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    ESTADOS UNIDOS. Comisión para la Libertad Religiosa Internacional -Informe Anual 2025- Documenta la situación de la libertad religiosa en 2024, y recomienda políticas a la Casa Blanca, el Congreso y el Departamento de Estado para promover la libertad de religiosa en el extranjero.

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    ESTADOS UNIDOS. Comisión de los Estados Unidos para la Libertad Religiosa Internacional -Informe Anual 2025- Documenta la situación de la libertad religiosa en 2024 y recomienda políticas a la Casa Blanca, el Congreso y el Departamento de Estado para promover la libertad de religión o creencias (LdC) en el extranjero. El Congreso exigió el Informe Anual de la USCIRF en la Ley de Libertad Religiosa Internacional (IRFA) de 1998. La Comisión insta al presidente de Estados Unidos, Donald Trump, a garantizar que las violaciones de la libertad religiosa por parte de gobiernos extranjeros tengan graves consecuencias, como sanciones para los agresores. Incluye a países como Nicaragua, Cuba, China, y Rusia (entre otros).  Los aspectos más destacados del Informe Anual 2025 incluyen: 16 Países de Particular Preocupación por violaciones particularmente graves de la Ley de Libertad de Religión en virtud de la IRFA, 12 países en la Lista Especial de Vigilancia, y siete Entidades de Particular Preocupación (EPC). Se agregar amplias recomendaciones de políticas a los poderes legislativo y ejecutivo, y un panorama general de los crecientes desafíos y amenazas en materia de libertad de asociación y de religión en 28 países. Por último incluye una revisión de la política de Libertad de Religión implementada por el gobierno de Estados Unidos. Fuente: https://www.uscirf.gov

    CHILE. Corte Suprema -Sentencia- Acoge el recurso de protección deducido en favor de recién nacido, y se dispone que de forma inmediata se le apliquen todas las vacunas que, atendida su edad, tengan el carácter de obligatorias.

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    CHILE. Corte Suprema -Sentencia- Acoge el recurso de protección deducido en favor de recién nacido, y se dispone que de forma inmediata se le apliquen todas las vacunas que, atendida su edad, tengan el carácter de obligatorias. Señala que "Que conforme lo expuesto, se encuentra acreditada la existencia de una acción ilegal y arbitraria atribuible a los recurridos, al negarse a que su hijo sea vacunado conforme el Plan Nacional de Inmunización, afecta el derecho a la vida e integridad del niño amparado." Fuente: www.pjud.c

    COLOMBIA. Cámara Representantes -Proyecto de Ley- Ingresa iniciativa legal para la reparación de víctimas del sector interreligioso en razón del conflicto armado.

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    COLOMBIA. Cámara de Representantes -Proyecto de Ley- Ingresa iniciativa legal para la reparación de víctimas del sector interreligioso en razón del conflicto armado. Fuente: www.camara.gov.c

    ARGENTINA. Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal -Sentencia- Diputada argentina es procesada por presuntos comentarios antisemitas en redes sociales, ya que habría violado la normativa antidiscriminación.

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    ARGENTINA. Juzgado Nacional lo Criminal y Correccional Federal -Sentencia- Diputada argentina es procesada por presuntos comentarios antisemitas en redes sociales, ya que habría violado la normativa antidiscriminación. La parlamentaria fue denunciada por la presunta comisión de un delito de incitación a la discriminación, conforme al código penal. En sus publicaciones habría llamado al Estado de Israel, "ocupante, genocida, nazi y responsable de apartheid", transmitiendo intencionalmente un mensaje de odio. Fuente: www.diarioconstitucional.c

    PANAMÁ. Órgano Judicial -Comunicado- Cinco ciudadanos de una secta religiosa son detenidos en la Comarca Ngäbe Buglé, tras ser imputados por delitos que afectan a menores de edad (violación, maltrato, y secuestro).

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    PANAMÁ. Órgano Judicial -Comunicado- Cinco ciudadanos vinculados a una secta religiosa en una apartada comunidad de la Comarca Ngäbe Buglé fueron detenidos provisionalmente tras ser imputados por la presunta comisión de diversos delitos en perjuicio de cinco menores de edad,(violación, maltrato al menor y privación de libertad). Fuente: www.laicismo.or

    ARGENTINA. Obispado de Jujuy -Comunicado- Sacerdote Atilio Luis Bruno ha sido denunciado ante el Juzgado de Violencia de Género competente, y se ha procedido a su detención. La Diócesis manifiesta su disposición a colaborar con la justicia y expresa su rechazo hacia todo tipo de abuso.

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    ARGENTINA.Obispado de Jujuy -Comunicado- El sacerdote Atilio Luis Bruno ha sido denunciado ante el Juzgado de Violencia de Género competente, y se ha procedido a su detención. La Diócesis manifiesta su disposición a colaborar con la justicia y además expresa su profundo rechazo hacia todo tipo de abuso y violencia sexual, moral, psicológica o de conciencia hacia los fieles, expresando su compromiso de acompañamiento y cercanía hacia quienes se hayan sentido vulnerados. Expresa su deseo de que la Justicia avance y actúe en el rápido esclarecimiento de los hechos que han sido denunciados. Fuente: www.aica.org

    CHILE. Senado de la República -Proyecto de Ley- Modifica el Código Penal, con el objeto de tipificar el delito de esclavitud. Boletín 17483-07

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    CHILE. Senado de la República - Proyecto de Ley- Modifica el Código Penal, con el objeto de tipificar el delito de esclavitud (Boletín 17483-07).  Artículo único: introduce el siguiente artículo 143 bis nuevo al Código Penal: “Artículo 143 bis.- El que someta a otra persona, de manera total o parcial, al ejercicio de cualquiera de los atributos del derecho de propiedad, impidiéndole disponer libremente de su persona, trabajo, libertad personal, indemnidad sexual u otras facultades esenciales de su autodeterminación, será sancionado con la pena de presidio mayor en cualquiera de sus grados. Si la conducta se ejecuta respecto de una persona menor de edad, de un adulto mayor, de una persona en situación de discapacidad conforme a la Ley N° 20.422, o de alguien cuya situación de vulnerabilidad haya sido aprovechada para someterla, la pena será de presidio mayor en su grado medio a máximo. El que compre, venda, transfiera o adquiera a una persona con el propósito de someterla a esclavitud o servidumbre, sin incurrir en las conductas del artículo 411 quater, será sancionado con la misma pena señalada en el inciso anterior, además de una multa de cincuenta a cien unidades tributarias mensuales. El que promueva, facilite o financie la ejecución de cualquiera de las conductas descritas en este artículo será sancionado como autor del delito.” Fuente: www.camara.c

    NICARAGUA. Ministerio del Interior -Acuerdos Ministeriales- Acuerdan la cancelación de personalidad jurídica por incumplimiento de leyes que regulan a 12 organizaciones sin fines de lucro, incluyendo 6 entidades religiosas y organizaciones basadas en la fe.

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    NICARAGUA. Ministerio del Interior -Acuerdo Ministerial- Acuerdan la cancelación de personalidad jurídica por incumplimiento de leyes que regulan a 12 organizaciones sin fines de lucro, incluyendo 6 entidades religiosas y organizaciones basadas en la fe

    ARGENTINA. Procuración del Tesoro de la Nación -Dictamen- Organización religiosa evangélica puede invocar objeción de conciencia en relación al pago de aportes sindicales establecidos en diversos convenios colectivos, en el caso de miembros de congregación que mantienen vínculos laborales con la misma.

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    ARGENTINA. Procuración del Tesoro de la Nación -Dictamen- Organización religiosa evangélica puede invocar objeción de conciencia en relación al pago de aportes sindicales establecidos en diversos convenios colectivos, en el caso de miembros de congregación que mantienen vínculos laborales con la misma. Una organización religiosa evangélica ejerció el derecho a objeción de conciencia en relación al pago de contribuciones establecidas en diversos Convenios Colectivos de Derecho del Trabajo que involucran a miembros de esa congregación, en contradicción con las convicciones religiosas de la misma iglesia y sus miembros (que mantienen relaciones laborales con la congregación). Fuente: www.laicismo.org

    ECUADOR. Conferencia Episcopal - Comunicado- Sobre la necesidad de defender la niñez, a raíz de la reciente sentencia de la Corte Constitucional del "Caso Salinas", que impone la ideología de género en el sistema educativo.

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    ECUADOR. Conferencia Episcopal -Comunicado- Sobre la necesidad de defender la niñez, a raíz de la reciente sentencia de la Corte Constitucional del "Caso Salinas", que impone la ideología de género en el sistema educativo, sin tomar en cuenta además la falta de madurez de los menores de edad involucrados, entre otros factores relevantes. Fuente: www.adn.celam.or

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