Repositorio de revistas USAT
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Mujer… sé lo que eres
From the sexed nature of human beings, much has been said about the dominance of one sex over the other. Faced with this, the terms patriarchy and matriarchy arise not necessarily in that order, such as force, dominance or control over the other.The historical evidence recognizes the actions of women in public positions within prehistoric society to the point of using the term matriarchy, which fades in the Neolithic with the consolidation of sedentary life, and in the nascent social organization it is the male who exercises authority as head of the family, giving rise to the patriarchy.It is in the nineteenth century that the first feminist movements were born to later take up the debate on patriarchy whose theorization, from different perspectives, has given rise to different currents of feminism, each with a particular vision of female identity.Desde la naturaleza sexuada de los seres humanos se ha hablado mucho del dominio de un sexo sobre el otro. Frente a ello, surgen los términos “patriarcado” y “matriarcado” no necesariamente en ese orden, como fuerza, dominio o control sobre el otro.
La evidencia histórica reconoce el actuar de la mujer con cargos públicos dentro de la sociedad prehistórica hasta utilizar el término matriarcado, el cual se va desvaneciendo en el neolítico con la consolidación de la vida sedentaria, y en la naciente organización social es el varón quien ejerce la autoridad como jefe de familia, dando origen al “patriarcado”.
Es en el siglo XIX que nacen los primeros movimientos feministas para posteriormente tomar el debate sobre el patriarcado cuya teorización, desde diferentes perspectivas, ha dado origen a diversas corrientes del feminismo cada una con una visión particular de la identidad femenina
Resolución contractual
El tema de la Resolución contractual, constituye una de las figuras más importantes del Derecho Civil Patrimonial, por su enorme trascendencia. Ha sido frecuente confundir la Resolución contractual con la Rescisión, pues con el Código Civil de 1936 no existía una norma que la definiese. Tanto el artículo 1370, 1371 y 1372 fueron introducidos por la Comisión Revisora, a mérito de una ponencia presentada por el Dr. Manuel De la Puente y Lavalle. A lo largo del presente trabajo de investigación se presentan algunos alcances sobre la figura de la Resolución Contractual
¿La mera indicación de la causa objetiva vulnera el derecho al trabajo? Exigencias del Principio de Causalidad en la contratación laboral a plazo fijo a propósito del voto mayoritario recaído en el Exp. N° 02766-2010-PA/TC.
La expresión de la causa objetiva que justifica la contratación laboral a plazo fijo exige más que invocar la denominación del contrato a plazo fijo escogido por el empleador. Sin duda, existen necesidades empresariales razonables que ameritan la contratación de personal a plazo fijo pero ello no significa que cualquier circunstancia empresarial amerite la contratación temporal de trabajadores más aún si esta modalidad de contratación es excepcional en atención al Derecho al Trabajo que corresponde al prestador de servicios subordinados
Hacia una adecuada regulación del derecho a la desconexión digital en el Perú y la actuación de la inspección del trabajo
Una nueva “laboralidad tecnológica” nos ha irrumpido, la declaración del estado de emergencia terminó por evidenciar que nuestra normativa laboral no estaba “preparada” para enfrentar los problemas laborales suscitados a raíz de la pandemia; sin embargo, el Estado peruano, a través de diversos decretos de urgencia trató de paliar los escenarios ocasionados ante la imposibilidad de la realización de trabajo presencial. Es así que, mediante el Decreto de Urgencia 026-2020 de fecha 15 de marzo del año en curso, se instauró el trabajo remoto; posteriormente, el 01 de noviembre de 2020, el DU 127-2020, trajo consigo el reconocimiento del derecho a la desconexión digital; no obstante, al ser una medida de carácter excepcional y temporal, no es suficiente. Por ello, la presente investigación pretende brindar un alcance para la adecuada regulación del derecho a la desconexión digital, la cual vaya de la mano con la actuación de la Inspección del Trabajo
La intervención de terceros en el proceso civil: El interés como criterio delimitador de la calidad de tercero.
Los terceros en el proceso civil constituyen una categoría que no ha resultado fácil de comprender. Existen dos concepciones de tercero que interesa anotar para analizar la intervención de terceros regulada en el C.P.C. Una vinculada al hecho de ser ajeno al proceso (sentido amplio) y otra vinculada a la ruptura del principio de dualidad del proceso (sentido estricto). Habrá quienes al intervenir en el proceso se conviertan en parte y como tal no es admisible su regulación dentro del acápite de la intervención de terceros, y habrá quienes al ingresar al proceso triangulen este y en consecuencia se constituyan en verdaderos terceros. Será determinante para identificar esta última categoría el tipo de interés con el que se solicita tutela al órgano jurisdiccional
El derecho concursal en la crisis global
La historia de la economía es la crónica de la zozobra. La época de la manufactura mercantil en Europa fue testigo de sus albores pero después la era industrial lo transformó, asentando su poder sobre el derecho de propiedad absoluto y en un marco en que los trabajadores pasaron a ser desde el inicio la clase débil y sometida. Marx marcó la historia y en concordancia con Engels produjeron la influyente literatura que anticipó la revolución rusa
El contrato de estacionamiento vehicular Análisis de la Ley Nº 29461
Por el contrato de estacionamiento vehicular, actualmente regulado por la Ley Nº 29461, el titular de un establecimiento se obliga a prestar el servicio principal de estacionamiento de vehículos a favor de un usuario, a título oneroso, esto es, a cambio de una retribución económica, o a título gratuito, como servicio complementario o accesorio. Sea que el servicio de estacionamiento se preste como servicio principal o como servicio complementario, es obligación del titular del estacionamiento prestar también el servicio de vigilancia y seguridad respecto del vehículo y sus autopartes. En caso de pérdida del vehículo o de los accesorios integrantes del mismo, la responsabilidad civil será atribuible, en los servicios de estacionamiento que se prestan como servicio principal, al titular del servicio de estacionamiento, y en los servicios de estacionamiento que se prestan como servicio complementario o accesorio, al propietario y al administrador o al que gestione el servicio de estacionamiento, de manera solidaria
Chavín de Huántar: En el Banquillo de los Acusados
En febrero de 2003, APRODEH, presentó una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos humanos por considerar al Estado peruano responsable por la violación de los derechos a la vida, garantías judiciales y protección judicial en agravio de Eduardo Nicolás Cruz Sánchez, Herma Luz Meléndez Cueva y Víctor Salomón Peceros. El informe de la Comisión resultó favorable para los peticionarios, y ante el incumplimiento, por parte del Estado peruano, de las recomendaciones emitidas por la Comisión, ésta decidió llevar el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En este sentido, este artículo tiene por finalidad exponer los hechos del caso y las cuestiones pertinentes que la Corte deberá valorar, así como emitir una opinión respecto de la posible defensa que el Estado peruano puede plantear
No es una Utopía… ¿Qué significa ponerse a disposición de una Empresa de Tendencia?
Las empresas de tendencia o también llamadas Organizaciones de tendencia “se caracterizan en el panorama Internacional por ser la consecuencia y plasmación directa del reconocimiento constitucional del pluralismo político, sindical y religioso; por estar destinadas directa y predominantemente a la pública difusión de una cierta ideología y por constituir el cauce de la expresión de un derecho fundamental de su titular”2.Así,es precisamente desde este momento en que se alude al derecho fundamental que envuelve a estas empresas y que les da un reconocimiento existencial. Se trata del derecho a la Libertad de Empresa
Modelo conceptual de desarrollo empresarial para las MYPES: Caso Centro de Desarrollo Empresarial
El presente estudio desarrolla un modelo conceptual que se basa en los valores del empresario; emprendimiento, capital social, cultura organizacional, orientación al mercado, innovación y competitividad empresarial para las MYPES de la Región Lambayeque. Todo el desarrollo del modelo se basa en la visión prospectiva de la formación empresarial del sector MYPE, para convertirse en un sector más articulado que pueda enfrentar los retos de la globalización, la innovación y la competitividad. El modelo se sustenta en el Pensamiento Complejo de Edgar Morín debido a que el modelo no refleja una propuesta definitiva ni lineal sino más bien se trata de un modelo flexible, dinámico y estratégico que debe adaptarse a cualquier realidad empresarial y del entorno. El modelo se complementa con investigación permanente que permita el desarrollo tecnológico y la innovación para darle sostenibilidad al sector empresarial; se relaciona con un ecosistema de desarrollo que debe acompañarse de una agenda de innovación que implique la participación del estado, el sector privado, la sociedad civil y la academia