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El Derecho a la Democracia y su interpretación en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos: Aspectos Sustantivos.
The conceptualization of the term democracy has been addressed throughout history by a variety of authors who have provided a diversity of analyzes based on its foundations, characteristics, conceptualizations, and functions. Its approach from a legal perspective takes us to what is established in the Inter-American Democratic Charter, whose owners according to the right to democracy are the people. The obligation to promote and defend democracy by their governments contributes to crystallizing a late development in line with the development of human rights through its principles, such as freedom and equality of the human being. The article offers an analysis of the legal development of the right to democracy based on its assessments in the international system of protection of human rights.La conceptualización del término democracia, ha sido abordado a lo largo de la historia por una diversidad de autores que han brindado una diversidad de análisis a partir de sus fundamentos, características, conceptualizaciones y funciones propiamente. Su enfoque a partir de una perspectiva jurídica, nos conduce a lo expuesto en la Carta Democrática Interamericana, cuyo titular de derechos conforme al derecho a la democracia son los pueblos. La obligación de promover y defender la democracia por parte de sus gobiernos, contribuye a cristalizar un desarrollo tardío conforme al desarrollo de los derechos humanos a través de sus principios, como la libertad e igualdad del ser humano. El artículo brinda un análisis del desarrollo jurídico del derecho a la democracia a partir de sus valoraciones en el sistema internacional de protección de los derechos humanos
Palabras del Director
En este número, presentamos cinco valiosos artículos. Destaco inicialmente dos que tratan aspectos salientes de los cambios tecnológicos que vive la sociedad actual, otros dos artículos que tratan temas de interés para los estudiosos de los procesos electorales y por último, el tema de los derechos humanos. Con esta cuarta edición, Gobierno & Sociedad continúa cumpliendo con el mandato del Tribunal Electoral y del Instituto de Estudios Democráticos (INED) de publicar artículos e investigaciones referentes, entre otros temas, a los avances sobre el desarrollo, calidad y sustentabilidad de la democracia y de la participación ciudadana. 
Fisonomía del Estado, según el artículo uno de la Constitución Política de la República de Panamá
The purpose of this research essay is to comment on the inaugural norm of the constitutional text of the Republic, which projects the State and its form of government, taking into account the concepts that emanate from said article, extensively studied in political science, such as nation, State, government, republic, sovereignty, independence and democracy.
This attempt to analyze the Panamanian State based on its essential attributes, contextualized within a historical framework, will assess how these guiding principles have been materialized within the institutionality and political life of the country.
It is possible that at the end of this essay, by virtue of the relevance of these concepts to identify the Panamanian State, we will be in a position to suggest that they be preserved, updated, or added, depending on the relevance they have for political institutions. in a favorable context to propose comprehensive constitutional reforms, based on article one of the current Political Constitution.El presente ensayo de investigación tiene el propósito de comentar la norma inaugural del texto constitucional de la República, que proyecta al Estado y su forma gobierno, atendiendo a los conceptos que emanan de dicho artículo, extensamente estudiados en la ciencia política, tales como nación, Estado, gobierno, república, soberanía, independencia y democracia.
Este intento por analizar al Estado panameño a partir de sus atributos esenciales, contextualizados dentro de un marco histórico, valorará el cómo se han materializado esos principios rectores dentro de la institucionalidad y la vida política del país.
Es posible que al final de este ensayo, en virtud de la pertinencia de estos conceptos para identificar al Estado panameño, estemos en disposición de sugerir que, los mismos se conserven, actualicen, o adicionen, según la relevancia que tengan para las instituciones políticas, en un contexto favorable para proponer reformas constitucionales integrales, a partir del artículo uno de la Constitución Política vigente
El ius cogens: su incorporación e implicaciones en el ordenamiento jurídico panameño
This article aims to identify, on the basis of the jurisprudence of the Supreme Court of Justice, how peremptory norms of general international law or jus cogens are incorporated into the Panamanian legal system. It also highlights the legal implications of jus cogens rules in domestic law with particular emphasis on the sphere of competence of the three organs of the State, namely: judicial, executive and legislative organs. To this end, it develops a historical and doctrinal analysis of this legal institution and synthesizes the most relevant aspects of jus cogens (nature, constituent elements and legal consequences), with the support of the reports on peremptory norms of general international law submitted by the special rapporteur — Dire Tladi — to the International Law Commission of the United Nations. As a conclusion, it is argued that the peremptory norms of general international law or jus cogens —taking into account their nature and jurisprudential precedents of the Supreme Court of Justice— are automatically incorporated into the national legal system. El presente artículo se propone identificar —sobre la base de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia— cómo se incorporan las normas imperativas de derecho internacional general o ius cogens al ordenamiento jurídico panameño. Asimismo, destaca las implicaciones jurídicas de las normas de ius cogens en el derecho interno con especial énfasis en el ámbito de competencias de los tres órganos del Estado, a saber: órgano judicial, ejecutivo y legislativo. Para ello, desarrolla una análisis histórico y doctrinario de esa institución jurídica y sintetiza los aspectos más relevantes del ius cogens (naturaleza, elementos constitutivos y consecuencias jurídicas), con apoyo de los informes sobre las normas imperativas de derecho internacional general presentados por el relator especial —Dire Tladi— a la Comisión de Derecho Internacional de la Organización de las Naciones Unidas. A manera de conclusión, se sostiene que las normas imperativas de derecho internacional general o ius cogens —atendiendo a su naturaleza y antecedentes jurisprudenciales de la Corte Suprema de Justicia— se incorporan, automáticamente, al sistema jurídico patrio. 
Influencia de la Revolución Francesa en los Derechos Humanos y el Derecho Administrativo
The French Revolution was the beginning of many changes in the society and the beginning of postulates aimed at Human Rights embodied in International Treaties today, especially the Declaration of the Rights of Man and the Citizen such as the American Convention on Human Rights, with the purpose of achieving a better social coexistence worldwide, after the disaster of the First and Second World Wars.
The French Revolution introduced the division of powers in the administration of the State, agreed upon in the period of the Enlightenment and influenced by philosophers as a consequence of a social movement against the established monarchy, beginning a time of new Constitutions influenced by the French Constitution and the Constitution of the United States of America, pioneers in establishing fundamental social parameters of human rights and at the same time regulating the abuse of power through laws controlling the state apparatus, what we know today as Administrative Law.La Revolución Francesa, fue el comienzo de muchos cambios en la sociedad y el comienzo de postulados encaminados a los Derechos Humanos plasmados en Tratados Internacionales hoy día, en especial, la Declaración de los derechos del hombre y el ciudadano como la Convención Americana de Derechos Humanos, con el propósito de una mejor convivencia social a nivel mundial, después del desastre de la primera y segunda guerra mundial.
La Revolución Francesa introdujo la división de poderes en la administración del Estado, consensuado en el período de La Ilustración e influenciado por filósofos como consecuencia de un movimiento social contra la monarquía establecida, comenzando una época de nuevas Constituciones influenciadas por la Constitución Francesa y la Constitución de los Estados Unidos de América, pioneras de establecer parámetros fundamentales sociales de derechos humanos y a la vez reguladoras del abuso de poder a través de leyes controladoras del aparato estatal, lo que hoy conocemos como el Derecho Administrativo
La afectación de los derechos políticos por razones relativas a la nacionalidad
The article 13 of the Political Constitution of Panama, gives effect to the renunciation of nationality with implications in the field of citizenship rights, both for nationals of origin and for those who acquire nationality by derivation or naturalization. In addition to this, this essay refers to some important cases heard at the time in the electoral jurisdiction, which are very useful to confront the effectiveness of the aforementioned constitutional norm to ensure the purpose it pursues, which is to affect the fullness of the rights political rights and whether such purpose is consistent with the standard of regional protection that political rights have achieved in the Regional Human Rights System.El artículo 13 de la Constitución Política de Panamá, dota de efectos a la renuncia de la nacionalidad con implicaciones en el ámbito de los derechos de ciudadanía, tanto para los nacionales de origen como para aquellos que adquieren la nacionalidad por derivación o naturalización. Adicional a ello, este ensayo hace referencia a algunos casos importantes ventilados en su momento en la jurisdicción electoral, que resultan muy útiles para confrontar la efectividad de la norma constitucional aludida para asegurar el propósito que persigue, el cual es afectar la plenitud de los derechos políticos y si tal propósito es cónsono con el estándar de protección regional que han alcanzado los derechos políticos en el Sistema Regional de Derechos Humanos
Antecedentes y protagonistas del Derecho Administrativo y la Ciencia Administrativa en el siglo XIX
This article shows a not so much known part of the Panamanian Administrative Law and Administrative Science and focuses on their evolution during the 19th-century. During that century it is important to highlight the role that lawyers such as Esteban Febres-Cordero and Justo Arosemena played, as key figures in the Latin American legal landscape. They broke new ground as professors and scholars. In their works the influence of Carlos Juan Bonnin, as well as his writings, is rather clear.Este artículo muestra una parte no muy conocida del Derecho Administrativo y de la Ciencia Administrativa panameña, y de la evolución que estas temáticas experimentaron en el siglo XIX. Dentro de esta centuria hay que recalcar el papel que cumplieron los juristas Esteban Febres-Cordero y Justo Arosemena, figuras descollantes en el ámbito jurídico de América Latina y quienes destacaron como catedráticos y doctrinantes, en los que es palpable la huella de Carlos Juan Bonnin y sus escritos.
El espíritu de la ley en la República de Panamá
The laws are the reflection of the social, political, cultural, and economic demands of citizens; therefore, the laws will always have as their origin a previous event, which gives them a philosophical or practical meaning. In this scenario, the Executive Branch, when regulating the laws, through decrees or resolutions, cannot ignore the spirit of the Law at the moment of writing them. The legal interpretation is not only exhausted in its adaptation to the letter of the constitution, but the judge must consult, investigate, discover, and reflect on the reliable history of its establishment, that is, he must refer to the social, economic and political context that motivated the creation of the legal norm. That is why it is essential to determine in Panama what is the legal value that judges, legislators, and citizens must give to the spirit of the law.Las leyes son el reflejo de las demandas sociales, políticas, culturales y económicas de los ciudadanos, por lo tanto, las leyes siempre tendrán como origen un acontecimiento previo, que le dé un sentido filosófico o práctico. En ese escenario, el Órgano Ejecutivo al reglamentar las leyes, mediante decretos o resoluciones, no puede desconocer el espíritu de la Ley al momento de su redacción. La interpretación legal no únicamente se agota en su adaptación a la letra de la constitución, sino que el juez (y el órgano Ejecutivo) debe consultar, indagar, descubrir y reflexionar sobre la historia fidedigna del establecimiento de la misma, es decir, debe referirse al contexto social, económico y político que motivó la creación de la norma jurídica. Es por ello que es fundamental determinar en Panamá, cual es el valor jurídico que los jueces, legisladores y ciudadanos deben darle al espíritu de la ley.
Palabras del Director
El nuevo número de la revista Ratio Legis, que aborda las distintas especialidades de la práctica del derecho, y que busca, a través de sus contenidos, establecer un puente eficaz entre la investigación y los tomadores de decisiones, en la elaboración de políticas públicas que desarrollen la democracia y promuevan los derechos humanos
Comentario a los fallos de la Corte Suprema de Justicia sobre cuotas y paridad de género en las elecciones en Panamá
The political participation in its simplest meaning is any individual or collective action that seeks to influence public affairs; and it is fundamental for the functioning of any political system. In democratic systems, participation is of diverse nature and is developed in various areas such as electoral, community, and civil society, through its different mechanisms and institutions.
In the electoral sphere, such participation entails distinguishing between two types of participation: the first through voting, to elect the authorities that represent us and the second, as part of the electoral offer of candidates for the different popularly elected positions.
Furthermore, it is important to noicie that in a democracy there are conditions that allow such participation; among them: equity, equality, and inclusion of all groups in the society.
This work has as its objective to comment on the jurisprudence on gender quotas and political parity in Panama, through brief comments on the judgments issued by the Supreme Court of Justice, regarding the lawsuits of unconstitutionality regarding the electoral normative that promotes equal and democratic participation between men and women.La participación política en su acepción más simple, es cualquier acción individual o colectiva que busca incidir en asuntos públicos; y es fundamental para el funcionamiento de cualquier sistema político. En los sistemas democráticos, la participación es de diversa índole y se desarrolla en diversos ámbitos como el electoral, comunitario y de la sociedad civil, a través de sus distintos mecanismos e instituciones.
En la esfera electoral, dicha participación conlleva distinguir entre dos tipos de participación: la primera mediante el voto, para elegir a las autoridades que nos representan y la segunda, como parte de la oferta electoral de las candidaturas a los distintos puestos de elección popular.
Además, es importante señalar que en una democracia existen condiciones que permiten dicha participación; entre ellas la equidad, la igualdad y la inclusión de todos los grupos de la sociedad.
El presente trabajo se propone comentar la jurisprudencia sobre cuotas de género y paridad política en Panamá, a través de breves comentarios a los fallos emitidos por la Corte Suprema de Justicia, respecto a las demandas de inconstitucionalidad en torno a la normativa electoral que promueve la participación igualitaria y democrática entre hombres y mujeres