REDUM Repositorio Digital de la Universidad de Montevideo
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El asombro agradecido como conversión: una lectura de Manalive de G. K. Chesterton
Manalive (1912) es una novela extremadamente sencilla pero, a la vez, reveladora del carácter y el pensamiento de G. K. Chesterton, en lo que tiene de afirmación de la gratuidad de la existencia y de la siempre asombrosa bondad de la realidad. En muchos sentidos, además, anticipa su propia conversión religiosa. Su argumento narra el progresivo descubrimiento de la alegría de vivir por parte de distintos personajes poseídos en distinto grado por el escepticismo, el materialismo cientifista y la apatía vital. A todos ellos, el protagonista muestra un modo distinto de estar vivo, que pasa —entre otras cosas— por reconocer la dimensión espiritual del ser humano y, con ello, la libertad radical del hombre para hacer el bien —aunque sea de un modo poco convencional— y para construir una realidad mejor
Métodos constructivos de puentes atirantados - estudio de la distribución de fuerzas en los tirantes
Los puentes atirantados consisten de un tablero soportado por cables rectos e inclinados (tirantes) fijados en los mástiles. Este tipo de estructura es altamente hiperestática, bastante sensible a la secuencia contructiva, sin embargo debdio a la flexibilidad del tablero, este acepta una gama considerable de fuerzas de instalación de los tirantes. Es importante escoger una distribución apropiada para estas fuerzas sobre carga permanente, tal que la flexión del tablero sea limitada. La presente investigación tiene ocmo objetivo estudiar diferentes métodos para la obtención de una buena distribución de fuerzas en los tirantes de los puentes atirantados. Los métodos estudiados en esta investigación son: método del tablero articulado (una articulación en cada intersección con los triantes - MTA), método de anulación de los desplazamientos (MAD), método de anulación de las reacciones en apoyos ficticios (MAR) y método de anulación de los desplazamientos a lo largo del proceso constructivo. La idea final de todos ellos, es obtener para el tablero una respuesta próxima a la de una viga continua. Pero, si fuera necesario, tambien se pueden controlar los deplazamientos del mlástil. Los tres primeros métodos son estudiados para la configuración final del puente, pero también fueron verificados sus resultados en el proceso constructivo, ya que durante esta etapa ocurren variaciones en los esfuerzos internos del puente alterando así el resultado final. Todos los resultados son comparados con la finalidad de escoger un método que además de controlar la configuración final del puente presente una distribución aceptable de fuerzas al final de la construcción. de esta forma, se puede obtener una buena estimativa de fuerzas de instalación de los tirantes
A deserdação como forma de exclusão sucessória
The disinheritance is a form of succession exclusion that our legal system includes. In the following work the reader will find a detailed conceptual and practical analysis where, in addition to a conceptual approach to the institute under study, as well as its requirements for validity, operation and causes of origin; I propose to rethink a flexibilization of the regulations that govern us in order to ensure greater prominence to the freedom to test by the deceased.La desheredación es una forma de exclusión sucesoria que recoge nuestro ordenamiento jurídico. En el siguiente trabajo el lector se encontrará con un detallado análisis conceptual y práctico donde, además de una aproximación conceptual del instituto en estudio, así como de sus requisitos de validez, funcionamiento y causas de procedencia; propongo replantearnos una flexibilización de la normativa que nos gobierna a los efectos de garantizarle mayor protagonismo a la libertad para testar del causante.Adeserdação é uma forma de exclusão sucessória incluída em nosso ordenamento jurídico. No seguinte trabalho o leitor encontrará uma detalhada análise conceitual e prática, além de uma aproximação conceitual do instituto em estudo, bem como seus requisitos de validade, funcionamento e causas de origem; proponho repensar a flexibilização das normas que nos regem, para efeitos de garantir maior destaque à liberdade para testar do falecido
El quebrantamiento del orden jurídico internacional en la opinión consultiva OC-24/17 solicitada por la República de Costa Rica
La opinión consultiva emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en respuesta a la solicitud formulada por el gobierno de Costa Rica respecto de la interpretación de los artículos 11.2, 18 y 24 de la Convención Americana, presenta graves vicios que vulneran principios elementales del derecho internacional, tales como el de soberanía y autodeterminación de los estados. El presente artículo se dirige a exponer algunos problemas de fondo advertidos en el documento publicado por la Corte, así como muy probables consecuencias nocivas a generarse para el orden público internacional. El 18 de mayo de 2016, el gobierno de Costa Rica solicitó a la Corte Interamericana de Derechos Humanas (en adelante, “la Corte”) la emisión de una opinión consultiva respecto de la interpretación de los artículos 11.21, 182 y 243 de la Convención Americana de Derechos Humanos (en adelante, “la Convención Americana”), también conocida como “Pacto de San José”, en relación con el artículo 14 del mismo tratado, y la compatibilidad de las referidas disposiciones con la legislación nacional costarricense. 1. “Tomando en cuenta que la identidad de género es una categoría protegida por los artículos 1 y 24 de la CADH, además de lo establecido en los numerales 11.2 y 18 de la Convención ¿contempla esa protección y la CADH que el Estado deba reconocer y facilitar el cambio de nombre de las personas, de acuerdo con la identidad de género de cada una?”;2. “En caso que la respuesta a la anterior consulta fuera afirmativa, ¿se podría considerar contrario a la CADH que la persona interesada en modificar su nombre de pila solamente pueda acudir a un proceso jurisdiccional sin queexista un procedimiento para ello en vía administrativa?”;3. “¿Podría entenderse que el artículo 54 del Código Civil de Costa Rica, debe ser interpretado, de acuerdo con la CADH, en el sentido de que las personas que deseen cambiar su nombre de pila a partir de su identidad de género no están obligadas a someterse al proceso jurisdiccional allí contemplado, sino que el Estado debe proveerles un trámite administrativo gratuito, rápido y accesible para ejercer ese derecho humano?”;4. “Tomando en cuenta que la no discriminación por motivos de orientación sexual es una categoría protegida por los artículos 1 y 24 de la CADH, además de lo establecido en el numeral 11.2 de la Convención ¿contempla esa protección y la CADH que el Estado reconozca todos los derechos patrimoniales que se derivan de un vínculo entre personas del mismo sexo?”, y5. “En caso que la respuesta anterior sea afirmativa, ¿es necesaria la existencia de una figura jurídica que regule los vínculos entre personas del mismo sexo, para que el Estado reconozca todos los derechos patrimoniales que se derivan de esta relación?”.En el presente artículo expondremos algunos de los problemas de fondo que observamos en el pronunciamiento de la opinión consultiva de la Corte, así como el impacto que ellos causarán en la autodeterminación, independencia y democracia de los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos (en adelante, “la OEA”).