Revista de Derecho Civil (Notyreg Hispania)
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    La virtualidad de la cláusula de pago a primer requerimiento para definir la naturaleza de las garantías autónomas. La problemática de la calificación jurídica / The virtuality of the payment on first demand clause for defining the legal nature of the autonomous guarantees. The problem of legal qualification

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    RESUMEN: Las garantías autónomas, nacidas en el marco del comercio internacional, han visto incrementada su aplicación notablemente en las últimas décadas, adquiriendo tipicidad social. Pese a ello, carecen de un régimen jurídico normativo, por lo que su configuración se ha desarrollado progresivamente por vía jurisprudencial. La doctrina del Tribunal Supremo al respecto ha acumulado notables críticas de gran parte de la doctrina. Uno de los más recientes y significativos pronunciamientos de nuestro Alto Tribunal es la STS 217/2019, de 5 de abril[1] . A partir del análisis de esta resolución vamos a tratar de exponer la dificultad de la determinación de la naturaleza jurídica de las garantías autónomas y la problemática de su distinción respecto de otras figuras afines, como la fianza; analizaremos las posiciones más relevantes de la doctrina sobre este extremo y ofreceremos propuestas de mejora respecto de la actual doctrina jurisprudencial de las garantías autónomas.  [1] Roj: 1126/2019

    VÁZQUEZ DE CASTRO, Eduardo y ESTANCONA PÉREZ, Araya Alicia, Mecanismos de defensa del deudor hipotecario de vivienda, Aranzadi, Cizur Menor, 2021

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    Recesión de la obra de los profesores Vázquez de Castro y Estancona Pérez, de la Universidad de Cantabria

    ESPEJO LERDO DE TEJADA, Manuel, Tendencias reformistas en el Derecho español de sucesiones. Especial consideración al caso de legítimas, Wolters Kluwer, Las Rozas (Madrid), 2020

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    Recensuón a la obra del profesor Espejo Lerdo de Tejada, de la Universidad de Sevilla

    La Directiva 2019\2161, de Modernización del Derecho de Consumo, por la que se conceden remedios individuales contra las prácticas comerciales desleales. ¿Un paso más hacia la estandarización del derecho privado de la Unión Europea? / Directive 2019\2161 on modernisation of consumer law that enshrines individual remedies against unfair commercial practices. A step further towards the standardisation of EU private law?

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    La Directiva (UE) 2019/2161 reforma la Directiva 2005/29/CE, sobre prácticas comerciales desleales (DPCD), e introduce un nuevo art. 11bis por el que se conceden a los consumidores afectados los remedios de indemnización de daños y perjuicios, reducción del precio y resolución del contrato. La regulación de estos remedios se difiere a los Estados miembros, que han de cumplir con los principios de equivalencia y efectividad del Derecho europeo. La armonización de las acciones que se conceden a los consumidores puede conllevar efectos sustanciales para los Derechos internos debido a las peculiaridades de la DPCD. En especial, el uso del estándar jurídico del «consumidor medio» como parámetro de deslealtad de una práctica comercial. A diferencia del Derecho privado tradicional, la DPCD recurre a un criterio abstracto de imputación. La importancia de la reforma se constata al enlazar las características de la DPCD con la noción objetiva de consumidor que emana del Derecho europeo y que ignora circunstancias personales de las partes. Todo ello demarca los límites que los legisladores de los Estados miembros han de respetar al transponer la Directiva (UE) 2019/2161 a los Derechos nacionales. 

    Daño moral por ocultación de la paternidad: Hacia la puesta en valor de la relación paterno-filial / Moral damages for hiding paternity: towards the enhancement of the parent-child relationship

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    En las dos últimas décadas ha comenzado a plantearse la posibilidad de indemnizar el daño moral causado en casos de ocultación de la paternidad. Aunque este planteamiento ha recibido cierta acogida en un sector de la doctrina y la jurisprudencia menor, el Tribunal Supremo ha negado la posibilidad de resarcir este daño al amparo del art. 1902 del Código Civil. Se pueden suscitar, sin embargo, situaciones que escapan de los planteamientos del alto tribunal en su sentencia de 2018, lo que lleva a reconsiderar sus razonamientos en el presente trabajo, sin perjuicio de que el art. 1902 del Código Civil no sea, posiblemente, la vía adecuada para encauzar el resarcimiento

    La resolución de los contratos por consumidores en tiempos de pandemia. Art. 36. 1 y 2 RD-ley 11/2020 / Resolution of contracts by consumers in time of pandemic. Article 36.1 y 2 DR-Ley 11/2020

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    El art. 36 RD-Ley 11/2020 se promulga con el propósito, no conseguido, de proteger al consumidor y usuario. Se le otorga un derecho de resolución de los contratos de compraventa de bienes y prestación de servicios cuando resultan imposibles de cumplir por la crisis sanitaria. La norma tiene una fuerte connotación económica y esconde o nos recuerda a instituciones clásicas del Derecho privado (la fuerza mayor, la imposibilidad sobrevenida, la cláusula rebus sic stantibus, etc). Se puede calificar como una norma de emergencia en tiempos de crisis, pero eso no justifica su técnica legislativa. El presente trabajo pretende abordar los aspectos más conflictivos de la norma analizando, entre otros, su supuesto de hecho, ámbito de aplicación o efectos. Se apuesta por una conservación del contrato sin olvidar la vulnerabilidad de las partes contratantes

    Transmisión de derechos al propietario de una copia fotográfica

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    La disociación entre soporte material y la obra en sí misma considerada no es algo nuevo, como tampoco lo es el hecho de que la adquisición de una fotografía, salvo pacto en contrario, no conlleva la asunción derechos de explotación, a excepción del derecho de exposición pública consagrado en el artículo 56.2 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectua

    La responsabilidad civil por daños causados por cosas caídas o arrojadas. Un comentario del art. 1910 del Código civil / Tort liability derived from damages caused by fallen or thrown things. A commentary on Article 1910 of the Spanish Civil Code

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    El presente Trabajo tiene su razón de ser en las numerosas dudas interpretativas que genera, a día de hoy, el art. 1910 de nuestro Código civil. Y es que estas no solo tienen una palmaria repercusión teórica, sino que, también, se manifiestan de manera frecuente en la práctica forense de nuestros juzgados y tribunales, y ello precisamente por la gran litigiosidad de la materia. Por ese motivo, el estudio de cada uno de los elementos que componen el meritado precepto se verá complementado con la jurisprudencia más relevante recaída al respecto, que, esperemos, arroje cierta luz sobre la parca conceptualización por la que opta el legislador de 1889

    BOTELLO HERMOSA, Pedro, El derecho real de habitación a favor de la persona con discapacidad, Aranzadi, Pamplona, 2021

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    Recensión a la obra del profesor Botello Hermosa, de la Universidad de Sevill

    Uso de bienes privativos en beneficio de la sociedad de gananciales

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    El artículo 1398.2ª del Código Civil prevé la inclusión en el pasivo de la sociedad de gananciales de unas partidas que compensen la consumición o el deterioro de los bienes privativos usados en beneficio de la familia. En el presente trabajo se plantea la posibilidad de dotar de una mayor virtualidad al citado precepto con la finalidad de poder neutralizar ciertos reembolsos que se inventarían en el activo de la sociedad de gananciales por la realización de mejoras o de adquisición de bienes privativos

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