Revista de Derecho Civil (Notyreg Hispania)
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Un análisis del marco normativo general en materia de reproducción humana médicamente asistida en el Derecho rumano / An analysis of the Romanian general legal framework regarding medically assisted human reproduction
Con la entrada en vigor del nuevo Código Civil, en el año 2011, el legislador rumano reguló por primera vez la reproducción humana médicamente asistida. Sin embargo, la regulación es sólo de carácter general, siendo aún necesaria la adopción de una ley especial al respecto. Además, el marco normativo general proporcionado por el Código Civil está lejos de ser claro e inequívoco, con múltiples y sustanciales ambigüedades derivadas del modo de regulación.En el presente estudio, nos propusimos analizar el régimen jurídico de la reproducción humana médicamente asistida desde la perspectiva del marco normativo general previsto en el Código civil rumano, señalando en particular los problemas que plantean las normas, pero también las particularidades de la regulación.En este sentido, desde otros puntos de vista, las reglas son extremadamente estrictas. Por ejemplo, no permiten la subrogación o el procedimiento por parte de una pareja del mismo sexo. En cuanto a las ambigüedades, el marco normativo general proporcionado por el Código Civil sólo regula la situación de la reproducción humana con un tercero donante, dejando al descubierto la hipótesis de la reproducción humana endógena, lo que crea problemas sustanciales, especialmente en la determinación de la filiación.Asimismo, persisten numerosas y sustanciales ambigüedades en cuanto a las formas de manifestación del consentimiento al procedimiento y, en especial, los supuestos de su ineficacia. Además, queriendo apartarse lo menos posible del derecho común, el legislador mantuvo las formas comunes de determinar la filiación en el procedimiento de reproducción humana médicamente asistida, hecho que, sin embargo, crea múltiples problemas en el intento de establecer la filiación, las normas del derecho común siendo difícil, si no imposible, de aplicar en este caso. Finalmente, también existen algunas incertidumbres sobre el régimen jurídico de la confidencialidad y, más precisamente, sobre sus límites en el contexto de la reproducción humana médicamente asistida.En el presente estudio, intentamos captar tanto los problemas derivados de la insuficiencia o falta de claridad de las normas, como proponer, en lo posible, soluciones
Acción de consentimiento y pago de precio en el contrato de hospitalización. Entre consumidores sanitarios, aseguradoras y prestación de servicios médicos / Provision of consent and payment of price in the hospitalisation contract. Between health consumers, insurers and medical service provision
Acudir a la sanidad privada es una decisión libre de cada persona. Es habitual que quienes decidan acudir a ella lo hagan porque tienen concertado un seguro de asistencia médica y confiados por su cobertura acuden a centros hospitalarios de gestión privada para el tratamiento de sus dolencias. Ahora bien, la práctica habitual en los hospitales es que cuando llega el paciente, este hace saber su condición de asegurado y es el hospital quien se encarga de comprobarlo y, más concretamente, de comprobar que el seguro concertado cubre la intervención que se realizará o el tratamiento que se prestará. En ocasiones, cuando el paciente llega al hospital firma en la hoja de ingresos una cláusula de compromiso de pago para el caso de que el seguro no le cubra la asistencia médica, mas sin indicarle el precio que tendrá que satisfacer en tal caso, aunque en otras ocasiones esto no sucede y el paciente no firma dicho compromiso. Llegado el caso de que el seguro no cubra la asistencia médica, ¿está el paciente efectivamente obligado al pago de ello? Los tribunales han llegado a soluciones contradictorias entre sí, sin seguir una única dirección
De la reforma suiza del Derecho sucesorio
Analizamos la Ley federal suiza, de dieciocho de diciembre de 2020, de reforma del Derecho sucesorio, que entrará en vigor el uno de enero de 2023, valorando las causas alegadas por el promotor de la iniciativa y su conexión con la reforma. También reflexionamos sobre las uniones civiles —que incluyen el matrimonio y las parejas de Derecho— para distinguirlas de las parejas de hecho. Por último, presentamos una teoría jurídicamente pura sobre las transmisiones patrimoniales entre esposos y la usamos para reflexionar sobre las que se producen en el régimen económico-matrimonial y el derecho sucesorio
Las iniciativas de la Unión Europea sobre inteligencia artificial: De la persona electrónica al difícil equilibrio entre la necesidad de impulsarla y evitar sus riesgos / EU initiatives on artificial intelligence: from electronic personnel, to the difficult balance between the need to promote it and avoid its risks
En el presente trabajo se analizan las iniciativas que, a lo largo de los últimos años, se han presentado en el marco de la Unión Europea sobre inteligencia artificial y se reflexiona sobre el difícil equilibrio que comporta la regulación de esa nueva realidad
La exterioridad del caso fortuito y la esfera de control / The exteriority of Force Majeure and the sphere of control
La situación de la exterioridad del caso fortuito en el ámbito chileno y probablemente en otros lados es, generalmente, desafortunada. Algunas incomprensiones relativas a su relación con la culpa oscurecen su ámbito y alcance. En este trabajo intentamos aligerar estos malentendidos e ilustrar el significado adecuado de este requisito del caso fortuito
SÁNCHEZ JORDÁN, Mª Elena y AFONSO RODRÍGUEZ, Mª Elvira, La serventía: Estudio jurisprudencial, Tirant lo Blanch, Valencia, 2022, 231 pp.
Recensión realizada por la profesora Julia Ammerman Yebra, de la Universidad de Santiago de Compostela
La responsabilidad del productor de vehículos autónomos en el marco de la (futura) legislación en materia de responsabilidad por daños causados por productos defectuosos / The liability of the producer of autonomous vehicles under (future) product liability legislation
La Directiva 85/374/CEE sobre responsabilidad por daños causados por productos defectuosos supuso un hito en el derecho de daños europeo. A pesar de que la directiva sigue en vigor, la Comisión Europea ya está trabajando en una nueva directiva que la reemplace. El motivo no es otro que adaptar la responsabilidad del productor de bienes a la era digital y, por ende, la inclusión de los bienes con elementos digitales dentro de su ámbito de aplicación. El presente artículo aborda el panorama del productor de vehículos autónomos a la luz de la legislación vigente y plantea algunos interrogantes que debería resolver la futura legislación en esta materia
El poder preventivo como medida de apoyo voluntaria para proteger los derechos morales de autor / The preventive power of attorney as voluntary support measure to protect author\u27s moral rights
El presente trabajo analiza la tutela de los derechos morales de autor que podría tener lugar a través del nombrado en poder preventivo. Se trata de un supuesto no contemplado por el legislador, en que el ejercicio del derecho por un tercero se produce durante la vida del autor, y por tanto se distingue del ejercicio post mortem auctoris previsto en los artículos 15 y 16 TRLPI. A primera vista, el carácter personalísimo e inalienable de los derechos morales de autor impediría que su defensa pudiera ser invocada por quien no fuera el autor mismo de la obra. Sin embargo, la indefensión de estos derechos que se produciría durante el tiempo en que el autor se viera impedido para ejercitarlos, unido al espíritu de la Ley 8/2021, que prioriza las medidas voluntarias de apoyo a la persona con discapacidad, convertiría el poder preventivo en el instrumento idóneo para lograr la tutela de los derechos morales de autor durante su situación de incapacidad. Ahora bien, los derechos mencionados en el artículo 14 TRLPI difieren entre sí, de manera que no puede darse una respuesta única para todos ellos, sino que es preciso el estudio separado de cada uno de los derechos morales de autor
Soluciones legales comparadas para erupciones volcánicas: los casos del Etna, el Stromboli y La Palma / Compared legal remedies for volcanic eruptions: the cases of Mount Etna, Mount Stromboli and La Palma Island
El presente trabajo aborda el tratamiento legal de las consecuencias materiales tras una erupción volcánica, partiendo de la experiencia italiana y española. En este sentido, se examinará primeramente la legislación italiana, que ha regulado parcialmente los efectos derivados de las erupciones volcánicas del Etna y el Stromboli. Seguidamente, se analizará la legislación española en ocasión de la erupción volcánica en la isla de La Palma, con especial atención a las medidas de apoyo en materia de daños, de protección de consumidores, los instrumentos registrales y notariales, así como la expropiación y sus beneficios en materia de accesión. Asimismo, se abordarán las soluciones en materia de reconstrucción de viviendas del legislador canario. Finalmente, se reservará un apartado para la propuesta de un tratamiento legal específico y adaptado a las cuestiones jurídico-privadas que no atiende la legislación ad hoc dispuesta
¿Existe un estatuto del consumidor vulnerable tras la reforma del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios? /Is there a statute for vulnerable consumers after the reform of the Consolidated Text of the General Act for the Defence of Consumers and Users?
El RDL 1/2021 y la posterior Ley 4/2022 introducen la noción de consumidor vulnerable en el TRLGDCU, procedente de la normativa europea. La vulnerabilidad del consumidor ya se había tenido en cuenta en la legislación autonómica y sectorial, pero con esta reforma aparece por primera vez en una normativa general de carácter estatal. El legislador español adopta una noción amplia de vulnerabilidad, que puede tener origen no sólo en condiciones personales y económicas, sino también en circunstancias educativas o sociales. Sin embargo, el reconocimiento legal de la vulnerabilidad del consumidor no ha implicado el establecimiento de una protección transversal. Esto es, no hay en el TRLGDCU un estatuto general del consumidor vulnerable, sino que las previsiones del legislador se traducen en normas aisladas, relativas fundamentalmente a los deberes de información precontractual y con incidencia casi nula en la etapa de ejecución del contrato. Y, además, multitud de cuestiones de concreta protección se dejan al desarrollo reglamentario