Repositorio Institucional Universidad Peruana de las Américas
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    La contabilidad financiera y su incidencia en el crédito financiero de la empresa VOLTICENTRO SAC

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    El presente trabajo de investigación desarrolla la implementación y la forma en que una adecuada Contabilidad Financiera puede beneficiar a mejorar el Crédito financiero en la empresa VOLTICENTRO S.A.C., la cual se encuentra en el rubro de comercialización de baterías para vehículos motorizados. Gracias a la información de los estados Financieros brindados por la empresa en estudio, nos permite establecer relación con la realidad de la empresa a fin de tener mejor conocimiento de ella. En general no se puede tomar decisiones sobre liquidez, gestión, solvencia ni rentabilidad, si no conocemos como se encuentra la empresa, a través de la determinación de indicadores de la información que proporciona la contabilidad financiera y el mercado, por ende, nos encontramos en la necesidad de investigar en el tema. Este trabajo de investigación constituye un aporte para la actividad económica, además contribuirá a una posible solución del problema de buscar la mejora en el crédito financiero obtenido, con las herramientas adecuadas para tomar una buena decisión, cumpliendo así con el propósito establecido en el problema general del presente trabajo.This research work develops the implementation and the way in which an adequate Financial Accounting can benefit to improve the Financial Credit in the company VOLTICENTRO S.A.C., which is in the commercialization of batteries for motorized vehicles. Thanks to the information on the financial statements provided by the company under study, it allows us to establish a relationship with the reality of the company in order to have a better knowledge of it. In general, decisions on liquidity, management, solvency and profitability cannot be made, if we do not know how the company is, through the determination of indicators of the information provided by the financial accounting and the market, therefore, we are in The need to investigate the subject. This research work constitutes a contribution to economic activity, and will also contribute to a possible solution to the problem of seeking improvement in the financial credit obtained, with the appropriate tools to make a good decision, thus fulfilling the purpose established in the general problem. of the present work.Trabajo de suficiencia profesiona

    Implementación de planes prospectivos empresariales en la optimización logística de la empresa constructora Posada Perú, Lima, 2020

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    En la actualidad, las empresas en general buscan tener ventajas competitivas para reducir los tiempos en todos los procesos dentro de ellas, con la finalidad de que esto signifique una reducción de costos. El presente trabajo de investigación tiene como base de estudio el área operaciones y administración logística para una empresa constructora. Se tuvo en cuenta investigaciones realizadas por otros tesistas y se consideró un marco teórico actual y competente. El objetivo general de la presente tesis es la propuesta de implementación de un sistema logístico que mejore, a través de la aplicación de distintas herramientas tecnológicas de calidad, los procesos de las áreas involucradas en la empresa constructora POSADA PERÚ. Con esto, se espera como resultado el aumento de la eficiencia y la eficacia de las entregas de equipos. A lo largo de este proyecto, se detallan los procedimientos de investigación para la adaptación y la posterior implementación del sistema logístico mejorado propuesto, teniendo como base el sistema Lean Six Sigma. Esta propuesta de implementación fue diseñada exclusivamente para garantizar una mejora continua en la atención de los pedidos de equipos. Adicionalmente, esta investigación tiene dos objetivos específicos determinados. El primero es la mejora de la gestión de cada área que tiene participación en la recepción y atención de los pedidos, teniendo en cuenta los principios y conceptos bases de lo que es el sistema Lean anteriormente mencionado. Además, se determinará la influencia de esta metodología en el aumento de la eficiencia de los procesos logísticos en la organización sobre la que se trabajará. Los resultados esperados se obtuvieron gracias al correcto direccionamiento y enfoque del marco teórico y la correcta adaptación de la metodología Lean Six Sigma a la empresa constructora POSADA PERÚ, permitiendo realizar una reinvención de los procesos de gestión actualmente empleados

    Expediente penal: robo agravado N° 47960-2009-0-1801-JR-PE-00

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    Expediente Civil: El presente expediente tiene como tema Divorcio por causal. El demandante solicita Divorcio por causal de separación de hecho y como pretensión accesoria el cese de la obligación alimentaria. El demandante alega que la demandada cuenta con los ingresos suficientes para cubrir sus necesidades, lo cual no pudo acreditar, por lo que en Primera Instancia el Sexto Juzgado Especializado en Familia falla disuelto el vínculo matrimonial, infundada la pretensión accesoria del cese de la obligación alimentaria y ordena al demandante pague la suma de S/. 12,000.00 a partir de la presente resolución. La demandada contesta y solicita reconvención de Indemnización por Daño Moral. La demandada apela y en sentencia de Segunda Instancia declara fundada la demanda, disuelto el vínculo matrimonial, infundado la pretensión accesoria, el cese de obligación alimentaria. Revocaron la misma en el extremo que declaró fundada en parte la reconvención de Indemnización y reformándola la declararon infundada. La demandada interpone Recurso de Casación contra la Sentencia de Vista. Casaron la resolución impugnada y confirmaron la sentencia apelada en cuanto declara fundada en parte la reconvención sobre Indemnización y ordena pague a favor de la demanda la suma de S/. 12,000.00 soles. Expediente Penal: Que, el presente es una síntesis del proceso penal sobre el delito de robo agravado delito contra el Patrimonio a cargo del Juzgado Penal de Turno Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima, signado con el Expediente N: 47960 -2009-0-1801-JR-PE –00, en la cual, la Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Villa María del Triunfo busca determinar la responsabilidad penal del Imputado es así; Formalizo Denuncia Penal contra G.S.M.(23), como presunto autor del delito contra el Patrimonio en la modalidad de ROBO AGRAVADO en grado de Tentativaen agravio de Santiago Máximo Torres Aguilar .El Cuadragésimo Sexto Juzgado Penal de Lima de la Corte Superior de Justicia de Lima. En mérito de la denuncia formalizada por la Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Villa María de Triunfo , con fecha 7 de noviembre del 2009 abrió instrucción en vía ordinaria contra G.S.M. por el delito contra el patrimonio –ROBO AGRAVADO en agravio de M.T.A. dictándose mandato de detención .-teniendo la condición de reo en cárcel el procesado G.S.M. ENCONTRANDOSE RECLUIDO EN EL CENTRO PENITECIARIO NUEVO IMPERIAL CANTERA ALTA-LIMA , con fecha 07 de noviembre del 2009.Que, la Cuarta Sala Penal para Proceso con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima; mediante sentencia de fecha 26 de julio del 2011. Condena a G.S.M. por la comisión de delito contra el Patrimonio –ROBO AGRAVADO en grado de tentativa en agravio de Santiago Máximo Torres Aguilar como tal le IMPUSIERON 15 AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD, asimismo; ordenaron que el sentenciado pague la cantidad de un mil nuevos soles por concepto de reparación del agraviado. El Fiscal Superior interpone recurso de nulidad alega que está plenamente acreditado el delito y la responsabilidad del encausado G.S.M., asimismo el condenado G.S.M. interpone recurso de nulidad, concedido el recurso interpuesto los autos fueron elevados al superior jerárquico con la debida nota de atención. La Sala Penal Transitoria resuelve: declarar no haber nulidad en la sentencia, del 26 de julio del 2011en el extremo que condena al encausado Gerardo Cosme Muñoz por delito de robo agravado en grado de tentativa en agravio de S.T.A. y HABER NULIDAD EN LA MISMASENTENCIA, EN LA PARTE QUE IMPUSO AL CITADO ENCAUSADO quince años de pena privativa de libertad, y reformándola IMPUSIERON 12 AÑOS deprivación de libertad

    Expediente penal: el delito contra la fe pública, falsedad genérica N°3529-2004

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    Expediente Civil: La presente demanda de desalojo por ocupante precario, la interpone la Sra. Vcontra el Sr. P.con fecha 02 de marzo de 1998, solicitando que desocupe el inmueble de su propiedad ubicado en la Unidad Vecinal de Mirones Block 71-Departamento 436 segunda etapa, inscrita en la ficha registral N.º 326179 del Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de Lima.Con fecha 04 de mayo de 1998 el demandado propuso Excepción de Cosa Juzgada en el proceso que se sigue ante el 29 Juzgado Civil de Lima, sustentando que los padres de la demandante tramitaron una demanda de desalojo por ocupante precario en el año 1994 ante el 4º Juzgado Civil de Lima idéntico a la demanda que está interponiendo, con la finalidad que el demandado conjuntamente con otras personas desocupen el bien, esa demanda fue infundada y confirmada con Resolución emitida por la Primera Sala Civil Superior de Lima. El demandado contestó la demanda negándola y contradiciéndola que no se encuentra en calidad de ocupante precario y que le asiste el derecho de ocupar el bien materia de litis.La Audiencia Única, se llevó a cabo el 06 de agosto de 1998 realizándose el Saneamiento Procesal, en el cual se declaró infundada la Excepción de Cosa Juzgada propuesta, se fijaron los puntos controvertidos, se actuaron y admitieron los medios probatorios y se realizó el informe oral, para después emitir sentencia mediante Resolución Nº12 de fecha 31 de diciembre de 1998 en la cual se declaró infundada la demanda interpuesta por la demandante con costas y costos.La demandante interpuso Recurso de Apelación contra la sentencia emitida, elevándose los autos a la Sala Superior para que mediante Resolución Nº5 de fecha 19 de abril 1999 revoquen la sentencia emitida y reformándola la declararon fundada. El demandado interpuso Recurso extraordinario de Casación al no estar conforme con lo resuelto por la Sala Superior.La Corte Suprema, declaró improcedente el Recurso de Casación interpuesto por el demandado P.sustentando que dicho recurso no cumple con los presupuestos establecidos y también no ha demostrado el agravio casatorio. Condenaron al pago de costas y costos y a una multa de tres Unidades de Referencia Procesal.Expediente Penal: El presente proceso se inicia cuando en un encuentro deportivo realizado entre los equipos Club Alfonso Ugarte contra el Club Deportivo Seguro Social Abraham Valdelomar de la Liga Deportiva de la ciudad de Ica y en la cual resultó ganador el equipo Club Deportivo Abraham Valdelomar, el equipo perdedor presentó una queja impugnando los resultados del encuentro debido a que uno de sus jugadores el señor CarlosA.había sido inscrito en forma irregular para su participación deportiva, ya que éste jugador debía firmar su transferencia de equipo el 31 de diciembre del 2001 y lo firmó el 28 de diciembre del 2001 fecha que no se encontraba dentro del territorio nacional hecho que lo acreditan con el documento migratorio Nº0051318 el cual nunca fue emitido por la entidad pública de migraciones. Posteriormente la Dirección General de Migraciones y Naturalización, evidenciando hechos fraudulentos procede a denunciar estos sucesos ante la autoridad correspondiente.El juzgado penal de Ica, emite el Auto Apertorio de Instrucción en la Vía Sumaria contra los inculpados R., My F.como autores del delito contra la Fe Pública -Falsedad Genérica en agravio de la Dirección General de Migraciones y Naturalización. Se realizaron las diligencias correspondientes a la etapa de instrucción, entre ellas las declaraciones instructivas de los investigados, culminada las diligencias el representante del Ministerio Público tratándose de un proceso penal que se ha tramitado en la Vía Sumaria emite dictamen acusatorio indicando que se encuentra acreditada la comisión del ilícito penal así como la responsabilidad de los procesados, solicitando se le imponga cuatro años de pena privativa de libertad y al pago de cuatro mil nuevos soles por concepto de reparación civil a favor de la entidad agraviada.El juzgado penal emite sentencia que falla declarando el sobreseimiento de la acción penal a favor del inculpado Roberto Morón Rojas y falla condenando a Manuel Hernández Quiroz como autor y responsable del delito contra la Fe Publica-Falsedad Genérica y le impusieron dos años de pena privativa de libertad efectiva y cuya ejecución se suspende en forma condicional por el plazo de un año sujeto a cumplimiento de reglas de conducta y al pago de trescientos nuevos soles por concepto de reparación civil en agravio del estado. Se reserva el juzgamiento del acusado Francisco Becerra Uribe hasta que sea habido o se ponga a derecho. La sala penal de la corte superior de justicia de ica, valora la sentencia del juez penal de primera instancia y resuelve Confirmar la sentencia apelada, fallo que el sentenciado Francisco Becerra Uribe interpone recurso de Nulidad la cuál fue declarada Improcedente, ante ello interpuso recurso de queja y la sala penal de la corte suprema llega a la conclusión que el delito ha prescrito en el tiempo y resuelve Haber Nulidad en la propia sentencia y reformándola declararon de oficio Prescrita la Acción Penal

    Influencia del sistema de costeo en la toma de decisiones gerenciales de la empresa Metico S.A. Lima, 2015

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    El presente trabajo de investigación comprende el análisis del sistema de costeo apropiado para que se pueda tomar decisiones gerenciales en la empresa METICO S.A.C. Así mismo se hace un análisis del tipo de costeo que es recomendable adoptar para tener un control actualizado y eficiente de los costos, ya que los costos que se tienen son estándar y no reflejan sus costos reales. Esto se debe a que el precio de los metales varía por diversos factores globales, entonces se requiere que el sistema de costeo sea llevado me manera constante. También se ha podido analizar que, al no contar con los costos reales de los productos no se pueda hacer una proyección ideal del presupuesto de gastos y costos, no pudiendo analizar qué producto es más rentable y cuál no, tampoco la exactitud del punto de equilibrio y el récord de ventas para la proyección. Si no se cuenta con esa información no se pueden tomar decisiones generales relevantes y eficientes. Para ello, se ha solicitado información diaria de cada proceso de producción desde que se adquiere el producto hasta su transformación lista para la venta, con ello se midió el tiempo total de cada proceso y la utilización de los insumos y suministros. Se concluye que un Sistema de costeo es una herramienta eficaz que ayuda a controlar, planificar y presupuestar razonablemente los bienes de la organización, por lo tanto, es importante para la toma de decisiones gerenciales

    Expediente laboral: desnaturalización de contrato 01576-2013-0-1601-jr-la-04

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    En el presente proceso, la demanda es interpuesta por Rocio del Pilar CERNA DIAZ contra el poder judicial, referente a desnaturalización de contrato de trabajo y homologación de pago de bono jurisdiccional, en el expediente asignado con el número 1576-2013 seguido por el cuarto juzgado laboral de la corte superior de justicia de la libertad. En la demanda, la demandante fundamenta su petitorio respecto a la desnaturalización del contrato indicando que con fecha 14 de septiembre del año 1998, la peticionante ingresó a laborar para la demandada – Poder Judicial – en el cargo de asistente judicial, labores que realizó en la corte superior de justicia de la libertad, que , la contratación en dicho cargo, se estableció bajo la modalidad de servicios no personales, posteriormente, contratos sujetos a plazo fijo, contratos que eran renovados paulatinamente. Asimismo, el cargo desempeñado, lo acredita con sus boletas de pago, los documentos señalados precedentemente, obran como anexos en la presente demanda, además que desde el 14 de septiembre del año 1998, fecha en que inicio su vínculo laboral con la demandada, se le hizo suscribir diversos contratos bajo varias modalidades, los mismos que eran renovados cada cierto periodo. pero dicha contratación modal a la que estuvo sujeta desde el 14 de septiembre de 1998 hasta septiembre del 2005, se encuentra totalmente desnaturalizada, dado que, realizó labores propias y permanentes, inherentes a la demandada – poder judicial – sin que se presenten todos los requisitos formales que exige la contratación modal (a plazo fijo), razón más que suficiente que acredita la desnaturalización de su contratación y por ultimo expuso que queda plenamente acreditada la naturaleza permanente y ordinaria de las actividades realizadas, por lo tanto la desnaturalización de la contratación se encuentra debidamente demostrada, por lo que deberá ordenarse a la demandada a reconocerla como trabajadora permanente desde el 14 de septiembre de 1998. Por otra parte respecto al otorgamiento de bonificación por función jurisdiccional, la demandante teniendo presente que se desnaturalizó su contrato de trabajo bajo los alcances del decreto legislativo N°728, contratación a plazo indeterminado, en dicha fecha se encontraba presente la Resolución Administrativa del titular del pliego del Poder Judicial n° 193- 99-SE-TP-CME-PJ, la misma que solamente excluía al personal contratado a plazo fijo, para el otorgamiento de bonificación por función jurisdiccional; luego, se emitió la Resolución Administrativa N° 56-2008-p/pj del 29 de febrero del 2008, la misma que condiciona su otorgamiento, esto es, establece que el trabajador sea permanente y que haya acumulado cinco años de labores ininterrumpidas; por último, hoy en día, las resoluciones administrativas antes aludidas se han dejado sin efecto, puesto que se encuentra vigente la Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial N° 305- 2011-p/pj que se otorgara bonificación por función jurisdiccional a los auxiliares judiciales y personal administrativo N° 276 y N° 728 respectivamente. Por último, respecto al pago de costos del proceso e intereses legales, exige que , la demandada debe cancelar en atención a lo previsto en el artículo 16°, el cual establece el reconocimiento expreso de los costos del proceso, pero en su séptimo considerando de la nueva ley procesal del trabajo los procesos laborales que el estado está condenado a pagar los costos del proceso

    Mejoramiento del proceso manual del control de inventario físico de las existencias en la empresa Glamur S.R.L. del centro comercial Plaza Norte, 2017

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    El objetivo de la investigación, fue analizar el sistema de control de inventarios físicos de las existencias y proponer alternativas de solución, para mejorar el sistema de toma de inventarios por uno automatizado, con la cual, reduciríamos los tiempos de ejecución y los gastos administrativos que se generan por pago de personal por trabajo nocturno, refrigerio y movilidad en la empresa GLAMUR S.R.L. del centro comercial plaza norte en la ciudad de Lima ,2018. En la investigación de campo, para la obtención de la información de inventarios físicos de las existencias, se ha utilizado la técnica de la observación participante, en la cual, describimos todo lo observado, detallando las falencias en el proceso y ejecución del levantamiento de la información de control de inventarios físicos en la empresa GLAMUR S.R.L

    Expediente penal N°289-2001. Robo agravado

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    Don Oswaldo Víctor Cano Linares, con fecha 09 de Mayo de 1,996, interpone demanda de DESALOJO POR OCUPANTE PRECARIO contra don Manuel Graz Cacha, para que proceda a desocupar el inmueble ubicado en La Calle 75, Manzana 106, lote 03 del Asentamiento Humano Los Norteños del distrito de Los Olivos. El accionante argumenta los hechos en la demanda que con el demandado le unía una relación de amistad y que debido a sus suplicas de no tener donde residir, en 1994 le permitió ocupar el interior del inmueble de forma verbal dándole plazo hasta que consiguiera un lote de terreno en el mismo Asentamiento Humano, llegando a ocupar hasta el momento de la interposición de la demanda, tres habitaciones de construcción de adobe y techos de esteras en forma provisional. Siendo que hasta la fecha, se viene negando a restituir el inmueble de la propiedad, además aparte de ellos, se ha venido apropiando en forma sistemática del pasadizo, cocina y baño de la propiedad en el que además a introducido a terceras personas, que afectan no solo a la propiedad, si no al libre tránsito que se debe tener en la propiedad

    Prescripción adquisitiva de dominio de la cuota ideal de su propietario en el código civil, 2019

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    La presente investigación denominada “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DE LA CUOTA IDEAL DE SU PROPIETARIO EN EL CODIGO CIVIL, 2019”, tuvo como objetivo principal el “Establecer la manera en que la falta de una regulación que permita a un copropietario adquirir por prescripción adquisitiva la cuota ideal de su copropietario incide en el tráfico jurídico de bienes, en el ordenamiento jurídico civil, año 2019”. En el capítulo I se desarrolló el marco teórico en donde se abordó la figura jurídica de la prescripción adquisitiva, desarrollándose su naturaleza jurídica con sus elementos, asimismo se desarrolló la figura jurídica del tráfico jurídico de bienes regulado en el ordenamiento jurídicos civil y su importancia en el tráfico de los bienes inmuebles en nuestro país. En el capítulo II se abordó el marco metodológico, estableciéndose que es un tipo de investigación aplicada, de nivel explicativo de diseño no experimental en la cual tuvo un enfoque mixto debido a la utilización de una base estadística que se aplicó a los encuestados, utilizándose para ello una muestra no probabilística para elegir a los jueces, fiscales y abogados especialistas en derecho civil Finalmente se concluyó que falta de una regulación que permita a un copropietario adquirir por prescripción adquisitiva la cuota ideal de su copropietario incide positivamente en el tráfico jurídico de bienes, en el ordenamiento jurídico civil

    La serie japonesa “Dragon Ball Z” y su influencia en la conducta social de los jóvenes y adultos de 20 a 40 años en el distrito de Lince: agosto 2019

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    La investigación titulada SERIE JAPONESA “DRAGON BALL Z” Y SU INFLUENCIA EN LA CONDUCTA SOCIAL DE LOS JÓVENES Y ADULTOS DE 20 Y 40 AÑOS EN EL DISTRITO DE LINCE 2019. Tiene por problema genera: ¿De qué manera la Serie Dragón Ball Z influye en la conducta social de los jóvenes y adultos de 20 a 40 años de edad, en el Distrito de Lince, año 2019? Tiene por objetivo general: Determinar el comportamiento que genera la serie “Dragon Ball Z” en jóvenes adultos en su vida cotidiana y frente a la sociedad. La gran acogida masiva que llego a tener esta animación, y la gran controversia que generó por el contenido de ellos (violencia descontrolada, ambigüedad de género, etc.) lo cual ha llevado a un estudio extenso, que particularmente es el foco de atención en las consecuencias que estos animes causan en los telespectadores, sobre todo en los menores de edad. Sin embargo, este campo de estudio se encuentra en un estado de apogeo de desarrollo, ya sea en nuestro país como en el resto del mundo. En este proceso, existen mediaciones latentes en la sociedad, las cuales ejerce cierta influencia entre la serie y la conducta social de los jóvenes y adultos. Según Vygotsky desde un enfoque psicológico y educativo para enriquecer perspectivas sobre relaciones entre jóvenes y adultos que conlleva a un contexto social la conducta de otro ser humano. Con esta investigación se propone realizar un estudio que permita señalar la influencia que establece la serie japonesa Dragón Ball Z en los jóvenes y adultos, específicamente es su conducta social o comportamiento en la sociedad

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