Universidad Acción Pro-Educación y Cultura

RI-UNAPEC. Repositorio Institucional de la Universidad APEC
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    Comentarios en torno a las leyes 834 y 845 de 1978. Su puesta en vigor y aplicación

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    Margarita A. Tavares (biografía): Abogada dominicana que se desarrolló especialmente en derecho civil y comercial. Nació en San Pedro de Macorís en 1924 y falleció el 9 de abril de 2011. Se graduó de doctora en Derecho en la Universidad de Santo Domingo (hoy UASD) en 1947. Fue miembro de la comisión para la reforma judicial auspiciada por el Partido Revolucionario Dominicano en 1978 y presidente de la comisión sobre los derechos de la mujer de la Asociación Dominicana de Abogados (ADOMA). También participó en la comisión encargada de la actualización del Código de Procedimiento Civil en 1979 y en la comisión de estudio y reforma de las leyes que discriminan a la mujer. Fue jueza de la Suprema Corte de Justicia desde 1997. Es coautora, junto con su hermano Froilán J. R. Tavares, de la revisión y actualización del libro Elementos de derecho procesal civil, obra de la autoría de su padre, Froilán Tavares hijo.Este es un texto en el que se examinan y ponderan las reformas del derecho procesal civil dominicanas promulgadas en 1978. Aunque se caracterizaban sobre todo por la eliminación de determinados mecanismos procesales con el objeto de hacer más ágil el proceso civil, fueron consideras insuficientes. El problema se derivaba de modo especial del hecho de que constituían, en cierto modo, un caso más de asimilación negativa de una legislación extranjera (en este caso la francesa). Como resalta la autora de este trabajo, la transposición de normas foráneas en el sistema jurídico de un país solo puede desembocar en un sistema de derecho autónomo cuando factores como la jurisprudencia, la doctrina y la práctica de los actos jurídicos las hacen suyas, naturalizándolas de algún modo. Por eso, para la autora, se hacía necesario perfeccionar la adaptación de dichas leyes

    Evolución histórica de la organización judicial en la República Dominicana

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    Mirna Josefina Amiama Nielsen: Es abogada dominicana. Es directora de Amiama Nielsen & Asociados. Ha sido asesora del Ministerio de Energía y Minas.A fin de abogar por la necesidad del establecimiento de la carrera judicial en la República Dominicana, todavía no definida en la época de publicación de este artículo, la autora de este trabajo realiza una síntesis de lo que había sido la organización del poder judicial en el país durante su decurso histórico. Según su parecer, en el largo período colonial, e incluso en la etapa de vida independiente, el sistema jurídico de este territorio se ha caracterizado por el establecimiento de normas teóricamente muy “hermosas” y “justas”, pero que en su aplicación han dependido del antojo y arbitrariedad del gobernante de turno. En este divorcio entre la letra de la ley y la práctica seguramente ha incidido el hecho de que casi siempre la norma ha sido trasplantada de sistemas jurídicos foráneos

    Carta que el Dr. Américo Lugo dirigiera el 13 de febrero de 1936 al entonces presidente de la República Dominicana Rafael Leonidas Trujillo Molina

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    Américo Lugo (biografía): Historiador dominicano. Nació en Santo Domingo el 4 de abril de 1870 y murió en la misma ciudad el 4 de agosto de 1952. Se doctoró en derecho y fue discípulo de Eugenio María de Hostos. Fue fundador del Periódico Patria y colaboró en otras publicaciones periódicas, como el Listín Diario, El Progreso y El Tiempo. Formó parte y fue uno de los líderes de la resistencia cívica contra la intervención norteamericana de los años 1916-1924. Algunas de sus obras son: A punto largo, Antología de Santo Domingo, Los restos de Colón, Edad media de la isla La Española. Historia de Santo Domingo después de 1556 y 1608, El nacionalismo dominicano, Baltazar López de Castro y la despoblación del norte de la isla La Española.Esta es la reproducción de una carta sin igual en la historia y en la política de República Dominicana. Y es que este documento muestra que el valor, la dignidad y la reciedumbre moral y humana han sabido encarnar en los dominicanos aún en los períodos más oprobiosos de la vida del país. La negativa del Dr. Américo Lugo a ser el historiador oficial del régimen trujillista ha de servir siempre de ejemplo para los ciudadanos que luchan contra los nefastos efectos de un poder que pretende comprarlo todo a través del dinero y la violencia

    Investigación y ciencia (Año 2, Núm. 6, septiembre-diciembre 1987; Año 3, Núm. 7, enero-abril 1988)

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    Neurosis y movimientos culturales caóticos

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    Mariano Lebrón Saviñón (biografía): Poeta y eminente intelectual dominicano. Nació en Santo Domingo el 3 de agosto de 1922 y murió el 18 de octubre de 2014 en la misma ciudad. Fue miembro fundador de uno de los grupos poéticos más importantes de República Dominicana, el de la Poesía Sorprendida. Estudió medicina en la UASD y se especializó en pediatría en la ciudad de Buenos Aires (1949). Como médico, impartió clases en la UNPHU y en la UASD, fue uno de los fundadores de la Academia Dominicana de Medicina, dirigió el Hospital de Prevención Social de Santo Domingo y trabajó en la Secretaría de Estado de Salud y en diversos centros hospitalarios. Como profesor universitario, no solo impartió clases en facultades de medicina, sino que también enseñó en el área de humanidades, específicamente en las cátedras de Historia de la Cultura Dominicana, Historia Crítica Dominicana, Literatura, Literatura Española y Ética Profesional. En UNAPEC se desempeñó como asesor de la Rectoría, en tanto que en la UNPHU fue director de Publicaciones. Por la excelencia de su trabajo intelectual, recibió la Orden de Duarte, Sánchez y Mella en el grado de Comendador, el Caonabo de Oro (1988), el Premio Vasconcelos que es otorgado por el Frente de Afirmación Hispanista de México (1992) y el Premio Nacional de Literatura (1999). Hasta ahora es el único dominicano que ha sido designado como orador del premio Príncipe de Asturias. Entre las muchas obras escritas por él están: Triálogos (en autoría compartida con Domingo Moreno Jimenes y Alberto Baeza Flores) (1943), Sonámbulo sin sueño (1944), Cuando el otoño riega las hojas (1945), Mirtha Primavera (1945), Luces del trópico (1949), Historia de la cultura dominicana (1981), Tiempo en la tierra (1982), Duarte. La Trinitaria (1993) y Heroísmo e identidad. Duarte: libertador, romántico y poeta (1999). Fue uno de los creadores del Instituto Duartiano y fue presidente de la Academia Dominicana de la Lengua desde el año 1984 hasta el 2006.Aunque el autor de este texto, Mariano Lebrón Saviñón, era poeta, despliega aquí sus más profundas objeciones a la belleza, la poesía y el amor, los que vincula con la enfermedad y la locura, con la muerte. Desde esa perspectiva analiza los movimientos vanguardistas de la primera mitad del siglo XX. El futurismo, el dadaísmo, el cubismo y el surrealismo son sometidos a un severo examen que los condena por lo que hay en ellos de delirio, de fuerza, de vida irrefrenable más allá de la razón. Es por eso que, en cierto sentido, este texto hace a uno plantearse el impostergable problema del lugar de la experiencia de lo bello en el mundo. Y cabe pensar que de la respuesta que cada ser humano dé a eso que se presenta siempre como nudo inextricable, como salto y como vacío que desborda plenitud, dependa el sentido de la propia existencia

    Turismo y facilidad del transporte aéreo internacional

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    César A. Caracas Berríos: Es director de Educación Continuada en la Universidad APEC.Para la fecha de publicación del presente trabajo, el turismo mantenía un ritmo de crecimiento que la convertía ya en la tercera actividad de importancia en el mundo, solamente superada por el petróleo y la industria automovilística, sectores económicos a los que hoy iguala o supera. Las cifras eran tales que se esperaba que para finales del siglo XX llegaría a constituir la primera actividad económica. Lo cierto es que para el pasado 2016, de acuerdo con datos de la Organización Mundial de Turismo, representaba el 10% del PIB mundial. De acuerdo con el autor, en el crecimiento exponencial de esta actividad ha sido fundamental el desarrollo concomitante del transporte aéreo, esto es, el trabajo de modernización continua por el que las aeronaves se han ido convirtiendo en medios cada vez más rápidos y seguros. En cualquier caso, el autor entiende que una serie de acciones en este campo podía incentivar un mayor desarrollo del turismo internacional. Habla de manera específica de dos medidas puntuales: un reforzamiento del sector educativo a él vinculado y una mejoría de la promoción turística mediante tarifas más accesibles. En cuanto a este segundo punto, el autor recuerda que se daban casos de regiones -América Latina, por ejemplo- en que las rutas de vuelo estaban gravadas con precios muy elevados. Se hacía entonces necesario el establecimiento de tarifas económicas que sirvieran para estimular la demanda, así como medidas para la reducción de los costos operativos. Ante todo, se requería una política internacional de transporte aéreo que tuviera en cuenta las condiciones de precio, calidad, frecuencia y seguridad, factores básicos para la buena evolución del sector turístico y, por tanto, para el buen desempeño económico de los países. El autor reconocía además la importancia de la cooperación internacional en la configuración de circuitos turísticos en los que se ofertaran varios destinos de una misma región, algo que requería regulaciones conjuntas y el delineamiento de los servicios turísticos correspondientes. A juicio del autor, una política común de trasporte aéreo y el establecimiento de lazos cooperativos entre los países de la región podrían servir de base para una posible futura integración latinoamericana

    El derecho especial de trabajo

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    Porfirio Hernández Quezada (biografía): Es doctor en derecho por la Universidad Autónoma de Santo Domingo (1967) y por la Universidad de París (1972), y es también egresado de la licenciatura en ciencias sociales del Instituto de Altos Estudios de América Latina (1971). Ha desarrollado una dilatada y exitosa carrera en el campo del derecho laboral que le ha llevado a ser profesor en la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña (UNPHU) y en el antiguo Instituto de Estudios Superiores (IES, hoy UNAPEC). Ha sido presidente de la Asociación Dominicana de Abogados, y miembro de la Asociación Dominicana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, del Instituto Latinoamericano de Derecho del Trabajo y de Previsión Social y de la Asociación Americana de Juristas. En el año 2000 pasó a integrar el Comité de Bioética de la Secretaría de Estado de Salud Pública; en tanto que en el año 2004 fue designado asesor legal externo del Consejo Nacional de Seguridad Social. Algunos de sus otros trabajos publicados son: "El derecho de trabajo en la Constitución de República Dominicana" (1999) y "El futuro del sindicalismo y la globalización" (1999).El presente es un breve texto acerca de la naturaleza del derecho laboral especial, rama del derecho laboral que tiene por objeto los contratos especiales de trabajo. Estos contratos surgen porque el tipo de actividad que realiza el trabajador reclama una reglamentación particular, la cual se puede caracterizar por la ampliación de algunos beneficios, la ampliación de normas restrictivas o por el establecimiento de normas distintas a las disposiciones generales. Esa peculiaridad de la labor y del contrato de trabajo no implica necesariamente un estatuto más privilegiado o beneficioso que el del derecho laboral común. Pues, como expresa muy bien el autor de este artículo, ese apartamiento de la norma jurídica general puede ser, en ocasiones, perjudicial para el trabajador. En cualquier caso, distintos sistemas jurídicos nacionales, entre ellos el mexicano, procuran que los contratos especiales de trabajo no contradigan o eliminen las condiciones o garantías mínimas alcanzadas en el derecho laboral general, ya que estas constituyen parte de los logros alcanzados por el perfeccionamiento de la justicia social en sus respectivas comunidades. Dos casos de trabajadores dominicanos que entonces ya estaban sujetos a regulaciones laborales especiales son mencionados brevemente a modo de conclusión: los policías especiales de banco y los guardianes de seguridad privada

    Las cuentas de cheques llamadas comúnmente cuentas corrientes

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    Silvia A. de Ortega (biografía): Abogada notaria dominicana. Se graduó en la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña (UNPHU). Miembro del Colegio de Abogados de la República Dominicana, de la Asociación Nacional de Abogados y de la Asociación Nacional de Mujeres Empresarias, Ejecutivas y Profesionales.La autora explica las diferencias entre la cuenta corriente mercantil y la cuenta de cheques, que en República Dominicana, para la época de este trabajo, también era conocida como “cuenta corriente”. Aunque existen varias diferencias, la principal radica en que si en la cuenta de cheques el cliente es el único que deposita dinero en la cuenta, y es por tanto el único acreedor, en la cuenta corriente mercantil las entradas y salidas de dinero (remesas) pueden ser realizadas por ambas partes, de modo que no se sabe quién resultará deudor y quién será acreedor mientras no se realice el corte previsto de la cuenta o esta no finalice

    Los tratados internacionales como fuente de derecho interno

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    Rosa Campillo C. (biografía): Abogada dominicana. Obtuvo su doctorado en derecho en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD). También realizó estudios de derecho internacional en la Academia Diplomática Andrés Bello de Santiago de Chile, en la Academia de Derecho Internacional de la Haya, en la Universidad de Río de Janeiro y en el Comité Jurídico Interamericano. En España, en la Universidad de Madrid, realizó estudios de desarrollo económico. Es abogado asociado de la firma Kaplan, Russin, Vecchi & Heredia Bonetti. Ha sido profesora de Derecho Internacional Público en la Universidad Pedro Henríquez Ureña y en la Escuela Diplomática y Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana, ministerio para el que también trabajó por 21 años. Entre otras organizaciones, forma parte de la Asociación Interamericana de Abogados y de la Asociación Nacional de Mujeres Abogadas. Ha publicado Índice anotado de la colección de tratados de la República Dominicana, Los signos distintivos. Las marcas de fábrica, ¿Cómo combatir la piratería intelectual? y Derecho de los tratados e índice anotado de la colección de tratados de la República Dominicana.En este artículo se desarrolla el tema de los tratados internacionales como fuente de derecho interno. Como explica la autora, en principio, la posición que se asuma al respecto dependerá de la teoría que fundamente el análisis sobre dicha cuestión: es decir, dependerá de si se entiende que el derecho internacional público (DIP) y el derecho interno (DI) son dos sistemas jurídicos diferentes e independientes, o bien si se considera que ambos ordenamientos constituyen o integran un sistema unitario. Para los partidarios de la primera, los tratados internacionales solo pueden ser fuente de derecho interno una vez que los Estados les otorgan el valor de norma jurídica interna, por lo que, para su aplicación en las comunidades estatales, tendría preeminencia la voluntad soberana del Estado, que sería la que facultaría en definitiva su implementación. Para los partidarios de la segunda, en cambio, existiría una norma u origen fundamental común para ambos derechos, que estarían integrados y se complementarían. En ese sentido, el DIP tendría un valor propio independiente de la voluntad de los Estados, de modo que su formación, transformación y abrogación no solo se sustraería del ámbito o competencia del DI, sino que respondería a necesidades sociopolíticas propias de la comunidad internacional. La autora explica que la realidad cada vez más interdependiente de la sociedad mundial ha impulsado con el correr de los años que se reconozca la necesidad de la existencia de un equilibrio y coordinación de la norma interna y la norma internacional. El arbitraje, los derechos humanos, la cooperación internacional, la multiplicación de los organismos internacionales y hasta la emergencia de un derecho penal internacional denotan esta interdependencia de ambos ordenamientos. Es justo esta realidad de interdependencia creciente en el marco geopolítico lo que haría que un principio o norma reconocido por el Estado en sus relaciones con otros Estados no pueda ser desconocido en su jurisdicción interna. Y de ahí que la autora afirme la posibilidad e idoneidad de recurrir, por ante los tribunales nacionales, a los tratados internacionales incorporados al derecho interno

    Las bolsas de valores, su necesidad y utilidad

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    Julio Genaro Campillo Pérez (biografía): Abogado e historiador dominicano. Nació en Santiago de los Caballeros el 9 de julio de 1922 y falleció el 1 de junio de 2001. Se graduó de doctor en Derecho en la Universidad de Santo Domingo (hoy UASD). Desarrolló una exitosa carrera profesional que lo llevó a ser catedrático, juez de la Suprema Corte de Justicia, regidor del Ayuntamiento de Santiago, diputado de la república, secretario de estado de industria y comercio, administrador de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (CORDE) y miembro de la Junta Central Electoral. Asimismo, fue presidente de la Academia Dominicana de la Historia. En su amplia bibliografía activa se encuentran Historia electoral dominicana 1848 – 1986: el grillo y el ruiseñor, Origen y evolución de la Junta Central Electoral, Historia de la Suprema Corte de Justicia, Culminación de inquietudes culturales santiaguenses.El Dr. Campillo Pérez habla sobre la situación que vivía el mercado de capitales en el país para la época de este trabajo. Aunque en la República Dominicana existía una incipiente Bolsa Nacional de Valores, esta todavía no agrupaba en su seno el conjunto de acciones, obligaciones, títulos, valores y bonos que las empresas —públicas y privadas—, emitían. En este sentido, afirma el autor, el mercado de capitales se encontraba disperso. Por ello abogó en este texto para que se creasen incentivos fiscales a favor de las empresas que emitiesen acciones y las registrasen en la referida Bolsa Nacional, y para que, en cambio, se incrementasen los gravámenes fiscales a aquellas que se mantuviesen cerradas, es decir, que tuviesen una composición accionaria de tipo familiar. El autor finaliza recordando que una entidad como la mencionada es de gran utilidad, ya que no solo responde y facilita la libertad de comercio, sino que también impulsa el desarrollo empresarial

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