Repositorio Institucional de la PUCP ( (Pontificia Univ. Católica del Perú)
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Informe jurídico sobre la Resolución N° 0069-2024- SUNARP-TR
El informe jurídico sobre la Resolución N° 0069-2024-SUNARP-TR analiza la actuación
de los vocales que compusieron el voto mayoritario del Tribunal Registral, en la emisión
de la mencionada resolución, desde una perspectiva urbanística, municipal y registral.
Concretamente, el presente informe busca determinar si un Certificado de Parámetros
Urbanísticos y Edificatorios constituye un título suficiente para solicitar la inscripción de
cambio de uso de rústico a urbano en el Registro de Predios.
Para tales fines, se realiza una revisión minuciosa de la normativa relevante, la
jurisprudencia registral vinculada, los argumentos contenidos en la Resolución N° 0069-
2024-SUNARP-TR, la partida registral del inmueble objeto de la controversia; esto es,
el contenido de los asientos registrales, y, de otro lado, los títulos archivados para
corroborar el supuesto de hecho. En consideración de lo anterior, se concluye que la
regla es que un predio únicamente puede considerarse urbano a nivel registral de
manera posterior a la inscripción de la Recepción de Obras de una Habilitación Urbana.
Finalmente, se formula una crítica a la aplicación del Principio de Predictibilidad por
parte de los vocales del Tribunal Registral, concluyendo que el error en la motivación de
anteriores resoluciones no genera derecho, siendo factible y legal que se opte por la
aprobación de un Precedente de Observancia Obligatoria, lo que sucedió en el
CCLXXXV Pleno Registral de fecha 12 de abril de 2024.The legal report on Resolution N° 0069-2024-SUNARP-TR analyzes the actions of the
members who formed the majority vote of the Registry Tribunal in issuing the
aforementioned resolution, from an urban planning, municipal, and registry perspective.
Specifically, this report seeks to determine whether a Certificate of Urban and Building
Parameters constitutes sufficient legal grounds to request the registration of a change of
land use from rural to urban in the Property Registry.
For these purposes, a thorough review is conducted of the relevant regulations, registry
case law, the arguments contained in Resolution N° 0069-2024-SUNARP-TR, the
property record of the real estate at issue — that is, the content of the registry entries —
and, in addition, the archived titles, in order to corroborate the underlying facts.In this
regard, it is concluded that the rule is that a property may only be considered urban, for
registry purposes, once the Registration of the Works Reception for an-Urban
Development has been duly recorded.
Finally, the report offers a critique of the application of the Principle of Predictability by
the members of the Registry Tribunal, concluding that errors in the reasoning of previous
resolutions do not create rights, making it both feasible and lawful to adopt a Binding
Precedent, as occurred in the CCLXXXV Registry Plenary Session held on April 12,
2024
Informe jurídico sobre el Expediente Nº 00234-2013 PA/TC
El presente informe jurídico analiza el Expediente N.º 00234-2013-PA/TC, donde
el Tribunal Constitucional del Perú resolvió una demanda de amparo interpuesta
por dos socios accionistas de la Empresa de Transportes Semil S.A., quienes
fueron expulsados por acuerdo de la Junta General de Accionistas. El problema
jurídico principal es determinar si procede iniciar un proceso de amparo, como
vía para impugnar un acuerdo societario señalado. Este problema será resuelto
analizando la naturaleza jurídica del recurso de amparo; la existencia de una “vía
legal específica e igualmente satisfactoria” a este proceso de Amparo para
impugnar el acuerdo societario; y la supuesta vulnera del principio de legalidad
y el derecho de defensa de los socios expulsados.
Los instrumentos normativos empleados incluyen la Constitución Política del
Perú, la Ley General de Sociedades (en adelante LGS), el Nuevo Código
Procesal Constitucional. Asimismo, se emplea jurisprudencia relevante del
Tribunal Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos; y
doctrina destacable.
El presente informe jurídico llega a la conclusión de que la demanda de amparo
presentada por los socios expulsado de la sociedad no debió ser declarada
procedente por el Tribunal Constitucional. Esta conclusión se fundamenta, en
primer lugar, en la naturaleza jurídica excepcional y residual del proceso de
amparo, aun cuando haya habido una afectación de derechos. En segundo lugar,
en que existe una “vía procedimental específica e igualmente satisfactoria” al
proceso de amparo para impugnar el mencionado acuerdo societario y tutelar
los derechos constitucionales vulnerados de los socios expulsado. Esta vía
procedimental ordinaria es la impugnación de acuerdos societarioThis legal report analyzes Constitutional Court Case No. 00234-2013-PA/TC, in
which the Constitutional Court of Peru ruled on an amparo proceeding filed by two shareholders of Empresa de Transportes Semil S.A., who were expelled by
a resolution adopted by the General Shareholders’ Meeting. The main legal issue
is whether the amparo proceeding is procedurally admissible as a mechanism to
challenge said corporate resolution. This question is addressed by analyzing the
legal nature of the amparo remedy; the existence of a “specific and equally
satisfactory legal avenue” available to challenge the corporate resolution through
ordinary jurisdiction; and the alleged violation of the principle of legality and the
right to a defense of the expelled shareholders.
The normative instruments applied include the Political Constitution of Peru, the
General Law of Corporations, and the new Code of Constitutional Procedure. In
addition, the report draws upon relevant case law from both the Constitutional
Court and the Inter-American Court of Human Rights, as well as authoritative
legal doctrine.
The report concludes that the amparo action filed by the expelled shareholders
should not have been declared admissible by the Constitutional Court. This
conclusion is based, first, on the exceptional and subsidiary nature of the amparo
proceeding, even in the presence of a fundamental rights violation. Second,
because there exists a “specific and equally satisfactory procedural avenue” to
challenge the disputed corporate resolution and protect the shareholders’
constitutional rights. That ordinary legal avenue is the judicial challenge of
corporate resolutions
Informe jurídico sobre la Resolución 2167-2023/SPC-INDECOPI
El presente informe aborda el análisis jurídico de la Resolución N.º 2167-
2023/SPC-INDECOPI, expedida por la Sala Especializada en Protección al
Consumidor, en el marco de un procedimiento administrativo sancionador
seguido contra Smartfit Perú S.A.C. La controversia se centra en determinar la
validez de una cláusula contractual que exigía la presencialidad del consumidor
para la resolución del contrato, en un contexto excepcional como la pandemia
del COVID-19 que hizo inviable su cumplimiento. Se examinan los principales
problemas jurídicos asociados, tales como la posible naturaleza abusiva de dicha
cláusula, la aplicación del artículo 1431 del Código Civil en casos de
imposibilidad sobrevenida, la vulneración del principio de idoneidad del servicio,
así como los criterios utilizados por la Sala para graduar la sanción
administrativa.
A través de un enfoque crítico y sistemático, se argumenta que la cláusula
impugnada carece de razonabilidad al exigir condiciones más gravosas que las
previstas para otras gestiones contractuales, constituyéndose en una cláusula
abusiva. Asimismo, se justifica la inaplicación de dicha cláusula por parte de la
autoridad administrativa en virtud del artículo 1431 del Código Civil, que permite
la resolución de pleno derecho ante supuestos de imposibilidad objetiva no
imputable. Finalmente, se analiza si la conducta del proveedor fue coherente con
el principio de idoneidad y si la metodología seguida por la Sala para imponer la
sanción respetó los principios de legalidad, razonabilidad y proporcionalidad,
concluyendo que, si bien el resultado sancionador fue moderado, la omisión de
aplicar el marco reglamentario específico debió ser debidamente justificada.This report presents a legal analysis of Resolution No. 2167-2023/SPCINDECOPI,
issued by the Specialized Chamber for Consumer Protection, within
the framework of an administrative sanctioning procedure initiated against
Smartfit Perú S.A.C. The central issue involves assessing the validity of a
contractual clause that required the consumer’s physical presence to terminate
the contract, in an exceptional context such as the COVID-19 pandemic, which
made compliance unfeasible. The report explores the main legal questions
arising from the case, including the potentially abusive nature of the clause, the
applicability of Article 1431 of the Civil Code in scenarios of supervening
impossibility, the violation of the principle of service suitability, and the criteria
used by the Chamber to determine the administrative penalty.
Through a critical and systematic approach, the report argues that the disputed
clause lacks proportionality, as it imposes a more burdensome requirement
compared to other contractual procedures, thereby constituting an abusive
clause. It further justifies the administrative authority’s decision to disregard the
clause by applying Article 1431 of the Civil Code, which allows automatic contract
termination in cases of objective and non-attributable impossibility. Lastly, the
report evaluates whether the provider's conduct complied with the principle of
suitability and whether the Chamber’s sanctioning methodology observed the
principles of legality, reasonableness, and proportionality—concluding that while
the penalty imposed was moderate, the omission to apply the specific regulatory
framework should have been properly explained
Informe sobre la Resolución Nº2338-2022/SPC-INDECOPI
La presente investigación sobre la Resolución Nº2338-2022/SPC-INDECOPI posee
como problema principal atender si se debería declarar fundado el recurso de apelación
presentado por las partes en el proceso.
En tal sentido, en vista de los extremos cuestionados por las partes denunciante y
denunciadas, se responderá a tres interrogantes. Primero, determinar a quien, o
quienes, le correspondería la legitimidad para obrar pasiva. Segundo, advertir si hubo
una correcta notificación del Informe Final de Instrucción a las partes denunciadas. Y,
por último, analizar si los reclamos, requerimientos de información y solicitudes de
gestión presentados por la consumidora denunciante fueron atendidas correctamente.
Para responder dichas interrogantes se analizó principalmente el Código de Protección
y Defensa al Consumidor, normativa legal en materia de procesal civil y administrativa
y la normativa reglamentaria emitida por la Superintendencia de Banca, Seguros y
Aseguradoras de Fondos de Pensiones. Además, se tuvo en cuenta diversos
pronunciamientos de la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal de
Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual. Los cuales fueron
complementados y contrastados con investigaciones de profesionales expertos en la
materia.
La presente investigación concluye que la legitimación para obrar pasiva recaía en
ambas partes denunciadas, a diferencia de lo determinado por el órgano resolutivo.
Además, enfatiza que no existió una notificación defectuosa. Finalmente, se determinó
que la entidad financiera no llegó a atender adecuadamente todas las comunicaciones
emitidas por la consumidora denunciante. En consecuencia, correspondía declarar
fundado en parte el recurso de apelación.The main objetive in the present essay regarding the Resolution Nº2338-2022/SPCINDECOPI
revolves around whether the appeal filed by the parties to the proceeding
should be declared well-founded.
Accordingly, in consideration with the aspects questioned by the plaintiffs and
defendants, three key issues will be answered. First, to determine who held the proper
passive standing in the proceeding. Second, to ascertain whether the Final Preliminary
Report was properly notified to the respondent parties. And, finally, to analyze whether
the claims, requests for information and management petitions presented by the
complainant were properly addressed.
In order to respond to these issues, the essay primarily relies on the Consumer
Protection and Defense Code, civil and administrative laws and regulations issued by
the Superintendency of Banking, Insurance and Pension Fund Administrators (SBS). In
addition, various rulings by the Specialized Chamber for Consumer Protection of the
Tribunal for the Defense of Competition and Intellectual Property were taken in
consideration. These were complemented and contrasted with academic researches by
experts.
This academic essay concludes that the passive standing fell upon both defendants,
contrary to what was determined by the Administrative Ruling Authority. It also
emphasizes that there was no defective notification. Lastly, the investigations concludes
that the financial institution failed to adequately respond to all communications submitted
by the consumer. Consequently, the appeal should have been declared partially wellfounded
Informe sobre el expediente de relevancia jurídica Nº032-2010-PI/TC, E-2229, demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 3º de la ley Nº28705
El sumario materia de análisis de este informe se identifica con el Código de Registro N° E-
2229, el cual corresponde a la sentencia recaída en el Expediente N° 0032-2010-PI/TC. En
éste, fue presentada una acción de inconstitucionalidad contra el artículo 3° de la Ley N°
28705, Ley General para la Prevención y Control de Riesgo del Consumo de Tabaco.
Este expediente es relevante pues permite ahondar en las materias del Derecho
Constitucional y Filosofía del Derecho a través de las cuales se puede analizar si un Estado
puede ejercer justificadamente medidas paternalistas para el resguardo del derecho a la salud
aunque tales medidas signifiquen una restricción parcial a los derechos al libre desarrollo de
la personalidad, libre empresa y libre iniciativa privada.
Con el objeto de realizar dicho análisis este informe abarca los problemas jurídicos hallados
en el expediente: delimitación del petitorio realizada por el Tribunal a través de la revisión de
la tipología de sentencias constitucionales (I), la determinación del ámbito de protección de
los derechos afectados por el cambio normativo (II), el paternalismo jurídico presente en la
medida (III) y un test de proporcionalidad basado en los tres puntos anteriores (IV).
Luego de culminado el test de proporcionalidad, se analizó la verificación de los requisitos de
justificación del paternalismo jurídico para establecer que la norma supera ambos análisis,
siendo así constitucional. Por tanto se coincide con el Tribunal Constitucional – con algunos
matices – en lo infundado de la demanda
Informe sobre Expediente de Relevancia jurídica, N° 42147- 2004-0-1801-JR-CI-50, E-2388, amparo contra resolución que anula calidad de pensionista de trabajador
Este informe jurídico analiza un proceso de amparo vinculado a la desincorporación del
causante de la Señora Guillermina Rojas Castillo Vda. de Puicán del régimen previsional
del Decreto Ley N° 20530, ocurrido tras su paso por la Compañía Peruana de Vapores
(CPV). La investigación se justifica por su relevancia para comprender la correcta aplicación
del derecho previsional, administrativo y constitucional en casos de resoluciones
administrativas que vulneran derechos pensionarios. El objetivo principal es evaluar la
legalidad de las resoluciones administrativas emitidas y su impacto en los derechos
pensionarios adquiridos del causante de la viuda. Esta investigación se fundamenta en la
construcción del derecho previsional como un derecho fundamental y la irrenunciabilidad
de los derechos sociales. El procedimiento metodológico implicó un análisis crítico de las
resoluciones y normativas aplicables, así como la revisión de jurisprudencia relevante. El
informe concluye que la desincorporación fue acorde a las normas vigentes, aunque revela
la necesidad de mejorar la seguridad jurídica en la administración de derechos
previsionales, destacando el carácter fundamental de un adecuado equilibrio entre la
protección de derechos adquiridos y la facultad administrativa de rectificación
Informe sobre resolución N°9 - Expediente N°0520-2021
El presente trabajo gira en torno a la disputa sobre el laudo arbitral relacionado
con la "Reconstrucción de pistas y veredas, Etapa I en el Centro Urbano de la
ciudad de Huánuco". La Municipalidad solicitó la anulación del laudo arbitral
emitido el 23 de agosto de 2021, argumentando que las prestaciones adicionales
no aprobadas por la Contraloría General de la República no pueden ser
sometidas a arbitraje según la Ley de Contrataciones del Estado. La controversia
se centra en la competencia del tribunal arbitral para conocer casos de
enriquecimiento sin causa en contratos de obra pública y la necesidad de
clarificar los límites de la competencia arbitral en relación con la inarbitrabilidad
de ciertas materias en contratos públicos.
Los instrumentos normativos empleados incluyen la Ley de Contrataciones del
Estado (Decreto Legislativo N° 1017), que establece la prohibición de someter a
arbitraje las decisiones sobre prestaciones adicionales no aprobadas, y la Ley
General de Arbitraje (Decreto Legislativo N° 1071), que proporciona el marco
legal para la anulación de laudos arbitrales. La Corte Superior de Justicia de
Lima, mediante la Resolución N° 9, concluyó que las prestaciones adicionales
no aprobadas por la Contraloría no son arbitrables, afirmando que el tribunal
arbitral carecía de competencia para resolver sobre esta materia. Esta resolución
subraya la importancia de respetar los límites de la competencia arbitral y
asegurar la correcta administración de los recursos públicos, estableciendo
precedentes importantes sobre la interpretación de las normas de inarbitrabilidad
en el ordenamiento jurídico peruano.The present work addresses revolves around the dispute over an arbitration
award related to the "Reconstruction of tracks and sidewalks Stage I in the Urban
Center of the city of Huánuco." The Municipality requested the annulment of the
arbitration award issued on August 23, 2021, arguing that additional benefits not
approved by the Comptroller General of the Republic cannot be submitted to
arbitration according to the State Procurement Law. The controversy centers on
the jurisdiction of the arbitration court to hear cases of unjust enrichment in public
works contracts and the need to clarify the limits of arbitration jurisdiction in
relation to the non-arbitrability of certain matters in public contracts.
The regulatory instruments used include the State Procurement Law (Legislative
Decree No. 1017), which establishes the prohibition of submitting decisions on
unapproved additional benefits to arbitration, and the General Arbitration Law
(Legislative Decree No. 1071), which provides the legal framework for the
annulment of arbitration awards. The Superior Court of Justice of Lima, through
Resolution No. 9, concluded that the additional benefits not approved by the
Comptroller's Office are not arbitrable, stating that the arbitration court lacked
jurisdiction to rule on this matter. This resolution highlights the importance of
respecting the limits of arbitral jurisdiction and ensuring the correct administration
of public resources, establishing important precedents on the interpretation of the
rules of non-arbitrability in the Peruvian legal system
Informe jurídico sobre la Casación Laboral N° 24457-2019-LIMA ESTE
El presente informe analiza la Casación Laboral N° 24457-2019-Lima Este, la
cual examina la impugnación de una sanción disciplinaria de suspensión de 5
días sin goce de haber, por parte de la empresa Unión de Cervecerías Peruanas
Backus y Johnston Sociedad Anónima Cerrada (‘‘Backus’’), contra el señor José
Cajusol, quien era un operario de elaboración de filtración de cerveza afiliado al
Sindicato Nacional de Obreros de Unión de Cervecerías de Peruanas Backus y
Johnston.
Dicha sanción disciplinaria fue interpuesta, en un contexto de un procedimiento
de divergencia abierto, y, acorde a Backus, se realizó en virtud de una falta
cometida por el trabajador, específicamente por incumplir con su obligación de
garantizar las ‘‘actividades indispensables’’ de la empresa durante el desarrollo
de una huelga en la que participó; y, se detalla una inobservancia del trabajador
sobre el Reglamento Interno de Trabajo pese a que se le había informado
previamente sobre su designación como ‘‘personal indispensable’’ por medio de
una carta notarial individualizada.
En ese sentido, el trabajo plantea un análisis restrictivo y que no reste en gran
medida la efectividad del derecho a la huelga tomando como referencia una
lectura de servicios mínimos en labores indispensables desde el estándar
interamericano de derechos humanos; y comentar una crítica a los argumentos
de la Corte Suprema, por medio del desarrollo de problemas jurídicos, vinculados
a la facultad de designación de ‘‘personal indispensable’’, las conductas
antisindicales y el uso de principios como límites a la potestad disciplinaria.This report analyzes Labor Cassation N° 24457-2019-Lima Este, which examines
the impugnment of a disciplinary sanction consisting of a 5-day suspension
without pay, imposed by the company Unión de Cervecerías Peruanas Backus y
Johnston Sociedad Anónima Cerrada (“Backus”) against José Cajusol, a filtration
beer production operator affiliated with the National Union of Workers of Unión
de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston.
The disciplinary sanction was issued within the context of an ongoing divergence
procedure and, according to Backus, it was based on a serious misconduct
committed by the worker, specifically his failure to ensure the “essential activities”
of the company during a strike in which he participated; and a non-compliance of
the Internal Work Regulations is detailed, despite having been previously notified
of his designation as “essential personnel” via an individualized notarial letter.
In this regard, the report presents a restrictive analysis that does not significantly
undermine the effectiveness of the right to strike, using an reading of minimum
services in essential tasks based on the inter-American human rights standards;
it offers a critique of the Supreme Court’s arguments by addressing legal issues
related to the power to designate “essential personnel”, evidence of anti-union
behavior and the application of principles as limits to the disciplinary power
Balancing Infrastructure and Human Capital: Optimal Fiscal Composition for Sustainable Growth
This paper investigates the relationship between fiscal policy composition and long-run economic growth by extending the classic Alesina–Rodrik framework. We develop a dynamic model that distinguishes between capital-augmenting public investments (such as infrastructure) and labor-enhancing expenditures (including human capital development), both financed through a wealth tax. Our central hypothesis is that an optimal allocation of public spending exists which maximizes the net return on capital and thereby supports sustained growth. However, political pressures—stemming from heterogeneous factor endowments and median voter preferences—can drive fiscal policies away from this efficiency benchmark, leading to suboptimal tax rates and spending compositions that may even trigger growth traps. By employing comparative statics and equilibrium analysis, we demonstrate how redistributive forces influence the choice of fiscal instruments, ultimately affecting aggregate productivity and capital accumulation. The findings offer novel theoretical insights into the trade-offs between redistribution and growth, underscoring the critical importance of aligning fiscal composition with underlying production technologies to achieve both efficient and politically feasible outcomes