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    18593 research outputs found

    La asistencia religiosa a las fuerzas armadas y de seguridad

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    El derecho fundamental a la Libertad Religiosa incluye el derecho a la asistencia religiosa: de las personas a recibirla, y de las confesiones religiosas a brindarla Ese derecho presenta aristas particulares en situaciones “de especial sujeción”, como es el caso de las Fuerzas Armadas y de seguridad. El artículo explora la situación en la República Argentina y la necesidad de ampliar los actuales servicios religiosos de las Fuerzas, para garantizar ampliamente el derecho a la asistencia religiosa.The fundamental right to religious freedom includes the right to religious assistance: for individuals to receive it, and for religious denominations to provide it. This right presents particular challenges in situations of “special restriction”, such as the Armed Forces and security forces. This article explores the situation in the Argentine Republic and the need to expand the current religious services of the Forces to broadly guarantee the right to religious assistance

    ¿Cómo opera la buena fe en el ámbito de los derechos reales?

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    La buena fe contemplada en el artículo 9 del Código Civil y Comercial resulta ser un instituto de primigenia importancia en el ámbito del derecho a tenor de que irroga sus consecuencias a todo el ordenamiento jurídico. Tal es la explicación de su emplazamiento legislativo dentro del Título Preliminar. Consecuentemente, también proyecta su virtualidad en el campo de los derechos reales. Ha sido elegido como tema de ponderación de la Comisión 6 de Derechos Reales de las XXX Jornadas Nacionales de Derecho Civil, a celebrarse en Corrientes, en septiembre de 2025. Cabe observar que se ha adoptado una metodología distinta de los encuentros previos: no se discutirá un derecho real en particular como se hiciera en el pasado. Por ejemplo, en las XXIX Jornadas Nacionales de Derecho Civil, evento que tuvo lugar en la Universidad Austral, sede Pilar, en septiembre de 2024, el enfoque doctrinario ponderó la superficie como eje central

    Estudio de títulos y la buena fe de los terceros subadquirentes

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    La buena fe, entendida como una conducta leal y honesta entre los sujetos, establece un estándar ético fundamental en el ejercicio de los derechos, manifestándose en un vasto espectro de áreas y relaciones jurídicas. Considerada la clave de bóveda del sistema jurídico no solo provee soluciones ante las lagunas o la ambigüedad en las normas, sino que también subraya la esencia del derecho como un orden social justo e instrumento vital para la convivencia pacífica. De este modo, contribuye de manera decisiva a la generación de certeza y seguridad jurídica. Es este protagonismo de la buena fe que transita en nuestra historia jurídica desde el Derecho Patrio, tratada en el Código Civil (CC) y su reforma de la ley y revisitada por el Código Civil y Comercial (CCC), que abreva en el derecho romano y se proyecta a futuro en tiempos de innovación digital. En el ámbito de los derechos reales se potencia esta centralidad en materias como la posesión, la prescripción adquisitiva o la protección de los terceros subadquirentes. Con relación a estos últimos, la buena fe se complementa con el justo título para poner en marcha un haz de mecanismos protectorios de su derecho entre los que tiene preeminencia la posibilidad de plantear la usucapión breve para poder adquirir en forma originaria el derecho real. La prueba de esa buena fe es un proceso en el que se conjuga el derecho de fondo y el derecho de forma, pero ¿cuán relevante es el estudio de títulos para probar la existencia de buena fe? ¿Es obligatorio, facultativo o revestirá uno u otro carácter de acuerdo con las circunstancias establecidas en la norma? ¿Cuál es su finalidad? Demostrar la buena fe, prevenir daños, acreditar diligencia profesional, contribuir a la seguridad jurídica o abarca a todas ellas En este trabajo se realizará una aproximación a estos temas con especial hincapié en el rol del estudio de títulos en el análisis de la buena fe de los terceros subadquirentes y sus efectos jurídicos

    GODIO, Leopoldo M. A., (2024) La transferencia de competencias supranacionales en los procesos de integración regional. Buenos Aires, El Derecho, 118 págs.

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    En esta ocasión, tengo el agrado de reseñar una de las últimas obras escritas por el reconocido abogado y académico Leopoldo Godio, titulada La transferencia de competencias supranacionales en los procesos de integración regional, ganadora del “Premio doctor Jorge S. Fornieles” de la Editorial El Derecho, edición 2023 Tras haber transcurrido treinta años desde la última reforma constitucional de 1994 en la República Argentina, que delinearon nuevos cambios en la organización política y jurídica, el autor aborda de manera novedosa y desde un enfoque multidisciplinar –teniendo en cuenta el derecho internacional, el derecho constitucional, el derecho de la integración, las relaciones internacionales, las ciencias políticas, la economía y la sociología– la inclusión del poco explorado artículo 75, inciso 24, con respecto a las facultades del Congreso de la Nación en el marco de los procesos de integración y de la transferencia de competencias supranacionales. En el texto constitucional, este inciso nos indica lo siguiente: “Corresponde al Congreso […] aprobar tratados de integración que deleguen competencias y jurisdicción a organizaciones supraestatales en condiciones de reciprocidad e igualdad, y que respeten el orden democrático y los derechos humanos. Las normas dictadas en su consecuencia tienen jerarquía superior a las leyes

    Roger Scruton y la autonomía de lo político

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    Este trabajo ofrece un panorama del pensamiento político de Roger Scruton, tomando como hilo conductor la autonomía de lo político y sus advertencias sobre los peligros de la revolución y de la moralización de lo político

    Por qué es tan difícil gobernar Argentina: Y cómo nuestros presidentes y coaliciones podrían hacerlo mejor, de Marcos Novaro

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    Reseña del libro "Por qué es tan difícil gobernar Argentina" de Marcos Novar

    Bioética e inteligencia artificial en la evaluación de tecnología sanitarias de Argentina. Conferencia en la I Jornada Bioética e Inteligencia Artificial: desafíos y perspectivas. Mesa 1 "Tecnologías modeladas por datos en salud"

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    La Comisión Nacional de Evaluación de Tecnologías Sanitarias y Excelencia Clínica (CONETEC) en el Ministerio de Salud de Argentina es el organismo estatal para la Evaluación de Tecnología Sanitaria (ETESA). La CONETEC determina el “valor” de las tecnologías y realiza recomendaciones de cobertura mediante criterios clínicos, económicos, éticos y de salud pública, bajo procedimientos explícitos con calidad metodológica, transparencia y participación multidisciplinaria. El presente artículo resume la exposición de la CONETEC en la I Jornada Bioética e Inteligencia Artificial de la Universidad Católica Argentina de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sobre las buenas prácticas para la bioética y el potencial impacto de la Inteligencia Artificial (IA) en la ETESA de Argentina. Sección de la Conferencia: La Mesa de pacientes de la CONETEC está permanentemente conformada por cuatro representantes de Organizaciones de pacientes por enfermedades oncológicas, crónicas no transmisibles, poco frecuentes, y transmisibles, entre otros participantes no permanentes. Entre sus actividades se destaca la participación en la Mesa técnica, que determina el “Impacto en la equidad” de las tecnologías, donde se debe hacer frente a dilemas éticos. Las nuevas tecnologías con sistemas de IA son herramientas con el potencial de mejorar la ETESA pero con implicancias en la Bioética que debemos tener en cuenta. Conclusiones: El futuro de la ETESA en Argentina se presenta desafiante con el avance de la IA, pero tiene como punto de partida un organismo con experiencia y criterios éticos que es una política de Estado.The National Commission for the Health Technology Assessment and Clinical Excellence (CONETEC) within the Argentine Ministry of Health is the state agency for Health Technology Assessment (HTA). CONETEC determines the “value” of technologies and makes coverage recommendations based on clinical, economic, ethical, and public health criteria, following explicit procedures with methodological quality, transparency, and multidisciplinary participation. This article summarizes CONETEC’s presentation at the 1st Bioethics and Artificial Intelligence Conference held at the Catholic University of Argentina in Buenos Aires, on good practices for bioethics and the potential impact of Artificial Intelligence (AI) in HTA in Argentina. Conference Section: The CONETEC Patient Roundtable is permanently comprised of four representatives of patient organizations for oncological, chronic non-communicable, rare, and communicable diseases, among other non-permanent participants. Among its activities, its participation in the Technical Roundtable, which determines the “Equity Impact” of technologies, stands out, where ethical dilemmas must be addressed. New technologies with AI systems are tools with the potential to improve HTA, but they also have implications for Bioethics that we must consider. Conclusions: The future of HTA in Argentina is challenging with the advancement of AI, but it is based on an organization with experience and ethical criteria, which is a state policy

    Scriptorium. Nro. 42, 2025 (número completo)

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    La formación de futuros historiadores: la relectura de clásicos de la historiografía medieval / Gisela Coronado Schwindt; Juan Manuel Gerardi - La Historia Medieval desde Argentina / Casella, Azul Rocío Luna - Lecturas y relecturas pasadas y presentes del feudalismo. Comentario de La revolución del año mil. Lournand, aldea del Mâconnais, de la Antigüedad al feudalismo / Villagras, Eustaquio - Morir en el Occidente medieval. Representaciones de la muerte en la Edad Media. Comentario de Historia de la muerte en Occidente de P. Ariès / Corro, Martina - El comercio y sus actores en la visión de Jacques Le Goff / Sánchez Echevarría, María Emilia - La Edad Media entre nos: reescrituras contemporáneas del imaginario medieval hispánico - Casado, Mariana Alejandra / El viaje de Doña Jimena. El camino espiritual en la novela de Magdalena Lasala (2006) / Salgado, Gabriela - La Taberna de Silos, Gonzalo de Berceo como personaje histórico y como protagonista de una ficción. / Rodríguez, Evelyn - La representación del maestro y del discípulo en Iacobus de Matilde Asensi / Godoy Gioia, Erika - La representación de los animales en El nombre de la rosa de Umberto Eco / Lalli, María Elen

    Dalmacio Vélez Sarsfield, el gran precursor de la reparación del daño moral

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    I. El hombre que se anticipó cien años a lo que vendría. – II. La involución del art. 1078 del Código de Vélez Sarsfield. De una norma de avanzada a un obs táculo para alcanzar soluciones justas. – III. La polémica interpretativa en torno al texto del viejo art. 1078 del Código Civil derogado. – IV. El daño moral y el pensamiento de Vélez Sarsfield en los Proyectos de Reformas anteriores a la ley 17.711 y en el “III Congreso Nacional de Derecho Civil”. a) El Anteproyecto de Bibiloni. b) El Proyecto de Reformas de 1936. c) El Anteproyecto de 1954. d) El “III Congreso Nacional de Derecho Civil”. e) La reforma introducida por la ley 17.711 al Código Civil derogado en materia de daño moral. f) La reparación del daño moral en los Proyectos de Unificación al Derecho Privado posteriores a la ley 17.711 y anteriores a la sanción del Código Civil y Comercial. – V. La reparación del daño moral en el Código Civil y Comercial y en el Anteproyecto de 2018. La influencia del pensamiento de Vélez Sarsfield. a) El Código Civil y Comercial. b) La reparación del daño moral en el Anteproyecto de 2018. – VI. Conclusiones

    Solubilidad en el tiempo de diferentes granulometrías de piedra caliza de Argentina

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    En este trabajo se comparan los valores de solubilidad de 3 granulometrías diferentes de carbonato de calcio, que se utilizan en las dietas de las gallinas ponedoras, provenientes de una cantera en San Juan, Argentina. Se calculó la solubilidad a los 30, 90 y 150 minutos, lo que permite adecuar las formulaciones de las dietas a los requerimientos de las gallinas ponedoras. Para la medición de la solubilidad in vitro se utilizó el método de Kim et al 2019. Los resultados para la solubilidad del carbonato de calcio a los 30, 90 y 150 minutos para las granulometrías chica (0.8 mm), mediana (1 a 3 mm) y grande (4 mm) fueron los siguientes: 96 ± 0,02; 92,78 ± 0,01; 95,23 ± 0,02; 69,49 ± 0,02; 95,83 ± 0,01; 94,32 ± 0,02; 44,65 ± 0,05; 90,08 ± 0,04; 95,07 ± 0,01 respectivamente. Hubo efecto de interacción, el efecto de la granulometría cambió con el efecto del tiempo. A los 30 minutos hubo diferencias en la solubilidad, pero a los 90 y 150 las diferencias no fueron significativas

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