muy competitivo con
grandes marcas. En el año 2018, frente a los problemas económicos por los
que pasaba Argentina, la empresa Cerealitas aseguró que en el primer
semestre del año, lograr no caer en unidades de producción y venta, en un
contexto donde el mercado retrocedía. La situación cambió para 2019,
donde cayeron las ventas de almacenes y kioscos, mientras que
supermercados y mayoristas vivieron una recuperación, pues el consumidor
volvió a los grandes abastecimientos, en busca de descuentos.
Se trató de un estudio descriptivo transversal, cuantitativo, en el cual
se buscó efectuar una propuesta de mejora a partir de los resultados del
diagnóstico situacional para incrementar la rentabilidad económica de la
empresa Cerealitas, identificando las debilidades y fortalezas de la
organización, diseñando la planificación del cambio y estableciendo los
indicadores de medición de este.
La importancia de esta investigación radicó en reconocer que el
estudio de la rentabilidad se utiliza principalmente para evaluar la solidez y
la eficiencia de una empresa. Es una medida de rentabilidad general y
también el modo en los recursos materiales y humanos son administrados
por los accionistas. Asimismo, este tipo de estudio permite conocer si una
inversión está siendo realmente aprovechada, es decir, si genera beneficios
económicos o pérdida de capital. También contribuye a comparar
estrategias diferentes en virtud de escoger aquellas que resulten más
convenientes para la empresa, así como conocer la proyección futura.
Las conclusiones finales indicaron que, se pudo detectar que la
disminución de la rentabilidad había respondido a una combinación de
factores externos, micro del entorno y organizacional. Ello había impedido el
desenvolvimiento normal de las metas trazadas para Cerealitas, impidiendo
alcanzar niveles de rentabilidad esperados.
Ante esto, fue necesario considerar la aplicación de una estrategia
funcional que logre intervenir en los diversos aspectos tales como: a)
finanzas: por medio del incremento de las ventas; b) calidad en atención al
cliente: a través de una mejora en la comunicación con estos; c) procesos
operacionales: por medio del ahorro en costos de inventarios; d) recursos
humanos: incrementando los niveles de eficiencia del personal, habilidades
comerciales y atención al cliente
La valoración de la prueba en el proceso laboral y la interpretación del art. 58 LCT
El fallo “González” permite el analisis de un problema jurídico muy recurrente
en los tribunales del trabajo referido a la prueba de la existencia de un vínculo laboral no
registrado. El caso presenta la posibilidad de revisar dos posturas antagónicas respecto a
los hechos vinculadas a las pruebas aportadas por las partes, ya que transcurre por tres
instancias con opiniones encontradas sobre la interpretación y valoración de la prueba
testimonial y informativa, teniendo en cuenta los principios del derecho laboral.
El fallo analizado presenta un problema jurídico de prueba. En alguna oportunidad
dijo Coture (1958, p. 17) que en general "...los problemas de la prueba consisten en saber
qué es la prueba; qué se prueba; quién prueba; cómo se prueba; qué valor tiene la prueba
producida...”. En otras palabras, se plantean los siguientes problemas: la carga de la
prueba y el procedimiento probatorio; y por último y mas importante, la valoración de la
prueba.
En el caso particular el problema de la prueba resulta de comprobar la existencia
de una relación laboral a la luz de la ley de contrato de trabajo No 20.744 (en adelante
LCT), ya que en el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el actor se discute
respecto al encuadramiento de una relación laboral dependiente o no por una
superposición de empleos en el tiempo. El problema central es la valoración de la prueba
testimonial y la prueba informativa y los principios del derecho laboral.DESTACAD
Biblioteca escolar virtual y TIC en el nivel primario de la escuela Maryland
El presente Plan de Intervención surge ante la necesidad detectada de suma importancia
para la Unidad Educativa Maryland, que es la posibilidad de contar con una biblioteca
escolar, ya que la escuela aborda la lectura como una práctica social y cultural. Se
utilizarán modelos de aprendizaje innovadores, que fomenten un aprendizaje
significativo, en donde los estudiantes accedan a textos auténticos y completos, para que
puedan participar en las actividades que los docentes planteen desde un rol de guía y
acompañamiento en su aprendizaje. En esta propuesta, a través de los tres talleres
presenciales que se dictarán en la propia institución, se buscará capacitar a los docentes
para lograr la creación de una biblioteca escolar virtual, donde se le presentará una
propuesta para aplicar las TIC en el aula. Es importante lograr que las TIC generen
habilidades con un sentido pedagógico, llegando a una transversalidad adecuada e
innovadora de la tecnología en el aula. Este plan innovador permitirá a los docentes
reflexionar, alterar y establecer las TIC conforme a sus necesidades en el aula,
llevándolos a tener alumnos más creativos, motivados y con mayor autonomía
Incorporación del área de recursos humanos en la implementación de un plan de comunicación 2.0 y formación en líder coach en Redolfi SRL
El presente trabajo fue realizado sobre la empresa familiar de A. J. & J. A. Redolfi
S.R.L, de la localidad de James Craik, Córdoba, que cuenta con una trayectoria de más de 50
años en el rubro de los supermercados mayoristas, dedicada a la comercialización y distribución
de productos de consumo masivo, donde se detectaron problemas relacionados a la gestión del
capital humano, por la falta de un área de recursos humanos, de comunicación interna debido a
que la información llegaba distorsionada y por mandos medios que solo se limitan al
cumplimiento de órdenes. Como consecuencia de los resultados arrojados por el análisis
realizado y teniendo en cuenta la vital necesidad de un correcto flujo de información se diseñó
un plan de implementación que tuvo como objetivo incorporar un analista de recursos humanos
que gestione un plan de comunicación interna digital en Redolfi S.R.L. y capacitar a los mandos
medios en liderazgo coach con la finalidad de que estos sean competentes y la organización
mejore sus ganancias en un 11%.DESTACAD
Los problemas interpretativos y el alcance del término “registración deficiente”
La importancia de salvaguardar los derechos fundamentales de los trabajadores al
momento de interpretar las leyes que hacen a la materia de indemnizaciones laborales es
un tema de crucial importancia en el mundo jurídico. En este sentido, es necesario tener
en cuenta que conforme al art. 1 de la Ley n° 25.323 de indemnizaciones laborales1
las
indemnizaciones tanto previstas en el art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo n° 20.7442
como en el art. 7 de la ley 25.0133
, serán incrementadas al doble cuando se trate de una
relación laboral que al momento de ocurrir el despido no esté registrada o lo esté de modo
deficiente.
Ello a su vez despierta un conflicto medular: poder consignar qué situaciones
caerían dentro del ámbito de aplicación de la norma en cuestión, pues la misma no enuncia
taxativamente cuál es el alcance del término “registración deficiente”. Tal situación es
receptada doctrinariamente por Piazza (2017), quien al respecto manifiesta que el objetivo
principal de la ley 25.323 consiste en la lucha contra el empleo clandestino, pero que no
obstante ello, sugiere que de la lectura de la norma emerge la idea de que la mayoría de
los supuestos de extinción del contrato de trabajo se encontrarían excluidos del ámbito de
aplicación de este artículo 1 y que cualquier incumplimiento de la carga de registro estaría
comprendido dentro de la categoría de registros deficiente.DESTACAD
Trabajadores de economía de plataformas: yuxtaposición de normas que regulan el vínculo laboral
En el presente caso se presenta un problema jurídico de relevancia por cuanto entran en tensión dos o más normas, en este caso, por un lado la Ley N° 20.744 de Contrato de Trabajo (en adelante LCT), y por el otro, el Código Civil y Comercial de la Nación (en adelante CCyCN) en todo cuanto respecta al contrato de prestación de servicios, cuya normativa aplicable es la comprendida en el art. 1251 y ss. de dicho cuerpo normativo. Es aquí en donde el rol del magistrado se vuelve de vital importancia, en razón de que deberá determinar cuál es la normativa aplicable al caso concreto.
Como se advierte, en el fallo analizado la parte actora manifiesta que existió una relación laboral, en razón de haber trabajado bajo las órdenes de la empresa Cabify S.A., cumpliendo con una carga horaria y percibiendo una remuneración por desarrollar funciones de chofer para la sociedad demandada. Como veremos en el desarrollo de esta nota, la interpretación del ordenamiento jurídico y la determinación de la normativa aplicable que la magistrada realiza, encuadran al actor en la figura de un trabajador en relación de dependencia, y considera a Cabify S.A. como empleador, en el marco de la LCT.DESTACAD