Revista de Derecho
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Marco regulatorio del sector eléctrico en Uruguay. María Cristina Vázquez Pedrouzo. Universidad de Montevideo, Montevideo, 2005, 359 págs.
Código penal y leyes complementarias de la República Oriental del Uruguay. De los delitos en particular. Prof. Miguel Langón Cuñarro, Tomo II, volúmen II, Universidad de Montevideo, Montevideo, 2005.
Anuario de propiedad intelectual 2004. Grupo de Propiedad Intelectual - GPI, Universidad de Montevideo
La vida, principal bien jurídico a defender
Un buen sistema jurídico de un país, tiene el deber de proteger la vida de todos sus integrantes, tanto en su etapa de concepción como en su plenitud de goce y desarrollo.Siendo la violencia doméstica una de las problemáticas sociales más antiguas, sin embargo es de las últimas áreas del derecho, a la que los juristas decidieran abocarse a su estudio y tratamiento.El abordaje jurídico del tema nació en los hechos en el mundo, más como un movimiento de protesta de parte de la sociedad civil frente al Estado, que como una acción de éste, destinada a proteger a una franja débil de sus ciudadanos (mujeres, niños y ancianos)
El derecho y la justicia
Hace ya muchos años, cuando comenzaba la carrera de abogacía un profesor de la Universidad de la República hizo una encuesta entre el grupo de estudiantes de primer año en relación a cuales eran las razones o motivos que nos habían determinado a estudiar derecho. Un muy reducido grupo en el que me contaba, sabía desde el primer día de clase que los estudios de derecho nos habilitarían a ingresar ala magistratura; estudiábamos para ser jueces. Una gran mayoría afirmaba que la vocación por el derecho arraigaba en un sentimiento profundo que les impulsaba a dirigir sus acciones en la búsqueda de proteger o tutelar los derechos humanos, a defender a aquellas personas asistidas de razón frente a los abusos de quienes ejercen el poder político, económico o de cualquier otro tipo. De igual manera, exteriorizaban su rechazo a las injusticias y su propósito de contribuir a su erradicación
Datos personales para informes comerciales y habeas data. Juan Manuel Gutiérrez Carrau, Carlos Alejandro Loaiza Keel, JUan Martín Olivera Amato, Universidad de Montevideo, Liga de Defensa Comercial, Olivera y Delpiazzo Abogados, Montevideo, 2005, 145 págs
Contribución al estudio del fundamento del derecho internacional público
Un tema central a la hora de entender el Derecho Internacional Público (DIP) es el de su origen, es decir, el de su fundamento. En doctrina este tema ha sido objeto de tratamiento por diversos publicistas y filósofos del derecho. Entre ellos, algunos reconocen este mérito a un conjunto de teólogos juristas españoles del s. XVI aproximadamente, y que se conoce como la Escuela Española de la Paz (EEP). Con todo, los manuales de DIP raramente dedican más de un párrafo a esta Escuela, dejando consecuentemente un vacío en la formación académica de los estudiantes.En este espíritu, en el presente articulo desarrollaremos de manera general los puntos centrales de la EEP, para de este modo dar los elementos de juicio necesarios para una formación justa. Como premisa metodológica cabe aclarar, que un estudio pormenorizado de la EEP requeriría ciertamente una obra específica, por tanto hemos preferido comentar solamente a dos autores: el iniciador de esta Escuela, el dominico Fray Francisco de Vitoria y el último exponente de la misma, el jesuita Francisco Suárez. Realizando así, una especie de glosa de la EEP
Derecho de las telecomunicaciones. Carlos E. Delpiazzo. Universidad de Montevideo, Montevideo, 2005, 515 págs.
Impugnación de actos jurisdiccionales ante el sistema interamericano de protección de los derechos humanos
Este aporte tiene por objetivo analizar del punto de vista doctrinario y jurisprudencial, la posibilidad de impugnar ante el Sistema Interamericano de protección de los Derechos Humanos, actos jurisdiccionales emitidos por los países miembros del sistema1 a nivel interno. Esta temática desarrollada por la doctrina y jurisprudencia en forma dispersa ha sido escasamente explorada en Uruguay, país que posee a la fecha uno de los más bajos índices de utilización del sistema de peticiones de la OEA.La impugnabilidad de los actos jurisdiccionales ante el sistema regional, constituye un ejercicio de especial interés para fortalecer la protección de los Derechos Humanos en la región. Permite avanzar en la búsqueda de una efectiva protección de los Derechos Humanos, al abrir ámbitos que puedan determinar la responsabilidad de los Estados por actos jurisdiccionales contrarios a la Convención Americana sobre Derechos Humanos u otros documentos integrantes del sistema