Repositorio Institucional Universidad Peruana de las Américas
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ROBO AGRAVADO 5498-2014
El presente resumen es una síntesis de un proceso civil sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio; interpuesto por el señor Marcelino García Camasi y la señora Demetria Zorrilla de García contra el Ministerio de Agricultura, ante el 1° Juzgado Civil del Callao con Expediente N° 504-2001-0-0701-JR-CI-01, en la cual, el demandante busca se declare propietario del lote 04 del Sector Puquial que formo parte del ex Fundo Oquendo, amparando su demanda en los artículos 950, 952 del Código Civil y el artículo 505 del CPC.
En la sentencia expedida por el primer Juzgado Civil del Callao, falla declarando improcedente la demanda; los demandantes interponen recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia que declara improcedente su demanda. Mediante resolución 15 y al amparo del artículo 367° del Código Procesal Civil, el 1° Juzgado Civil del Callao resuelve: conceder la apelación. Asimismo, la Sala Civil de la Corte Superior atendiendo la apelación presentada resuelve: REVOCAR la resolución de primera instancia; reformándola se declare Fundada en todos sus extremos.
El demandado el Ministerio de Agricultura a través de su procurador debidamente acreditado, interpone recurso de casación contra la sentencia emitida por la Sala Civil, sustentando su pretensión en dos causales: i) interpretación errónea del artículo 950 del Código Civil y por la inaplicación indebida del Decreto Legislativo N° 17716.
La Sala Suprema, mediante resolución del 11 de Agosto del 2005, resuelve: declarar Improcedente la casación formulada por el demandado.El presente resumen es una síntesis de un proceso penal sobre Robo Agravado en Grado de Tentativa -Delito contra El Patrimonio; contra Yark Anderson George Cornejo Seminario y Alejandro Emerson López Seminario, en agravio de Waldo Cheyene Álvarez Peláez, ante el 3° Juzgado Penal de San Juan de Lurigancho y signado con Expediente N° 5498-2014, en la cual, el Ministerio Publico busca determinar la responsabilidad penal de los imputados en el presunto delito tipificado en el artículo 188° y el 1er párrafo del inciso 4 del artículo 189° del Código Penal.
Realizadas las averiguaciones dispuestas y analizado los Medios Probatorios la Sala Penal Transitoria de San Juan de Lurigancho concluye en condenar a los sindicados a 12 años de pena privativa de libertad efectiva, por el Delito de Robo Agravado en Grado de Tentativa y S/. 1000 mil soles por concepto de reparación civil a favor del agraviado.
Asimismo, los sentenciados interponen Recurso de Nulidad de Sentencia, la cual es analizada por la Sala Penal Suprema, quien resolvió: no haber nulidad de sentencia en cuanto condenan a los sentenciados por el delito de Robo Agravado en grado de Tentativa, y si haber Nulidad de sentencia en el extremo que condeno a Alejandro Emerson López Seminario y reformulándola impusieron condena de 8 años de pena privativa de la libertad efectiva.This summary is a synthesis of a civil process on Domain Acquisition Prescription; filed by Mr. Marcelino García Camasi and Mrs. Demetria Zorrilla de García against the Ministry of Agriculture, before the 1st Civil Court of Callao with File No. 504-2001-0-0701-JR-CI-01, in which, the plaintiff seeks to declare himself the owner of lot 04 of the Puquial Sector that was part of the former Oquendo Estate, protecting his claim in articles 950, 952 of the Civil Code and article 505 of the CPC.
In the sentence issued by the first Civil Court of Callao, it fails declaring the lawsuit inadmissible; the plaintiffs file an appeal against the first instance judgment that declares their claim inadmissible. By resolution 15 and under Article 367 of the Civil Procedure Code, the 1st Civil Court of Callao decides: grant the appeal. Likewise, the Civil Chamber of the Superior Court, in response to the appeal filed, resolves to: REPEAL the first instance resolution; Reforming it, it is declared Founded in all its extremes.
The defendant, the Ministry of Agriculture, through its duly accredited attorney, lodges an appeal in cassation against the sentence issued by the Civil Chamber, sustaining its claim on two grounds: i) erroneous interpretation of article 950 of the Civil Code and for the improper inapplication of the Legislative Decree No. 17716.
The Supreme Chamber, by resolution of August 11, 2005, resolved: to declare the appeal made by the defendant inadmissible.This summary is a synthesis of a criminal proceeding on Aggravated Robbery in Degree of Attempt –Crime Against Heritage; against Yark Anderson George Cornejo Seminario and Alejandro Emerson López Seminario, to the detriment of Waldo Cheyene Álvarez Peláez, before the 3rd Criminal Court of San Juan de Lurigancho and signed with File No. 5498-2014, in which, the Public Ministry seeks to determine the criminal responsibility of the accused in the presumed crime typified in article 188 ° and the 1st paragraph of subsection 4 of article 189 of the Penal Code.
After the investigations established and the Evidence are analyzed, the Transitional Criminal Chamber of San Juan de Lurigancho concludes in sentencing the accused to 12 years of effective custodial sentence, for the Crime of Aggravated Robbery in Degree of Attempt and S /. 1,000 thousand soles for civil reparation in favor of the victim.
Likewise, those sentenced file an Appeal for Nullity of Sentence, which is analyzed by the Supreme Criminal Chamber, which resolved: there is no nullity of sentence as soon as they condemn those sentenced for the crime of Aggravated Robbery in the degree of Tentative, and if there is Nullity of sentence in the extreme that I condemn Alejandro Emerson López Seminario and reformulating it, they imposed an 8-year prison sentence of effective liberty.Trabajo de suficiencia profesiona
Expediente penal: delito contra la libertad sexual – violación de menor de edad. 3955-2001-pe
Expediente Civil Demanda: Mediante escrito postulatorio del 28-12-2005, dirigido al Juzgado especializado en lo civil, la Empresa San Miguel Operaciones SAC. Representado por su Apoderado Juan Daniel Torres Chaparro, interpuso demanda de desalojo por resolución de contrato de compromiso de compra venta de bien futuro, contra la Sra. Marianella del Carmen Queirolo Lozada A FIN DE QUE RESTITUYA EL Dpto.201, Urb. San Miguel, Prov. y Dpto. de Lima. Contesta la Demanda: con fecha 8-02-2012, negando y contradiciendo, y aduce la Excepción de Falta de Legitimidad para Obrar del Demandado deducida por la Demandada. Audiencia Única: con fecha 12-04-12, se dio la Audiencia Única declarando INFUNDADA, la Excepción de falta de Legitimidad deducida por la Demandada, quedando ACREDITADO, LA Relación Jurídica Procesal Valida entre las partes, declarando Saneado el Proceso. Primera instancia: El primer juzgado en lo Civil de Lima, ha analizado los medios probatorios y argumentos de las partes, teniendo como referencia loa arts. 911 y 923CC., Lo cual llega a la conclusión de declarar FUNDADA, la Demanda de Desalojo por Ocupante Precario. Recurso de Apelación: dentro del plazo de Ley 3 días, la Demandada interpone Recurso de Apelación, contra la Sentencia de Primera Instancia, ante el Juez de Primera Instancia, ante el Juez del PRIMER Juzgado Civil de Lima, bajo estas consideraciones Concede Apelación con efecto suspensivo. Segunda Instancia: Los Fundamentos por las cuales Confirmaron la Audiencia Única, que resuelve Declarando INFUNDADA, la Excepción de Falta de Legitimidad para Obrar del Demandante deducida por la Demandada y Revocando la
Sentencia de la Primera Instancia que falla declarando FUNDADA la demanda presentada por el demandante, Reformándola la declararon INFUNDADA dicha Demanda en los seguidos por San Miguel Operaciones SAC. Contra Marianella del Carmen Queirolo Lozada sobre desalojo por Ocupación Precaria y lo devolvieron. Recurso de Casación: San Miguel Operaciones SAC. Interpone recurso de Casación, contra la Sentencia de Vista a fin de que se confirme en todo su extremo la Sentencia de Primera Instancia que declara Fundada, se presenta dentro del Plazo de 10 días, declarando procedente el Recurso de Casación contra la Sentencia de Vista. Sentencia Casatorio: Declara FUNDADA el Recurso de Casación interpuesto por el Demandante en consecuencia CASARON la Sentencia de Vista, que revocando la Apelada declara INFUNDADA y actuando en Sede de Instancia Confirmaron la Sentencia Apelada de Primera instancia que declara FUNDADA la Demanda y en consecuencia ordena a la demandada restituya al demandante el inmueble ubicado en la Av. Rafael Escardo N°843-Dpto.201- Urb. Maranga, Distrito de San Miguel, Prov. y Dpto. de Lima, en un plazo de 6 días con Costas y Costos, Dispusieron la Publicación en el Diario El PERUANO, conforme a Ley, en los seguidos contra Marianella del Carmen Queirolo Lozada., por Ocupación Precaria y lo Devolvieron.
Expediente Penal -En cuanto al Fallo Emitido por la Sala Penal Transitoria valoro que la menor de iniciales C.M.C.S, FUE OBJETO DE Ultraje Sexual en reiteradas oportunidades por el acusado Hiladio Miguel Castillo Manrique, no obstante, por que el art.173 inciso 3, segundo párrafo del CP. Valido al momento del proceso por la reforma de la Ley N° 28704. -El Acusado señala en todo momento fue con su Consentimiento de la agraviada, es por ello que se declara inocente de los hechos que se le imputan. -No obstante, en el Juicio Oral dice que dirá la verdad y señala que se dio por las 3 vías el acceso carnal, contra su Voluntad y amenaza, corroborado con el Certificado Medico Legal} en la cual se concluye que la menor presentaba, signos de desfloración Completa e incompleta, asimismo los testimonios de los Vecinos de la Zona que refieren que la relación era de conocimiento de la comunidad.
-En la Primera instancia se le condena a Hiladio Miguel Castillo Manrique, por la comisión del Delito contra la Libertad Sexual-Violación de Menor de Edad a 20 años de PPL. Y 5 mil nuevos soles de Reparación Civil, y a Ana Melva Soria Ruiz como autora del Delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud- Aborto no Consentido, en agravio de la Menor identificada con la clave 236-2001, a 2 años de PPL. Suspendida en forma provisional por el periodo de prueba de 1 año. Recurso Impugnatorio: El Acusado Hiladio Miguel Castillo Manrique dentro del término legal presenta Recurso de Nulidad de Conformidad con el art. 300 del C de PP. Dictamen del Fiscal Supremo: Por lo expuesto esta Fiscalía Suprema Penal da su Opinión Declarando NO HABER NULIDAD, en la Sentencia elevada en grado. Resolución de la Corte Suprema: Declararon: NO HABER NULIDAD en la Sentencia Recurrida
Expediente N°02887-2014-6-1308-JR-PE-01, feminicidio calificado - en grado de tentativa
El presente trabajo de investigación y análisis comprende el expediente laboral N°00893-2014-0-1801-JR-LA-08, que se desarrolló ante el Octavo Juzgado Especializado Permanente del Trabajo, en vía de Proceso Ordinario Laboral, cuya materia es la Desnaturalización de Contratos Cas y Pago de Beneficios Sociales. Teniendo como sujetos procesales a Lizardo Enrique Torres Llanos como demandante y Municipalidad de San Isidro, representado por su alcalde Raúl Alejandro Cantella Salaverry como demandada. El mismo que contiene los siguientes acápites: comprende Síntesis de la Demanda, Síntesis de la contestación de la Demanda, así como se anexa, Fotocopia de los Recaudos y principales Medios Probatorios, Síntesis de la Audiencia Única de saneamiento, conciliación y pruebas admitidas, así como Síntesis de la Audiencia de Juzgamiento Anticipado, Fotocopia de la Sentencia del Juez Especializado, Fotocopia de la Sentencia de la Sala Superior, Fotocopia de la Resolución de la Corte Suprema, también Jurisprudencia de los últimos diez (10) años, así mismo Doctrina Actual sobre la materia laboral, también Síntesis Analítica del Trámite Procesal, y nuestra Opinión Analítica del tratamiento del asunto sub materia, conclusiones y recomendaciones. Del trámite del proceso, en la sentencia de primera instancia, se declaró infundada en todos sus extremos la demanda, por el contrario, en la sentencia de segunda instancia se revocó la sentencia apelada y reformándola declararon fundada la demanda, lo que fue ratificado por los Jueces Supremos de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema, al declarar improcedente el recurso de casación interpuesto por la entidad demandada, cuya opinión analítica, se detalla en el contexto del presente trabajo de suficiencia profesional
Expediente penal N°158-2005. Robo agravado.
El presente expediente, tiene como tema la obligación de dar suma de dinero contenida en un Titulo Valor, siendo en el presente caso la Única de Cambio, la identificación de los elementos suficientes para determinar que estamos ante una obligación cierta, expresa, exigible y liquidable para que el Juzgado pueda ordenar su mandato ejecutivo. Y, los contratiempos que debe afrontar la parte ejecutante cuando una Sala Superior no aplica el principio de temporalidad de la norma
Expediente en materia penal: violación de la libertad sexual
La Violencia Familiar o también llamada Violencia Domestica está muy extendida y trae graves consecuencias. La violencia realizada por la pareja es la más común en la vida de las mujeres, esto trae consecuencia de salud ya sea por violencia física o sexual seguido del ocultamiento que sigue rodeado de violencia. Violencia Familiar que sufren los niños que trabajan en las calles coaccionados por sus padres o por rufianes que se dedican a captarlos para llevarlos a las calles y forzarlos a trabajar. Este suceso ocurre a nivel mundial. La mayoría de estos problemas nace en la vulnerabilidad de las familias pobres. Los padres no ponen como prioridad la educación de sus hijos, anteponen la sobrevivencia inculcando que para poder vivir todo miembro de la familia debe trabajar. Algunos grupos familiares quieren poner justificación y legitimar en nombre de la disciplina y el amor los más feroces actos de violencia dejando a las personas en la depresión, desolación y angustia. Actualmente la sensibilidad de las personas en uso de su razón y el sentido común, hacen evidente que la violencia familiar genera sufrimiento, enfermedad y falta de capacidad y autoestima para afrontar el futuro. La Violencia dentro del seno familiar genera grandes y graves consecuencias en la vida de las personas que pasan de generación en generación a ser víctima o agresor. Lamentablemente hace siglos la Violencia Familiar ha creado sufrimiento y muertes al interior de las familias, hoy en día se hace público y se reconoce este tipo de violencia como una grave violación a los derechos humanos que obstaculiza el desarrollo normal de todo ser humano
Pensión alimenticia de los hijos nacidos dentro del matrimonio, Perú, 2020
El título de esta tesis es:
“Pensión alimenticia de los hijos nacidos dentro del matrimonio - Perú - 2020” Objetivo general:
Establecer el vínculo jurídico de la pensión alimenticia de hijos nacidos dentro del matrimonio, Perú, 2020.
Metodología: Jurídica-no interactiva.
Método: inductivo, deductivo, analítico, sintético, dialógico. Alcance: Exploratorio-descriptivo- Forma: Básica
Unidad de análisis: Libro de familia-CC. Paradigma: Cualitativo. Conclusiones .Este estudio ha concluido con los siguientes aspectos:
Primera: En la Roma antigua, el Pater families, tenía un poder casi absoluto, sobre los miembros integrantes de su familia. Podía hasta venderlos. De igual forma tenía poder sobre sus esclavos.
Segunda: Nuestro Código Civil, vigente desde 1984, los padres está obligados a brindar el derecho alimentario a los hijos e hijas. Hasta la edad de 28 años de edad, si continúan estudiando y tienen buenas notas.
Tercera: Los hijos extramatrimoniales, tienen el derecho alimentario obligatorio hasta la edad de 18 años. Salvo que tengan algún impedimento físico, situación en la que el padre, tiene toda la obligación alimentaria permanente
Expediente penal nulidad de resolución del tribunal fiscal N°01772-2012-0-1801-JR-CA-08
En el caso sub examine, se trata de una controversia de naturaleza tributaria en vía del proceso contencioso administrativo; y es que la demandante pretende que se declare la nulidad de la Resolución del Tribunal Fiscal N° 18762-1-2011 en la parte que confirma las Resoluciones de Intendencia; alegando que la SUNAT estableció una mayor deuda del Impuesto a la Renta por los ejercicios gravables 2002 y 2003, dictando los actos de determinación y multas contrarias a la Ley N° 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, siendo que esta ley establece la aplicación de la tasa del 5% para la determinación del Impuesto a la Renta. En primera instancia se declaró infundada la demanda, porque el Tribunal Fiscal centró su análisis a lo regulado en dicha Ley y su reglamento (D.S. N° 103- 99-EF) y que guardan relación con el análisis efectuado en su oportunidad por la SUNAT. En segunda instancia, se confirmó la sentencia del A Quo bajo el sustento de que la actora no habría actuado prueba que demuestre que los insumos utilizados para elaborar sus productos lácteos fueron producidos o
transformados en la zona; por el contrario, de los comprobantes de pago se ve que las latas de
leche utilizadas con esa finalidad, en su mayoría, correspondían al producto conocido comercialmente como Leche Pura Vida que no está comprendido en la referida ley; y que la demandante no ha logrado enervar las observaciones de la Administración Tributaria, respecto al origen de los productos utilizados como insumos de los productos manufacturados por aquella; tampoco ha enervado las observaciones a los porcentajes de su actividad principal; por lo cual la demandante no cumplió los requisitos que la Ley N° 27037 y su reglamento.
Finalmente, la Corte Suprema, en cuanto al año 2002, amparó la demanda y anuló en parte la
resolución del Tribunal Fiscal, pues no se había considerado al momento de resolver la Encuesta Económica Anual del ejercicio 2001, y en cuanto al año 2003, se denegó la demanda por no haberse cumplido con los requisitos exigidos por dicha ley y su reglamento, es decir, para la aplicación de la tasa del 5%, una de las condiciones de aplicación implica que la empresa beneficiada se dedique principalmente a las actividades comprendidas en la citada Ley, teniendo en cuenta que la determinación de la actividad principal de la empresa se efectúa sobre la base del ejercicio gravable anterior al ejercicio materia de fiscalización tributaria y atendiendo a la actividad que genere a la empresa un ingreso neto total igual o superior al 80%, conforme a dichas normas
El liderazgo y su influencia en el desarrollo institucional para mejorar el desempeño laboral en la institución educativa, 2019
La presente investigación titulada “El liderazgo y su influencia en el desarrollo institucional para mejorar el desempeño laboral en la Institución Educativa, 2019”, tuvo como objetivo general determinar la influencia del liderazgo directivo en el desarrollo institucional para mejorar el desempeño laboral del docente en la institución educativa; así como los objetivos inferenciales siguientes: Determinar la influencia del liderazgo en el cumplimiento de los objetivos trazados en el año 2019.Determinar la influencia del desarrollo institucional en la mejora de la calidad educativa. Determinar la influencia del desempeño laboral en los resultados finales del año escolar.
La siguiente pesquisa se dividió por capítulos, en el primero se expone la realidad problemática y su planteamiento, la misma que está relacionada a las variables liderazgo, desarrollo institucional y desempeño laboral; en el segundo capítulo se presenta la recopilación de trabajos previos que fortalecieron y enriquecieron la investigación formando parte de los antecedentes nacionales e internacionales y las teorías relacionadas con el tema.
Para ello, el trabajo se efectuó de manera descriptiva a fin de poder determinar si el liderazgo influye en el desarrollo institucional para mejorar el desempeño laboral en la institución educativa
Aplicación de un sistema de información contable computarizado y su incidencia en la elaboración de los estados financieros en Gamel S.R.L, Magdalena del Mar, Lima 2019
La presente investigación llevará el título de “Aplicación de un sistema de información
contable computarizado y su incidencia en la elaboración de estados financieros en Gamel
S.R.L, Magdalena del Mar, en el año 2019”. Tesis de pregrado en la Universidad Peruana de
las Américas de Lima, Perú. Tiene como objetivo demostrar que imponer dentro de una
organización un sistema de información contable computarizada mejora significativamente la
elaboración de los estados financieros de Gamel SRL. La población está integrada por quince
trabajadores y la muestra estará integrada por quince trabajadores. El trabajo se enfoca en el
estudio cuantitativo debido a que busca una explicación y control de las actividades
operativas para poder elaborar los estados financieros de manera oportuna, y así se pueda
tener una mejora en la rentabilidad, así favorece la toma de decisiones de forma integral;
también con ello, se estaría minimizando los sobregiros, disminuyendo los gastos operativos
innecesarios. El diseño es descriptiva, No experimental; ya que se explorará la aplicación del
sistema procesador de data digital contable y analizaremos su incidencia con la elaboración
de estados financiero. El método usado es análisis documentario, cuestionario y el
mecanismo de investigación que se utilizó fue la encuesta. Entonces, se infirió que es
sumamente importante incorporar un método de información contable computarizado, para
crear rapidez en el trabajo a los colaboradores y con la intención de dar una información útil,
necesaria y oportuna, los estados financieros pueden ser entregados de forma inmediata
siempre y cuando se ingrese la información del periodo. Se recomienda que los directivos
implementar un sistema, siendo así habrá un control de la mercadería ingresada, la
mercadería que se vende, las actividades operativas diarias, un mejor orden y entendimiento
para todos los usuarios
La auditoría financiera y su relación con la rentabilidad económica de la empresa Clave publicitaria digital E.I.R.L. del distrito de Lima Cercado, Lima 2019
La presente investigación titulada: “La Auditoría financiera y su relación con la
Rentabilidad económica de la empresa Clave Publicitaria Digital E.I.R.L. del Distrito de
Lima Cercado, Lima 2019”, tiene como objetivo principal establecer la relación entre la
variable independiente, Auditoria financiera,con sus dimensiones: Estados financieros,
papales de trabajo e informe final; y la variable dependiente, Rentabilidad económica, con
sus dimensiones: Ratio de rentabilidad económica, ratio de rentabilidad financiera y ratios
de liquidez; siendo la problemática planteada la disminución de los ingresos por ventas,
disminución de las cobranzas, falta de liquidez, no se conoce la rentabilidad sobre los
activos y tampoco sobre el capital invertido, los resultados acumulados y otros rubros;
afectando la rentabilidad económica de la empresa.La metodología utilizada comprende una
investigación de enfoque cuantitativo, de tipo básica, teórica o fundamental, de nivel
descriptivo y correlacional, de diseño no experimental, de corte transversal, pues el estudio
se realiza el año 2019. El estudio muestra las deficiencias en los resultados de la
rentabilidad económica, considerando que la gestión empresarial tiene dificultades para
organizar un sistema de ventas que permita incrementar los ingresos, aumentando los
activos, aumentando las utilidades y por ende, aumentando el patrimonio, el capital y
cubriendo todas sus obligaciones pendientes de pago. Asimismo se da a conocer que
probablemente existen indicios de fraudes financieros, ocultamiento de información en la
parte contable, descontrol en los gastos y egresos u otros rubros a analizar; pues, para
conocer la real situación económica se está considerando realizar una auditoría financiera, a
fin de revisar y verificar a los estados financieros de los años 2018 y 2019, considerando las
diferencias que existen, pues en el 2018 la utilidad neta y los resultados del ejercicio fue
mayor frente al 2019