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¿Existe un derecho absoluto a la paternidad? Análisis de la normativa italiana desde una perspectiva comparativa.
En el ordenamiento jurídico italiano no existe un modelo de paternidad basado exclusivamente en el vínculo biológico entre el progenitor y el hijo.
Hoy en día, de hecho, como resultado del progreso científico–tecnológico y de la evolución cultural, pueden reconocerse tres tipos diferentes de paternidad que constituyen el status filiationis: la de procreación natural, la de adopción y la de procreación médicamente asistida. En estos dos últimos casos, en los que el aspecto voluntarista prevalece sobre el hecho biológico–genético, la paternidad se define como " social" o " afectiva". A ellas se añade la institución, prohibida en Italia, de la maternidad subrogada.
En particular, la regulación del parto por fecundación asistida ha dado lugar a un sistema familiar distinto y autónomo del modelo previsto por el código civil italiano.
El resultado es una relación nueva en su génesis respecto al concepto tradicional de familia, basada en un proyecto de paternidad compartida por una pareja, siempre que sean de distinto sexo, casados o convivientes, en edad potencialmente fértil, y que ambos vivan.
Por lo tanto, los menores y las parejas del mismo sexo quedan excluidos de esta lista: esta circunstancia, en lo que respecta a la segunda categoría, ha dado lugar al denominado turismo procreativo.
Las diferencias en la legislación sobre este procedimiento han hecho que las parejas que desean recurrir a esta práctica – si está prohibida o sólo permitida de forma limitada en su propio ordenamiento jurídico – acudan a uno de los países donde es legal, y luego soliciten la transcripción del certificado de nacimiento del menor una vez de vuelta en su propio país.
Esta realidad ha dado lugar a una evidente fragmentación de las soluciones jurídicas y a la consiguiente incertidumbre sobre la situación de los menores nacidos en un contexto transnacional, abriendo la puerta a una especie de "derecho a procrear" que va más allá de lo previsto strictu sensu por la letra del Derecho nacional.
La jurisprudencia italiana, de hecho, tiende a legitimar a priori la formación de la partida de nacimiento, refrendando luego su transcripción, dando gran relevancia en la parte dispositiva de la sentencia al best interests of the child.
Esto corre el riesgo de ser engañoso y ocultar la perspectiva real que inspira estos pronunciamientos.
En cambio, parece que los planteamientos alcanzados son indicativos de cómo se aborda el examen de esta cuestión de forma frontal y directa desde el punto de vista de los padres.
En este archipiélago de modelos de agrupación familiar, de hecho, los menores se ven a menudo implicados en las elecciones adultocéntricas de sus padres y sufren inconscientemente las consecuencias de sus relaciones afectivas orientadas a la satisfacción exclusiva de las necesidades individuales y existenciales de la vida familiar.
Por ello, en una labor interpretativa encaminada a lograr el mejor equilibrio de los intereses convergentes y contrapuestos en la materia, más que invocar casi extemporáneamente el "best interests of the child" , sería más provechoso cuestionar críticamente la compatibilidad y los márgenes de extensión de la pretendida autodeterminación individual de los adultos respecto de sus propias opciones familiares cuando se trata de posiciones jurídicas subjetivas vulnerables como en el caso de los menores.
Teniendo esto en cuenta, la investigación del jurista debe dirigirse a encontrar los medios de protección adecuados para garantizar la consolidación del vínculo relacional sin apartarse, no obstante, del panorama legislativo existente.
A este respecto, existe en el ordenamiento jurídico italiano una institución a través de la cual el modelo de paternidad no vinculado al perfil biológico puede encontrar reconocimiento formal. Se trata de la adopción, un instrumento funcionalmente adecuado para proteger al menor, que muestra atención al favor affectionis y al principio de responsabilidad parental, situado para garantizar la necesidad primaria del menor de recibir asistencia material y emocional adecuada.
A diferencia de la PMA, que opera principalmente en el plano de la "satisfacción de las necesidades" de los adultos, puesto que el menor a proteger ni siquiera existe, la adopción, prescindiendo por completo del momento de la procreación, opera principalmente en el plano de la "satisfacción de las necesidades" de la persona menor de 18 años.
Dicho esto, la investigación pretende resolver una cuestión fundamental: si – y en qué medida – un "derecho a la paternidad" puede configurarse, abarcando no sólo el an y el cuándo, sino también el quomodo, y declinándose así también como un derecho a procrear por medios distintos a la procreación natural.
La cuestión pone en juego, en términos nuevos y más marcados que en el pasado, la búsqueda de un equilibrio entre la necesidad de garantizar el uso de las técnicas médicas más modernas, útiles para la procreación por parte de individuos que de otro modo no podrían hacerlo de forma natural, y la necesidad de poner límites al uso de la ciencia médica, especialmente para prohibir prácticas que se consideren excesivamente alejadas del curso natural de la filiación, en una lógica que favorezca efectivamente al menor.
En definitiva, el Trabajo propone encontrar, en una dimensión de iure condendo, una clave de lectura capaz de dar una visión uniforme de las instituciones mencionadas y capaz de asegurar una mayor eficacia sin caer del lado de los derechos fundamentales, prestando siempre una atención central a la protección del menor más que a la "satisfacción de las necesidades" de los adultos.
Con el fin de investigar esto en profundidad, el Proyecto no se limitará a tratar esta cuestión examinando únicamente la legislación nacional.
La cuestión del reconocimiento de una relación paterno–filial establecida en el extranjero mediante el recurso a prácticas de procreación artificial no permitidas – o permitidas pero sujetas a condiciones más estrictas – en los ordenamientos jurídicos de origen de los progenitores afectados preocupa desde hace tiempo a los tribunales internacionales y nacionales.
La competencia exclusiva de los Estados para regular el Derecho de familia se traduce en la dificultad de establecer normas compartidas a escala internacional.
En concreto, corresponde por tanto a las autoridades nacionales desentrañar la variedad de causas judiciales relativas a las distintas instituciones procreadoras. Los tribunales nacionales, por tanto, tendrán que encontrar, en cada ocasión, el equilibrio concreto entre la necesidad de garantizar la continuidad espacial de la identidad del menor ahora nacido y la necesidad de proteger las determinaciones legislativas soberanas de cada Estado.
Al tratarse, por tanto, de cuestiones de gran actualidad que animan a la opinión pública internacional, el trabajo incluirá perfiles comparativos destinados a poner de relieve los distintos enfoques del fenómeno adoptados en los diversos ordenamientos jurídicos europeos, en un intento de identificar puntos de equilibrio que tengan en cuenta los avances de la ciencia médica y las posibilidades que ésta pone a disposición del Derecho, con vistas a estar siempre en consonancia con los principios supremos de la Carta Constitucional italiana
Comunità inclusive e gestione collettiva dei beni
Il contributo analizza le diverse forme di gestione collettiva dei beni, sia quelle tipizzate dalla legge
n. 168 del 2017, sia quelle emerse nella prassi e nei regolamenti in materia di beni comuni urbani,
tra patti di collaborazione e modelli di autogoverno. L’analisi muove dalla rilettura costituzionale
del diritto di proprietà, concentrandosi sulla funzione dei beni in relazione all’interesse generale e
sul ruolo attivo delle comunità. L’obiettivo è individuare modelli capaci di garantire una fruizione
inclusiva, accessibile e solidal
Assegno di Ricerca in Diritto Civile nell’ambito della convenzione tra SIEDAS e l’Università dell’Insumbria dal titolo “Diritto d’autore: profili di inclusività” ("Copyright: Inclusivity Profiles")
Urban regeneration. A multifaceted reality based on the inclusive participation of the community
Given that urban space is a place where rights are realised, are there (private) models that can guarantee effective private participation, avoiding management that, while seeming open in theory, conceals exclusionary dynamics
Rigenerazione urbana. Un processo basato sulla partecipazione inclusiva della comunità
La rigenerazione urbana è un fenomeno complesso che coinvolge molteplici ambiti – sociali, economici, culturali, giuridici e urbanistici – e che richiede un approccio integrato e multidisciplinare. Questo intervento si concentra su un aspetto cruciale della rigenerazione: la partecipazione inclusiva delle comunità locali come fondamento per la trasformazione, valorizzazione e gestione dei beni comuni urbani. Si distingue questa prospettiva da interventi edilizi di mera riqualificazione o riuso, spesso confusi con la rigenerazione urbana, che invece deve necessariamente partire dal coinvolgimento diretto delle collettività.
Nel panorama degli strumenti rigenerativi, assumono particolare rilevanza i "bandi periferie" e le iniziative di rigenerazione "dal basso" per la cura dei beni comuni urbani, che testimoniano il rinnovato interesse politico verso le città non solo come spazi di aggregazione, ma anche come strumenti per promuovere consenso e inclusione. Questi interventi si inscrivono nel più ampio quadro del "diritto alla città", inteso come riconoscimento della possibilità, per chi vive uno spazio urbano, di accedere e contribuire alla gestione dei beni comuni, rafforzando così il legame con il territorio e la propria comunità. Partendo dalle teorie di Elinor Ostrom e soffermandosi sulla legge 168/2017 in materia di usi civici e domini collettivi, si riflette sul complesso ruolo della "comunità di riferimento" e sui diversi modi in cui questa può essere declinata in base ai modelli di gestione del territorio nei processi rigenerativi. Nella parte conclusiva dell'intervento, si esamina il ruolo dell'arte pubblica (New genre public art, come definita da Suzanne Lacy e Miwon Kwon) quale potenziale strumento attivatore dei fenomeni rigenerativ
Green Traffic Free - per Procida Capitale della Cultura
Realizzazione dell’immagine grafica della livrea adesiva di n. 18 autobus elettrici “EAV srl” destinati al TPL dell’Isola di Procida in occasione di Procida capitale della Cultura 2022, Isola di Procida (NA). L’iniziativa rientra nel più ampio programma di riqualificazione urbana sostenuto da EAV che ha istituito e lanciato insieme ad INWARD Osservatorio Nazionale sulla Creatività Urbana il primo albo tecnico degli artisti napoletani e campani denominato CREAV. Il progetto ha il fine di valorizzare i talenti locali attivi nei territori raggiunti dal servizio ferroviario, in tutta Napoli e provincia, ed entro i confini campani
Governance Models and Sustainable Land Management: The Case of Commons in Naples
The intervention focused on initiatives and governance models that challenge the traditional ownership paradigm, reflecting on the social function of both public and private property. In Italy, grassroots movements - particularly since the 2011 occupations - have promoted alternative forms of managing common goods, despite the absence of a national legal definition of the term. While some experiences have been regulated through municipal collaboration pacts, others, such as the emblematic case of Naples, have drawn on the legal institution of civic use - a real right of feudal origin - to establish urban civic uses. These practices exemplify community-based management and participatory urban regeneration
Processi non fini - Blocco #4
Processi, non fini – Blocco # 4 di Bizia Cesarano, in collaborazione con il progetto
Blocco # di PuntOorg, Editoriale Scientifica, 2023.
Ho usato lo spazio del blocco come luogo di raccolta e archivio di tutti i disegni che ho realizzato negli anni (2021-2023). Un insieme di suggestioni, ricordi, storie strettamente connesse con il luogo affettivo in cui sono stati realizzati (il mio studio, prima casa di famiglia). Dai disegni, che sono stati per me un metodo di lettura e traduzione della realtà, è nata l’idea di una mostra site-specific negli spazi dell’atelier, a completamento di questo processo di conoscenza e consapevolezza. Un percorso che - anche figurativamente- si evolve da personale a collettivo: la ricerca sullo spazio si risolve sempre nella connessione con l’altro e mai nella cultura della realizzazione individuale. Ho scelto di dare spazio ai processi, piuttosto che ai fini
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