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La desobediencia premiada: fieles traidores en la obra de Luciano F. Comella
Embargado hasta 01/01/2100Dos dramas de Luciano F. Comella tienen como protagonistas a unos soldados ejemplares y virtuosos que, no obstante, cometen sendos delitos de traición para salvaguardar el bienestar de sus progenitores. En El buen hijo o María Teresa de Austria se trata de una deserción fingida, mientras que en Catalina II, emperatriz de Rusia el protagonista incumple el bando que ordena matar a todos los combatientes del ejército enemigo, dejando libre y restituyendo a la patria a su padre prófugo. Mediante el peculiar tratamiento que estos delitos de guerra reciben en las obras, hasta el punto de que los aleves soldados serán indultados y premiados por sus soberanas, Comella (re)produce nociones ideológicas del XVIII y
propone ejemplos morales.In Luciano F. Comella’s two plays, the protagonists are exemplary and virtuous
soldiers but both of them commit treason, in order to protect their fathers’ welfare.
In El buen hijo o María Teresa de Austria, there is a fake desertion; in Catalina II, emperatriz
de Rusia the military order for killing every enemy soldier is defied by an army officer, who
let his fugitive father to return to his homeland. In these works, the war crimes receives a
peculiar approach –traitor soldiers are pardoned and awarded by their queens–, Comella (re)
produces ideological notions of the 18th century and proposes moral models
El órgano de administración de la Sociedad anónima deportiva tras la entrada en vigor de la Ley 31/2014, de 3 de diciembre
Embargado hasta 01/01/2100La creación por parte de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte (LD) de la denominada sociedad anónima deportiva (SAD), sujeta al régimen general de sociedades anónimas aunque con las especialidades previstas en la LD y en sus normas de desarrollo (RD 1251 sobre sociedades anónimas deportivas de 16 de julio de 1999, RDSAD), así como la complejidad de la estructura de gobierno corporativo de determinadas SAD, su falta de transparencia e incapacidad para determinar la responsabilidad de sus administradores, la asunción imprudente de riesgos, el diseño de sistemas de retribución inapropiados, y la deficiente composición de sus órganos de dirección y administración, me indujo a considerar aconsejable llevar a cabo este trabajo de investigación en el que he realizado un detenido análisis de los preceptos que aparecen formalmente dirigidos a regular el órgano de gobierno de las SAD, con vistas a comprobar que, tras la reforma de la LSC llevada a cabo por la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, se han logrado solucionar gran parte de los problemas antes planteados. Para conseguir este objetivo, he llevado a cabo un concienzudo y pormenorizado análisis del régimen jurídico, tanto general como especial, regulador del órgano de gobierno de las SAD, centrando, fundamentalmente, mi atención en la concreción y alcance de las especialidades que este régimen presenta respecto del régimen general de las SA. Así, he analizado numerosas especialidades entre las que caben citar: las referidas a la estructura del órgano de administración de las SAD que, de conformidad con lo previsto en los arts.24 LD y 21 RDSAD, siempre ha de adoptar la forma de Consejo de Administración y del que no podrán formar parte, además de las personas previstas en el art.213 LSC, los afectados por alguna de las incompatibilidades previstas en los arts.24,2 LD y 21,2 RDSAD; en segundo lugar, el mayor valor que se le otorga al papel que tiene el objeto social de las SAD como parámetro legal delimitador del ámbito de representación de sus administradores, por cuanto que la actuación de éstos excediéndose del objeto social adquiere en el supuesto de las SAD el carácter de excusa exoneratoria de la responsabilidad de la SAD frente a los terceros con los que hayan contratado, por entender que éstos habrían obrado de mala fe dado que les basta con conocer la denominación de la SAD para saber cuál es su objeto social pues es la propia Ley la que impone a estas SAD su exclusivo y único objeto social; y, amén de otras cuestiones, finalmente, he analizado el doble régimen de responsabilidad que afecta a los administradores de las SAD quienes están sujetos tanto a la responsabilidad propia de cualquier administrador de una SA (arts.236-241 LSC) como a la responsabilidad administrativa derivada de la infracción de las normas que configuran la disciplina deportiva y que se encuentra regulada en el Titulo XI de la LD
Chapter 3 the mobilization of the European communities in chile during the First World War
Embargado hasta 01/01/2100Chile remained neutral during the First World War. However, the war was experienced with naval battles on its shores between the British and Germans. Chilean society was divided between the two sides during the conflict, and the press was the vehicle through which they were informed about European events. The foreign communities whose countries participated in the conflict mobilized reinforcements to the European front to swell the ranks of their respective armies. The most numerous were the Franco-Chileans for the facilitation of chartering ships from Chilean ports, but contingents of British and Germans and their descendants also departed.
This chapter analyzes their military and economic mobilization and the strategies developed in Chilean territory by German, French, and British communities
La Exposición Iberoamericana de Sevilla de 1929 a través del órgano de difusión de la Unión Ibero-Americana : La "Revista de las Españas"
Embargado hasta 01/01/2100El eje que articula las diferentes aportaciones contenidas en este libro cruza la acción de la diplomacia y de agentes culturales americanos que se emplearon, ya fuera de manera oficial o privada, en promover o participar en iniciativas que tuvieron lugar en la coyuntura de la Dictadura de Primo de Rivera.
En el impulso que el régimen se propuso dar a las relaciones con América, que pasó a ocupar un lugar destacado en la política exterior, la Exposición Iberoamericana de Sevilla fue, sin duda, la manifestación simbólica de mayor envergadura. A través de distintas aportaciones, esta cuestión es analizada aquí bajo el prisma del diálogo entre políticos y otros agentes sociales en tiempos de afirmación de la diplomacia, tanto de la oficial como de la paralela. Por otro lado, algunas contribuciones centran su atención en otro tipo de hitos, políticos y culturales, que traducen aspectos diferentes de las relaciones trasatlánticas en tiempos del directorio primorriverista
La sintassi zoomorfa di Vita dei campi e Novelle rusticane. Dalla descrizione linguistica all’analisi dei risultati traduttivi in spagnolo e francese
Embargado hasta 01/01/2100Las similitudes zoomorfas son una constante en la obra del escritor siciliano Giovanni Verga. En este estudio hemos querido evidenciar las metáforas y las similitudes que utilizan como termino de parangón el animal y el hombre. Por ello, hemos delimitado el corpus de los relatos, de Vita dei campi hemos analizado los ocho relatos que se incluyen en la obra y de Novelle rusticane, nueve de los doce. Hemos cumplimentado unas tablas terminológicas para analizar y confrontar los resultados de la búsqueda en italiano, lengua origen y en español y francés, lenguas meta
Paroemiae and their variation in Giovanni Verga’s novels: a challenge for translators
Embargado hasta 01/01/2100En la historia de la crítica verghiana las paremias han sido, con toda seguridad, uno de los elementos que han captado la mayor atención de los estudiosos, tanto a nivel histórico-social como antropológico. Este estudio se centra en el análisis filológico y de las traducciones resultantes de dichas paremias, en la combinación lingüística italiano/español, en los relatos incluidos en Vita dei campi del escritor siciliano Giovanni Verga.In the history of the verghiana critic, experts have concentrated on paroemiae not only at a socio-historical but also at an anthropological level. This study is focused on the philological analysis, and on the resulting Italian-Spanish translations of his paroemiae / proverbs in the tales included in Vita dei Campi by the Sicilian writer. For our comparative analysis, we have selected the Italian edition by profesor Carla Riccardi, Giovanni Verga, Vita dei Campi (1987), its first translation into Spanish by Cipriano Rivas Cherif (1920), La vida en los campos. Novelas cortas, and a second translation by Hugo Bachelli (2008), La vida en el campo
El deber de información de las entidades financieras y la protección jurídica del usuario inversor del SWAP
Embargado hasta 01/01/2100La contratación en el mercado financiero es una contratación compleja, con un elevado nivel técnico, lo que conlleva la exigencia legal a las entidades de inversión de un estricto deber de información basado en la buena fe y encaminado a paliar la situación de asimetría informativa existente entre estas entidades y sus clientes. Constituye este trabajo una rigurosa investigación, ampliamente documentada doctrinal y jurisprudencialmente, de la profusa producción legislativa existente relativa a este deber de información al que están sujetas las empresas de servicios de inversión en la comercialización de instrumentos financieros complejos. El principal objetivo de esta investigación radica en resolver las principales controversias dogmáticas que la citada materia plantea hasta llegar a la conclusión final de que la actuación honesta, leal y, por tanto, conforme a las reglas de la buena fe objetiva de las entidades financieras oferentes de estos derivados, conlleva no sólo proporcionar a los usuarios que contraten estos productos una información adecuada sobre la naturaleza y contenido de los productos que contrata, sino, además, adaptada a la propia experiencia del usuario inversor, así como a su competencia técnica, esto es, adaptada a la calificación del cliente como minorista o como usuario profesional, debiendo advertirle de los riesgos de forma clara y comprensible y haciendo expresa referencia a la posible evolución a la baja de los tipos de interés a medio plazo, al menos con carácter general, y de sus efectos sobre el contrato de SWAP celebrado. De esta forma, el incumplimiento de este específico deber de suministrar al cliente una información comprensible y adecuada sobre las características del producto y los concretos riesgos que les pueda comportar su contratación, incluyendo el coste de su cancelación anticipada, permitirá presumir que el consentimiento negocial prestado por el cliente no sea válido al estar viciado por error y que, en consecuencia, el contrato de SWAP será nulo