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Talidomida II y los esfuerzos de AVITE por posponer el inicio de del plazo de prescripción de la acción con base en el conocimiento tardío de las patentes de la Talidomida y otros documentos inscritos en registros públicos (Arts. 1968.2 y 1969 CC)
La STS de 21 de julio de 2023 (Avite c. Grünenthal GmbH y Grünenthal Pharma, S.A.) desestima el
único motivo del recurso de casación de AVITE, Asociación de víctimas de la talidomida en España,
interpuesto en representación de dos socias. AVITE alegó infracción del art. 1968.2 CC y de la doctrina del
Tribunal Supremo (TS) sobre la determinación del dies a quo, porque la AP no dio relevancia a l
conocimiento tardío de las patentes de la talidomida en Alemania y España a favor de Grünenthal GmbH,
aportadas por AVITE durante la audiencia previa de este procedimiento. Además, según la recurrente era necesario para ejercer la acción contra el fabricante Grünenthal GmbH el conocimiento de los documentos
del archivo nacional de Düsseldorf, aportados por AVITE durante la audiencia previa del primer
procedimiento seguido ante el JPI núm. 90 Madrid, porque aquellos acreditarían que Grünenthal GmbH
conocía que otros laboratorios comercializaban la talidomida con infracción del derecho de patente y nada
hizo por evitarlo.
El TS centra la cuestión del recurso de casación ‐a mi modo de ver de manera inexacta por lo que se dirá en
el comentario‐ en que AVITE alega desconocimiento del sujeto contra el que debía dirigir la acción. Reitera
que la Sala civil ha aceptado que el conocimiento efectivo o potencial de la identidad del sujeto responsable es un elemento necesario para el ejercicio de la acción.
Sin embargo, para el Tribunal Supremo no cabe aceptar que la parte actora únicamente tuviera
conocimiento razonable de la identidad de la demandada Grünenthal GmbH a partir del conocimiento de los documentos mencionados.
Primero, porque el conocimiento de tal dato resulta de la propia demanda que da origen a este
procedimiento, así como de la notoriedad del proceso seguido en Alemania por los presentes hechos, que
finalizó en los años setenta del siglo pasado.
Segundo, porque la demanda que da origen a este procedimiento reproduce la primera, que dio lugar a la
STS, 1ª, 544/2015, 20.11.2025, y en esta última constan múltiples referencias a Grünenthal GmbH como
empresa fabricante.
Además, los documentos Düsseldorf serían relevantes para fundamentar la posible responsabilidad de
Grünenthal GmbH, pero no para determinar la identidad del sujeto responsable.
En todo caso, añade el Tribunal, formaba parte de la diligencia exigible a los perjudicados consultar los
registros públicos de patentes, teniendo en cuenta que estaban representados por una asociación que
contaba con asesoramiento legal.
Por último, como ya había sostenido en la STS, 1ª, Pleno, 544/2015, 20.10.2015 respecto a las ayudas del
RD 1006/2010, el TS niega relevancia para resolver el recurso a la publicación del Real Decreto 574/2023,
de 5 de julio, por el que se regula el procedimiento de concesión de ayudas a las personas afectadas por la
talidomida en España durante el período 1950‐1985.
La STS 1200/2023 tiene por objeto determinar si cabe posponer el inicio del plazo de prescripción de la
acción de daños y perjuicios de AVITE contra el fabricante Grünenthal GmbH hasta el momento en que la
demandante tuvo conocimiento: i) de las patentes de la talidomida; y ii) de la circunstancia de que
Grünenthal GmbH había tolerado la infracción de su derecho de patente por otros laboratorios que
comercializaron la talidomida
De nuevo sobre la compatibilidad de la doble imposición jurídica internacional con el derecho de la UE: consideraciones en torno a la Directiva (UE) 2017/1852
La doble imposición jurídica internacional representa un importante obstáculo a la realización del mercado interior, al suponer una carga adicional para los contribuyentes que se acogen a la libre circulación. En el presente trabajo se examina la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en aquellos casos en los que no se ha logrado eliminar la doble imposición jurídica internacional y se pondera si la Directiva (UE) 2017/1852 del Consejo, de 10 de octubre de 2017, relativa a los mecanismos de resolución de litigios fiscales en la Unión Europea hubiera supuesto un rumbo distinto en tales litigios fiscales
La actuación en beneficio de la persona jurídica: razones para la eliminación de un requisito disfuncional en la atribución de responsabilidades penales
La compatibilidad entre la compensación por el trabajo para la casa y la pensión compensatoria: comentario a la STS 229/2024, de 21 febrero (JUR 2024, 625778)
El Tribunal Supremo reitera su doctrina relativa a los requisitos y el fundamentode la compensación por el trabajo para la casa en el régimen de separación de bienes del artículo 1438 del CC. A su vez, afi rma la compatibilidad entre esta compensación y lapensión compensatoria del artículo 97 del CC. La compensación del artículo 1438 del CC debe fijarse en primer lugar, al tratarse de una operación de liquidación del régimeneconómico matrimonio. En segundo lugar, debe atenderse a la fi jación de la pensióncompensatoria del artículo 97 del CC, al ser esta un efecto defi nitivo del divorcio. En unsupuesto en que considera que la pensión debe fijarse con carácter indefi nido o sinlimitación temporal, el Tribunal Supremo afi rma la necesidad de tomar en consideración lacuantía fijada en concepto de compensación por el trabajo para la casa, a la extinción delrégimen económico, para determinar la cuantía de la pensión compensatoria, comoefecto del divorcio, la cual debe reducirse por este motivo, en relación con la cuantía queprocedería en otro caso
El nuevo delito de enriquecimiento ilícito como forma de desobediencia (art. 438 bis CP)
La nueva reforma operada por la LO 14/2022 ha introducido un nuevo delito de enriquecimiento ilícito (art. 438 bis CP). El legislador ha querido configurarlo como un delito de desobediencia, sin embargo, esta configuración plantea problemas de fundamento y de constitucionalidad. En el presente trabajo se analiza el debate en torno a la criminalización del enriquecimiento ilícito, los posibles fundamentos del nuevo delito del art. 438 bis CP y los distintos problemas interpretativos que plantea la redacción del tipo.The new reform introduced by LO 14/2022 has created a new offence of illicit enrichment (art. 438 bis CP). The legislator wanted to configure it as a crime of disobedience, however, this configuration poses problems of foundation and constitutionality. This paper analyses the debate about the criminalisation of illicit enrichment, the possible foundations of the new offence of art. 438 bis CP and the different interpretative problems created by the wording of the law
El Reglamento UE 2016/1104 en materia de efectos patrimoniales de las uniones registradas: un análisis de su ámbito de aplicación ante la pluralidad legislativa española
La compleja pluralidad normativa del ordenamiento español en materia de uniones registradas supone un importante reto para el Reglamento 2016/1104. En efecto, el hecho de que distintas CCAA hayan establecido la creación de un registro de las llamadas «formas de unión distintas del matrimonio», sin perjuicio de que tengan o no competencia en materia civil para regular los efectos patrimoniales, y con los límites constitucionales a la que está sometida la competencia en materia de ordenación de registros, representa un desafío para el Derecho de la UE. No supone un desafío menor para el Reglamento 2016/1104 el designar qué ley española es de aplicación a los efectos patrimoniales de las uniones registradas si en España existe un sistema para resolver los conflictos internos de leyes de exclusiva competencia estatal que no contiene una norma de conflicto para determinar la ley aplicable a dichos efectos patrimoniales. Habida cuenta de esta complejidad, este artículo centra su atención en tres cuestiones que posiblemente tendrán que ser resueltas por el TJUE: la noción de unión registrada, la noción de efectos patrimoniales y la designación de una ley española como ley rectora de los efectos patrimoniales de la unión registrada con repercusiones transfronterizas
La libertad de expresión y las redes sociales a la luz del sistema interamericano de derechos humanos
Les balades de François Villon en català. Reflexions sobre la forma
Del resum: "François Villon és un poeta francès del segle XV la fama del qual ha arribat fins als nostres dies. En aquest article estudiem la recepció de la seva obra en el panorama cultural català del segle XX i XXI centrant-nos en els tres llibres publicats de traduccions de poemes seus. A través de l'anàlisi de dues balades, la "Ballade et oraison" i la "Ballade de bonne doctrine à ceux de mauvaise vie", que formen part de l'obra mestra de Villon, el Testament, i de la comparació amb les tres traduccions de cadascuna, pretenem mostrar la complexitat i la riquesa mètrica i versificatòria del poeta francès ¿un aspecte poc estudiat de la seva obra¿ i com l'han traslladada els traductors al català, tenint en compte també el sentit i altres aspectes formals"
Una política fiscal orientada a la juventud: el ejemplo portugués
En este artículo se estudia cómo se ha orientado en Portugal la política fiscal para la protección de la juventud, en particular a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Se analiza el conjunto de medidas fiscales que se han adoptado en beneficio de los jóvenes. Tales medidas se dividen en dos grupos, las que benefician a los jóvenes dependientes y las que benefician a los jóvenes no dependientes, destacándose en ambos casos sus principales características